Viernes 17 de Mayo de 2024
La crisis catalana y la ley de amnistía
Los resultados de las elecciones
catalanas, la incertidumbre sobre la formación del nuevo gobierno en esa
comunidad y su influencia en la estabilidad del Gobierno de España, producen
infinidad de comentarios, de afirmaciones y de adopción de posiciones políticas
que desnudan aún más, si es que cabe esa posibilidad, a la ley de amnistía,
mostrando sus vergüenzas anticonstitucionales y su incompatibilidad con el Derecho
de la Unión. Cada día que pasa se evidencia con más fuerza, y de forma más obscena,
que estamos en presencia de una ley espuria, ad hoc, que persigue un fin
exclusivamente partidista fuera de lo que es el bien y el interés comunes. El
panorama, por tanto, de su anulación, una vez se promulgue, se ha ensombrecido aún
más si cabe y las posibilidades de que nunca se aplique están aumentando exponencialmente.
Hoy, por ejemplo, www.elmundo.es nos dice con toda
naturalidad, sin que haya habido desmentido, en primera página y con entrecomillados:
Sánchez calma a Puigdemont y le garantiza la amnistía. El Gobierno traslada
a Junts que la ley se aprobará el 30 de mayo para constatar que “cumple sus
acuerdos”. Y ya sabemos que el Código Civil(art. 1282) nos da los criterios
para juzgar la intención de los “contratantes”, también de estos contratantes: se
deberá atender principalmente a los actos de estos, coetáneos y posteriores al contrato. A estos contratantes, por lo que se ve, ya no
les importa nada mostrarnos su intención con estos actos, lejos de la que
expone falsamente la Exposición de Motivos de la ley.
Valentín Cortés