Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 17 de marzo de 2022

 

Jueves 17 de Marzo de 2022

Los inspectores de Hacienda

La asociación de Inspectores de Hacienda ha presentado un libro blanco( www.elconfidencial.com de ayer) que, así, se añade al informe de los “sabios” contratados por el Ministerio de Hacienda, del que hablamos hace poco. Y hacen una serie de propuestas, una de las cuales es digna de elogio: no hay que subir los impuestos, sino bajarlos, en la lucha contra el fraude fiscal. Sobre esta lucha quiero expresar un par de ideas generales.

Conviene decir que los inspectores son funcionarios del Estado que, en palabras sencillas, controlan la exactitud y verdad en el cumplimiento de la obligación fiscal del ciudadano, obligación que surge de una de las relaciones jurídicas que éste tiene con el Estado, no la única. Una de las cosas que proponen los Inspectores para luchar contra el fraude, es la creación de una policía fiscal, que no se entiende bien que puede añadir a lo que ya hacen los inspectores o a lo que puedan hacer los cuerpos de seguridad del Estado: porque, si el ciudadano comete delito en materia fiscal ya se investigará, primero, y castigará, después, por los medios constitucionales existentes (policía judicial y juez): no hay otro camino; o si el ciudadano no ha cometido delito fiscal no se entiende bien para que servirían entonces los inspectores,  si se  da la investigación a esa policía fiscal.

El problema del fraude fiscal no está, opino, en la inexistencia de policía fiscal (no existe, por ejemplo, policía urbanística, ni policía de catastro, etc, etc); sino en la eficacia y eficiencia de la investigación que, por cierto, no se alcanza ni se aumenta estableciendo eso que llaman “muerte civil” de los grandes defraudadores(¿), que le veo difícil encaje en la Constitución, porque además de condenar doblemente y de forma perenne al defraudador, así calificado, lo condenaría a no poder vivir en sociedad. Tampoco se consigue  estableciendo pautas de demostración y prueba del fraude como las presunciones iuris et de iure, que eran el elemento probatorio vigente y predominante en el proceso inquisitivo de la edad media y del renacimiento.

Valentín Cortés