Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 29 de febrero de 2024

 

Jueves 29 de Febrero de 2024

El Parlamento europeo, la amnistía y los delitos de malversación de caudales públicos

El Parlamento Europeo ha aprobado ayer, en la larga tramitación de la promulgación de las directivas, el criterio de prohibir en las legislaciones nacionales medidas de gracia en los delitos de corrupción, especialmente en los de malversación de fondos públicos ( vid. la prensa de hoy).

Es evidente que lo aprobado, no es pues, una directiva europea, sino un criterio a seguir en la futura directiva europea contra la corrupción, lo que quiere decir que su eficacia normativa no existe. Pero, también es evidente que afecta de lleno a la tramitación en España de la ley de amnistía que la prevé, entre otras cosas, para delitos de malversación de caudales públicos cometidos por independentistas ligados al llamado “proceso” catalán.

 Se trata, pues, de un importante paso para que, a la postre, las instancias judiciales europeas se opongan a la futura amnistía del Sr. Puigdemont y compañía y para que, previamente, los procesos judiciales españoles, en los que se pida la aplicación de la amnistía, queden, con más motivo si cabe, totalmente paralizados no ya en los casos de los delitos de terrorismo, sino también en los delitos de corrupción de los que el proceso catalán está realmente trufado, hasta tanto no se resuelvan las dudas que puedan  manifestar los jueces españoles sobre la adecuación de la ley española a la legislación europea.

Valentín Cortés

 

miércoles, 28 de febrero de 2024

 

Miércoles 28 de Febrero de 2024

Índice de referencia de precios para el alquiler de viviendas

El Gobierno ( Ministerio de la Vivienda) aprobó ayer el llamado Índice de referencia de precios para el alquiler de la vivienda, que, como sabemos, es el medio a través del cual, de acuerdo con los términos de  la Ley del derecho a la vivienda, el Gobierno pretende intervenir el mercado de alquiler, forzando a la baja los precios. Los periódicos de hoy dan cuentan de los problemas económicos que se crean y que favorecerán, aún más, la carencia de viviendas de alquiler, mostrándose esta medida especialmente inoperativa desde el punto de vista económico, no siendo un cauce de solución del problema contemplado, sino, más bien, un agravamiento de este. Pero, evidentemente no voy a entrar en esta faceta económica del tema.  Me interesa el enfoque constitucional.

A principios de semana supimos que el Gobierno Vasco ha recurrido esta ley ante el Tribunal Constitucional, con lo que este tribunal estará en condiciones de conocer y decidir sobre la constitucionalidad de una Ley que no sólo es intervencionista (con violación del art. 38 de la Constitución), sino que entra de lleno en las competencias que son fundamentalmente de las comunidades autónomas, y que trasgrede el art. 47 de la Constitución en cuanto que las facultades constitucionales de los poderes públicos para favorecer las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho de todos a tener una vivienda no pueden ir en detrimento y a cargo de otros ciudadanos, sino a cargo del Estado.

A la inutilidad ya pregonada desde el punto de vista económico se añade la trasgresión de nuestra Constitución. Se trata, pues, de lanzar un modelo de intervención de los precios que, auguramos, poco recorrido efectivo.

Valentín Cortés

martes, 27 de febrero de 2024

 

Martes 27 de Febrero de 2024

Una reacción ante la corrupción en el caso Koldo que aparentemente es insuficiente

Los periódicos de hoy están llenos de noticias que descubren a la opinión pública acciones de responsables políticos del PSOE que son claros ejemplos de corrupción política y de comisión de delitos varios, todo a cuento del caso denominado “Koldo”. Sabemos que en nuestro Ordenamiento Jurídico hay distintos tipos de responsabilidades exigibles por las acciones que se puedan cometer: penales, civiles, administrativas; a las que debemos añadir, fuera del Ordenamiento, las de contenido no jurídico como las morales o las políticas. Igualmente sabemos que nada impide que pueda haber una acumulación de responsabilidades si los actos que se sancionan producen efectos en distintas esferas sociales o humanas, lo que permite, por tanto, exigir una o varias.

