Jueves 29 de Febrero de 2024
El Parlamento europeo, la amnistía
y los delitos de malversación de caudales públicos
El Parlamento Europeo ha aprobado
ayer, en la larga tramitación de la promulgación de las directivas, el criterio
de prohibir en las legislaciones nacionales medidas de gracia en los delitos de
corrupción, especialmente en los de malversación de fondos públicos ( vid. la
prensa de hoy).
Es evidente que lo aprobado, no es
pues, una directiva europea, sino un criterio a seguir en la futura directiva
europea contra la corrupción, lo que quiere decir que su eficacia normativa no
existe. Pero, también es evidente que afecta de lleno a la tramitación en
España de la ley de amnistía que la prevé, entre otras cosas, para delitos de malversación
de caudales públicos cometidos por independentistas ligados al llamado “proceso”
catalán.
Se trata, pues, de un importante paso para
que, a la postre, las instancias judiciales europeas se opongan a la futura amnistía
del Sr. Puigdemont y compañía y para que, previamente, los procesos judiciales españoles,
en los que se pida la aplicación de la amnistía, queden, con más motivo si cabe,
totalmente paralizados no ya en los casos de los delitos de terrorismo, sino también
en los delitos de corrupción de los que el proceso catalán está
realmente trufado, hasta tanto no se resuelvan las dudas que puedan manifestar los jueces españoles sobre la adecuación
de la ley española a la legislación europea.
Valentín Cortés