Al Sr. Ábalos se le están exigiendo por su Partido responsabilidades políticas por corrupción por actos u omisiones que implican, en principio y presuntamente, la comisión de delitos económicos, lo que parece, dado esas noticias de las que hablábamos al principio, que es extensiva esta situación a otras autoridades y miembros del Partido, sin cuyo concurso no habría habido corrupción. Porque en este tipo de corrupción política que se denuncia la responsabilidad política va unida inescindiblemente a la penal, porque esos actos producen efectos en ambas esferas de la vida humana.

Por todo esto, exigir sólo responsabilidad política chirría con la razón y aparece como una medida de corrección falsa, pues claramente se presenta como un intento de delimitar subjetiva y objetivamente la responsabilidad penal.

Valentín Cortés

 

lunes, 26 de febrero de 2024

 

Lunes 26 de Febrero de 2024

 

El Sr. Ábalos y su responsabilidad

Toda la prensa recoge esta mañana la exigencia del PSOE al Sr. Ábalos para que dimita como diputado del Congreso por su responsabilidad en el caso llamado “Koldo”, porque, se dice, en el Partido no caben los corruptos. Parece que se trataría de “responsabilidad política” (por corrupción), porque no consta que el PSOE, ni nadie, haya interpuesto querella alguna contra el ex ministro. La responsabilidad política se saldaría, pues, con la “pena” de pérdida de la condición de diputado por el PSOE, puesto que se le exige que “entregue” (al Partido) el acta de diputado; no se le expulsa del Partido, pues.

Pero me llama la atención que, en una sociedad, como la nuestra, en la que se hace manifestación entusiasta y farisaica de la presunción de inocencia -- hasta el punto de que pareciera que estamos educados en esa máxima desde hace siglos y que se aplica a todos los sectores en los que la conducta puede ser valorada como causa de sanción, sea cual sea su naturaleza-- se haya “condenado” al Sr. Ábalos de forma tan expeditiva. Y, sobre todo, que esa responsabilidad política tan ambigua e inconcreta se haya acotado subjetivamente de forma tan rápida, precisa y limitada. De modo que todo parece indicar que esta atropellada “condena política” esconde otras finalidades distintas a la lucha loable contra la corrupción y, en su caso, su castigo correspondiente.

Valentín Cortés

viernes, 23 de febrero de 2024

 

Viernes 23 de Febrero de 2024

 

La Fiscalía: un daño muy grave al Estado de Derecho

Vaya por delante que, a no ser que conociera  el sumario del procedimiento que se sigue por terrorismo en la Audiencia Nacional, y que investiga las actuaciones de los independentistas catalanes tras la sentencia que condenaba por sedición a responsables políticos catalanes ( lo que, obviamente, no es el caso), es imposible saber jurídicamente si quien está en lo cierto es el dictamen de la mayoría de los Fiscales del Tribunal Supremo, o si lo está el de la Teniente Fiscal, que no ha visto en el señor Puigdemont indicio alguno(¡) de participación en unos hechos que considera gravísimos y que pide que se sigan investigando en la Audiencia Nacional, pero sin afectar al citado.

Pero esta imposibilidad de conocimiento que, además es de origen legal, no impide examinar las circunstancias que rodean al caso y percibir las actuaciones que el Gobierno ha llevado a cabo, en favor de su propia permanencia, para conseguir que el Sr. Puigdemont acepte los términos de la ley de amnistía exigiendo que se excluya o salve la posibilidad de su imputación por terrorismo. Y aquí es donde está el daño, porque vuelvo a recordar que el Ministerio Fiscal es el primer garante de la legalidad, conforme a su Estatuto, y esa condición esencial en su propia existencia y función se desdibuja y pierde con toda esta actuación en rededor de la imputación o no del Sr. Puigdemont para favorecer la posición política del Sr. Sánchez. Mas que defensa de la legalidad se da tristemente la impresión de practica de la arbitrariedad

Valentín Cortés

jueves, 22 de febrero de 2024

 

Jueves 22 de Febrero de 2024

La encrucijada del Fiscal General

Digamos que el Fiscal General del Estado, en el tema de la imputación en el Tribunal Supremo del Sr. Puigdemont por delito de terrorismo, se encuentra entre la espada y la pared. La espada, admitir la competencia del Tribunal Supremo para imputar o no al Sr. Puigdemont por delito de terrorismo (una espada que parece tener toda la apariencia de ser exclusivamente jurídica); y la pared, no admitir esa competencia por no ser los hechos investigados constitutivos de delito de terrorismo, que aparece como una pared con tintes evidentes e innegables de política, al menos en la lectura de los acontecimientos políticos que se viven en este momento.

La Teniente Fiscal, por encargo del Fiscal General, tiene que solucionar la disparidad entre el dictamen del fiscal Alvaro Redondo, que no veía terrorismo en los hechos investigados, y la inmensamente mayoritaria de los demás fiscales del Tribunal Supremo que lo ven (explicando ahora su posición con argumentos jurídicos escritos, no con opiniones dichas al vuelo en una reunión de la junta de fiscales); así, la Teniente Fiscal  se encuentra, pues, en esa encrucijada por endoso que su Jefe le hizo, pero quien tiene realmente la encrucijada es el Fiscal General.

Sabemos que el Ministerio Fiscal tiene naturaleza jerárquica, con lo que ello conlleva y supone; pero la jerarquía, que nadie discute, no puede devenir en arbitrariedad, precisamente en un Órgano cuyo Estatuto lo consagra como defensor de la legalidad.

Valentin Cortés

miércoles, 21 de febrero de 2024

 

Miércoles 21 de Febrero de 2024

Consejo General del Poder Judicial y el peligro de “vocales militantes”

El Presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en una intervención esta mañana en un foro público ( se puede ver un amplio resumen en www.europapress.es) ha puesto de manifiesto que sería catastrófico que el posible acuerdo entre PP y PSOE  para renovar el CGPJ terminara por ser uno de  nombramiento de “vocales militantes”. Porque, en efecto, ello conllevaría cubrir la gran cantidad de plazas vacantes en el Tribunal Supremo, y demás altos tribunales, con jueces y magistrados por su asignación u orientación política, convirtiendo a estos tribunales (y a la Justicia) en tribunales diseñados para la política.

En mi opinión se trata de una llamada de atención, que puede parecer baladí y obvia, pero que, sin embargo, puede ser crucial para que las cosas, de llegarse a un acuerdo, de hagan bien. Porque, con esta llamada de atención se hace más evidente que la solución de esta crisis pasa por cambiar necesariamente el modelo de elección y que con este sistema  renovar el Consejo; y ya renovado, recomponer la situación caótica  a la que las decisiones políticas del Gobierno y la falta de acuerdo en los dos partidos han llevado a la Justicia.

Valentín Cortés

 

martes, 20 de febrero de 2024

 

Martes 20 de Febrero de 2024

El Tribunal Supremo anula el decreto del Gobierno traspasando a Navarra las competencias de policía de tráfico

La prensa da cuenta de la sentencia del Tribunal Supremo  que anula el RD 25/2023 de 14 de Abril por el que se traspasan a la Comunidad Foral de Navarra las competencias de policía de tráfico (vid., por todos, por su amplitud a www.elconfidencial.com y www.elindependendiente.com). No entro lógicamente en las lecturas políticas que se hacen del tema (ataque del Tribunal Supremo a la foralidad, politización de la Justicia, derrota política del Gobierno, etc.).

La sentencia tiene importancia porque se anula el Decreto del Gobierno con el argumento de que este traspaso de competencias se produce por una vía legal inadecuada; afirma el Tribunal que se debería haber hecho por las Cortes en ley orgánica o a través de la reforma del Estatuto de Navarra, es decir, de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Es decir, para el Tribunal, el Gobierno ha asumido de forma arbitraria unas competencias legislativas que le pertenecen, en todo caso y en último término, al Poder Legislativo.

Se reproduce aquí, de nuevo, no tanto un caso de mala técnica legislativa, que también, como de arbitrariedad y de expansión consciente del Poder Ejecutivo en detrimento de los demás Poderes del Estado; y cabe preguntarse si esta situación, que parece básica en el plano jurídico, no fue detectada por los Servicios jurídicos del Estado o si ellos también participan en la solución que ahora anula el Tribunal Supremo.

 

Valentín Cortés

lunes, 19 de febrero de 2024

 

Lunes 19 de Febrero de 2024

Las elecciones gallegas y la reunión de hoy con el Comisario de Justicia Europeo

Es lógico que, tras las elecciones gallegas y sus resultados, la prensa no dedique sino una atención casi marginal a la nueva reunión hoy del Gobierno y del PP con el Comisario de Justicia europeo, Sr. Reynders, para buscar una solución a la situación en la que se encuentra el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Sin embargo, en mi opinión, esta reunión podría ser contemplada desde la perspectiva de esos resultados y muy posiblemente lo sea; obsérvese que los partidos que sustentan y componen el Gobierno ( de hecho, una de las partes negociadoras) han sido clara y rotundamente derrotados en esas elecciones, en las que es evidente ha estado presente, como factor decisor, la política que lleva a cabo el Gobierno de España en aquellas materias que afectan a las Comunidades autonómicas, en cuanto éstas  no tienen competencias que puedan desarrollar en contraposición a las exclusivamente estatales. En estas materias se encuentra, como sabemos, la renovación del CGPJ y el modo de elegir y nombrar a los Consejeros y, por supuesto, el tema de la nueva ley de amnistía, sobre lo que tanto tiene que decidir eso que llamamos “Europa”. En esta reunión, por tanto, la posición negociadora del Gobierno, en relación con el Comisario Europeo, es innegablemente más débil, y la del PP (claro ganador de esas elecciones) --que mantiene la necesaria renovación del Consejo como una consecuencia del cambio de legislación para elegir y nombrar a la mitad de los miembros del CGPJ— más fuerte. En su momento, sabremos si esto es así.

Valentín Cortés

 

 

 

viernes, 16 de febrero de 2024

 

Viernes 16 de Febrero de 2024

Desprecio por el Derecho y por el Poder Judicial

La prensa de hoy cuenta que un miembro del Gobierno catalán (parte interesada en este pacto entre el Presidente de Gobierno y los independentistas catalanes) ha afirmado que los independentistas que no sean amnistiados serán indultados. Por su parte, el Ministro Sr. Puente ha llegado a afirmar( www.europapress.es) que es necesario aprobar la ley de amnistía para ahorrar trabajo a la Justicia y evitar juicios que después acaben en indultos (sic). Tienen importancia ambas noticias porque una denota el desprecio absoluto por el Derecho en el que se mueve el Gobierno y los independentistas, y la otra, manifiesta el cinismo jurídico en el que se mueve el Gobierno de España y el desprecio por la Justicia y por la sociedad española.

En el primer caso, parece claro que, para los negociadores, el fin de seguir gobernando y el de quedar impunes los hechos delictivos en rededor de la declaración de independencia del Sr. Puigdemont justificaría la utilización de cualquier medio por mucho que se violente con ello la Constitución: la amnistía es anticonstitucional, pero también lo son los indultos generales (art. 62 de la Constitución). Vulneración, pues, de la Constitución en dos etapas.

En el segundo caso, el cinismo y la arrogancia, así como el desprecio a la judicatura y a la sociedad española es máximo; no sólo se desprecia la función jurisdiccional, que sería obviada por cualquier medio de los que maneja el Poder Ejecutivo, sino que se piensa que  este Gobierno  se perpetuará en el futuro, no considerando la posibilidad de que la sociedad española pueda decidir democráticamente un Gobierno de signo distinto, que no otorgue estos indultos que se anuncian a bombo y platillo.

Valentín Cortés

 

 

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jueves, 15 de febrero de 2024

 

Jueves 15 de Febrero de 2024

La discriminación del español en la enseñanza catalana

La prensa da cuenta de las polémicas y luchas políticas en el Parlamento Europeo a cuenta del informe de la Comisión de ese parlamento que, sobre la discriminación del español en la enseñanza en Cataluña, ha preparado para su discusión y aprobación, tras una larga visita a esa región. El informe es claramente afirmativo y condenatorio de esa discriminación, según todas las noticias publicadas en prensa. (puede verse por todas la amplia crónica en www.theobjetive.com ).

El tema es trascendente porque es una obviedad que existe esa discriminación y que no se cumplen las diversas sentencias de los órganos judiciales que establecen unos mínimos que, como digo, no se producen en la enseñanza en español.

 Es un grave problema de discriminación del idioma oficial de España, que inútilmente afirma el art. 3.1 de la Constitución que todos los españoles tienen el deber de conocerlo y el derecho a usarlo. Pero, es igualmente un gravísimo problema de salud de nuestro sistema democrático y de nuestro Estado del Derecho que una gran parte de la sociedad española tenga puestas sus esperanzas de cumplimiento de la Constitución( por tanto, de garantía de la vigencia del principio de legalidad y de la seguridad jurídica, art. 9.3 de la Constitución), no en el Tribunal Constitucional, y en el acatamiento posterior de sus decisiones sobre el cumplimiento de la Constitución, sino en las instancias europeas, sean las judiciales o parlamentarias. El deterioro de la imagen del Tribunal Constitucional, por desgracia, está por activa y por pasiva cada vez más extendido en la sociedad española.

Valentín Cortés

miércoles, 14 de febrero de 2024

 

Miércoles 14 de Febrero de 2024

El Rey, el Sr. Bolaños y la amnistía

www.europapress.es , como el resto de la prensa, publica dos noticias de hoy que son, en sí mismas, una enorme, no tanto paradoja, como contradicción: el Rey manifiesta en la toma de posesión de los nuevos jueces, en una sede del Consejo General del Poder Judicial, y con toda solemnidad, que la independencia del Poder Judicial “es la esencia del Estado de Derecho”, en la que se tienen que mantener firmes los jueces, y que “todos han de preservar y respetar”. Por su parte, el Sr. Bolaños que, entre otras cosas, es Ministro de Justicia, no tiene inconveniente en afirmar que negocia con Junts “una amnistía que incluya a todos”, se entiende, los presuntamente delincuentes o simplemente delincuentes, según los casos, pero sólo los independentistas relacionados con la declaración de la independencia de Cataluña.

El Sr. Bolaños debe ser de los pocos juristas de este país que no encuentran a esa amnistía como un desastre constitucional, precisamente por eliminar, de derecho y de hecho, al Poder Judicial, todo para salvar meros y personales intereses políticos del Presidente del Gobierno.  Quizá le convenga a este Ministro no sólo escuchar al Rey, sino leer el libro que prestigiosos juristas españoles han publicado (vid. también la noticia en www.europapress.es) sobre el carácter claramente inconstitucional de la amnistía por muy diversos motivos que inciden, todos, en ese negar la independencia judicial, precisamente eliminando, para casos concretos y determinados, la actuación jurisdiccional.

Valentín Cortés

 

martes, 13 de febrero de 2024

 

Martes 13 de Febrero de 2023

Jurista de reconocido prestigio

Es de conocimiento general que determinados puestos de la Administración Pública exigen que el candidato, y posteriormente nombrado, sea un jurista de reconocido prestigio, además de tener una dilatada y experimentada vida de servicio público. Lo digo por el futuro nombramiento de la Sra. Calvo como Presidenta del Consejo de Estado.

Que yo recuerde la Sra. Calvo fue Consejera de Cultura del Gobierno de Andalucía hacia el año 1995 y durante, creo recordar, ocho años; después ha sido de forma continuada diputada a Cortes, Ministra de diversos ramos de la Administración, amén de  Vicepresidenta del Gobierno hasta hace pocos meses. Actualmente sigue siendo diputada. Es decir, una gran política.

En la vertiente jurídica, alcanzó el doctorado en Derecho, según información pública, en 1991 y fue Catedrática de Derecho Constitucional años más tarde.

Entiendo que este curriculum es ciertamente brillante en su vertiente política que, a todas luces, ha restado protagonismo a su carrera universitaria y a su condición de jurista. Entiéndase bien que no juzgo la valía profesional y científica de la Sra. Calvo, que además desconozco, sólo me pregunto si tan dilatada y temprana vertiente vital política ( piénsese que nació en 1957) no habrá restado prestigio reconocido a su vertiente vital de jurista, máxime si tenemos en cuenta que es la presidencia del Consejo de Estado la que se le encomendará, en el que el último letrado que allí ejerce su profesión, por el hecho de serlo, ya tiene reconocido ese prestigio jurídico y en donde la última presidenta designada ha visto su nombramiento anulado por el Tribunal Supremo precisamente por carecer del necesario reconocido prestigio jurídico.

Valentín Cortés

lunes, 12 de febrero de 2024

 

Lunes 12 de Febrero de 2024

 

Una querella difícilmente evitable

La prensa de hoy da cuenta del anuncio del PP de que interpondrá una querella por prevaricación contra el Fiscal General del Estado. Este delito, según el art. 404 del Código Penal, lo cometen los funcionarios públicos o autoridades que, a sabiendas de su injusticia, dictaren una resolución arbitraria en un asunto administrativo. El asunto a que se referirá, según la prensa, la querella es el nombramiento de la Sra. Delgado como Fiscal de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, cuando parece que es claro que no le corresponde y está fuera de cualquier consideración jurídica o legal. 

Evitar esta querella, u otra parecida, es un problema difícil de solventar para el Fiscal General porque el Tribunal Supremo ya ha declarado, en sentencia firme en via contencioso-administrativa, que ese nombramiento es nulo por ser un caso claro de desviación de poder, que se concreta en haberlo hecho (es decir, haber utilizado el Poder que le da su cargo) con fines distintos a los fijados e impuestos en el Ordenamiento Jurídico. La desviación de poder administrativa, por sus condiciones de conocimiento y voluntad ciertas e indubitadas en utilizar el Poder de forma inadecuada a los fines del Ordenamiento, normalmente queda englobada en la prevaricación, como conducta delictiva. Junto a ello, es lo cierto que la eficacia de la sentencia contenciosa administrativa, si bien no es la de cosa juzgada en el proceso penal, sí que  produce efectos jurídicos, al menos, de gran intensidad probatoria.

Valentín Cortés  

viernes, 9 de febrero de 2024

 

Viernes 9 de Febrero de 2024

La Comisión de Venecia: “la primera en la frente”

Según la prensa de esta mañana, todo indica que se ha confirmado el viejo dicho castellano de “la primera en la frente”, porque lo primero que la Comisión de Venecia ha preguntado a representantes del Gobierno es la razón por la que la amnistía se haya tramitado parlamentariamente como proposición de ley y no como proyecto de ley. Sabemos que, en el primer caso, entre otras cosas, no se requiere informe alguno de los Órganos consultivos del Estado (Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía, etc) y sí en el segundo.

No sé la respuesta del Gobierno, pero sí sé que a la Comisión no se le puede dar una respuesta que, en términos taurinos, sería algo así como una “larga cambiada”. Porque es difícil en un lenguaje serio, que es el que, me imagino, emplea la Comisión, que se pueda explicar y justificar no querer contar en esa tramitación con los informes asesores de órganos tan importantes como los que se han obviado, informes que sabemos serían desfavorables a la tramitación de tal tema legislativo. Y a esto hay que añadir que esa elección parlamentaria impone recortes en trámites que impiden un estudio sosegado y una discusión realmente parlamentaria, en su intensidad, de las ponencias que se puedan proponer y de las enmiendas que se hagan a las mismas. Así como será también difícil explicar que algo que está pensado para que grupos parlamentarios de la oposición presenten proyectos legislativos, sea usado en esta ocasión por un partido político que conforma el Gobierno.

 Ya hemos opinado en este blog que se trata de un mecanismo de fraude parlamentario, que este Gobierno y el anterior han aplicado con cierta frecuencia. Y, muy posiblemente, sea este el primer escalón que la Comisión suba para comprender el gran fraude y arbitrariedad que supone esta proposición de ley de amnistía.

Valentín Cortés

 

jueves, 8 de febrero de 2024

 

Jueves 8 de Febrero de 2024

La visita de la Comisión de Venecia es, además, un mal síntoma

No voy a ponderar en este momento la importancia que los informes de la Comisión de Venecia, que, como órgano dependiente del Consejo de Europa, tienen en las decisiones que puedan tomar las instancias judiciales, y no necesariamente judiciales, europeas. La prensa da cuenta de la visita que la Comisión hará de inmediato a España, para tratar el tema de la ley de amnistía, y de sus entrevistas con un amplio abanico de personalidades de la política y de la judicatura española.

Pues bien, el grave problema que tiene actualmente la sociedad española es que, desde el Gobierno se impide el funcionamiento normal de los  resortes y mecanismos internos, en  aplicación de  nuestra legislación y Constitución, para solucionar el grave problema constitucional y jurídico que consiste en el planteamiento sucesivo y metódico de modificaciones del Ordenamiento Jurídico, que se llevan a cabo  por el interés del Presidente de Gobierno, que  apoya el ejercicio de Poder en una persona y grupo político que han protagonizado y dirigido un golpe de Estado, con la comisión de distintos y graves delitos. Lo que normalmente solucionaría el Poder Judicial, mediante los procesos adecuados, se intenta, por todos los medios, evitar o condicionar, para de esa manera satisfacer la impunidad solicitada y pactada con el Sr. Puigdemont.

 De ahí la creciente influencia de las instancias europeas en la solución de problemas eminentemente nacionales. Ello demuestra y es síntoma, además, de  nuestra creciente y preocupante debilidad democrática.

Valentín Cortés

miércoles, 7 de febrero de 2024

 

Miércoles 7 de Febrero de 2024

Los fiscales y el Gobierno

La decisión tomada por la Junta de Fiscales del Tribunal Supremo de asumir la investigación contra el Sr. Puigdemont, como acto de terrorismo y la reacción inmediata del Gobierno (vid. todo en la prensa de hoy) señalando que el Ministerio Fiscal es de naturaleza jerárquica, que no depende, pues, de lo que pueda decidir un órgano consultivo como es la Junta de Fiscales, todo ello añade un plus no sólo de confusión, sino de gravedad jurídicas.

En concreto, a mí me parece que el Gobierno se equivoca con estas manifestaciones, pues añade inseguridad jurídica y dudas a cualquier decisión que al respecto y a la postre pueda tomar el Ministerio Fiscal, porque el problema no está en que el Ministerio Fiscal tenga o no carácter jerárquico (con lo que con ello se quiera insinuar), eso ya lo sabemos, sino en que nuestro Estado de Derecho requiere que, en su seno, funcione un Ministerio Fiscal que precisamente aporte esa seguridad, pues resulta que es estatutariamente( art. 1 de su Estatuto) defensor de la legalidad. Estas manifestaciones del Gobierno restan seguridad jurídica al Estado de Derecho. La seguridad jurídica no es una palabra mágica y aparatosa: es un principio que determina el modo de ser de nuestro Estado de Derecho, por eso en el art. 9.3 de la Constitución se dice que ésta garantiza la seguridad jurídica.

No veo que el Gobierno esté haciendo nada, en el tema de la amnistía, que asegure la seguridad jurídica como principio básico de nuestro orden constitucional. Este es un escalón más del deterioro constitucional que vengo denunciando en este blog.

Valentín Cortés

 

 

 

 

 

martes, 6 de febrero de 2024

 

Martes 6 de Febrero de 2023

Jugada ensayada de arbitrariedad segura

Los periodistas deportivos dicen que, en el futbol, hay jugadas ensayadas o de pizarra con resultado seguro de gol. En Derecho hay comentarios de miembros del Gobierno, escalonados, aislados y coordinados, con resultado seguro de arbitrariedad, prohibida por el art. 9.3 de la Constitución.

 Ayer de mañana (vid. nuestra opinión en este blog) el Sr. Bolaños afirmaba, en relación con la amnistía, que el Gobierno no traspasaría líneas rojas europeas con el tema del terrorismo; por la noche, el Presidente ya confirmó que todo (es decir, el efecto deseado con la amnistía del Sr. Puigdemont, pero sin amnistía de sus presuntos delitos de terrorismo) se conseguirá con la modificación del art. 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Como casi todas las acciones jurídicas-legislativas de este Gobierno relacionadas con los independentistas catalanes, el resultado seguro (como el gol en el futbol) es la arbitrariedad y fraude y la única duda es si se materializará mediante Ley o Decreto-Ley; y, si es con este segundo método, la duda se amplía a saber cuántas páginas tendrá su Exposición de Motivos y cómo se argumentará y justificará la extraordinaria y urgente necesidad que exige la Constitución en el art. 86 para poder legislar de esa manera.

Pero, tantas veces va el cántaro del Gobierno a la fuente del fraude y de la  arbitrariedad, que cada vez es más seguro que acabará por romperse en las instancias judiciales europeas o, incluso, en el Tribunal Constitucional.

Valentín Cortés

 

lunes, 5 de febrero de 2024

 

Lunes 5 de Febrero de 2024

Amnistía:dos noticias inquietantes

La prensa de esta mañana, como parece inevitable, se refiere al tema de la amnistía y nos da dos noticias que son inquietantes:la primera (confirmada de forma generalizada) se refiere al cambio de postura de la fiscalía del TS sobre la actuación del Sr. Puigdemont en los hechos englobados con el nombre de Tsunami; la segunda, se refiere a la posibilidad ( así lo manifiesta www.elindependiente.com) de que el Gobierno modifique la Ley de Enjuiciamiento Criminal(art.324), que regula el tiempo máximo de duración de la investigación criminal judicial y la posibilidad de prórroga y sus condiciones.

La primera noticia me inquieta porque la fiscalía ha pasado de entender que los hechos investigados son constitutivos de delito de terrorismo a, sin nuevas evidencias o investigaciones, mantener que no lo son y que además en ellos no ha intervenido el Sr. Puigdemont.  La segunda noticia implicaría de confirmarse que los jueces que investigan al Sr. Puigdemont por terrorismo podrían ver sus competencias de investigación cercenadas de raíz por causa del tiempo, si una nueva ley impide de alguna manera que los sumarios se prorroguen. De esa manera no se modificaría el Código Penal en materia de terrorismo (al parecer, una línea roja para las instancias europeas y¡ para el Sr. Bolaños!,vid.www.elespanol.com) y se conseguiría indirectamente la amnistía del Sr. Puigdemont.

La primera noticia parece manifestación del deterioro jurídico del Ministerio Fiscal (Fiscal General), unido a su creciente politización. La segunda noticia entraría en eso que se llama fraude a la ley, y sería nada asumible si se hace como ley y estimo que imposible si se pretende hacer por Decreto-Ley. Pero, como no dijo don Quijote: “cosas veredes, amigo Sancho…”

Valentín Cortés

 

viernes, 2 de febrero de 2024

 

Viernes 2 de Febrero de 2024

El gran problema jurídico del Gobierno

Si observamos el panorama político desde nuestra atalaya, que, ya sabemos, es la jurídica, vemos que el gran problema que tiene el Gobierno y compañía es el Derecho. Incluyo en este término el Derecho europeo, la Constitución, el Derecho Penal, el Procesal; prácticamente, todo el Ordenamiento Jurídico. Su preocupación no está en la observancia del Derecho, lo que sería claramente loable. La preocupación del Gobierno, y de sus cabezas pensantes jurídicas, está centrada en cómo violar el Derecho sin que se note, quizá poniéndolo al límite, modificándolo hasta lo irreconocible o, en la más de las veces, practicando lo que se conoce como fraude de ley, es decir, modificándolo sin que se modifique formalmente.

Todas estas maniobras, que se ya se ensayaron con todo el entramado de normas que los catalanes aprobaron en el Parlamento con motivo del llamado “proceso”, tienen un recorrido muy corto, pues son fácilmente detectables y examinadas con la lupa de los principios ínsitos en el propio Ordenamiento Jurídico al que estamos vinculados, y ese es el momento en que decaen y se muestran fallidas. Si queremos tener un ejemplo actual, de ayer, podemos leer en la prensa de hoy las maniobras que se barajan en el Gobierno y compañía, para soslayar el inconveniente de amnistiar delitos de terrorismo: la opción primera de quitarle el nombre (opción terminológica), parece que no vale; la de cambiar la esencia del delito de terrorismo, modificando el Código Penal(que  aparece como propuesta) a poco que lo piensen, tampoco valdrá ( coste social, penitenciario, europeo): como dicen los italianos: e così via.

El problema, como decíamos al principio, es el Derecho, simplemente porque amnistiar un golpe de Estado, con todas sus numerosas adherencias penales, es un problema jurídico difícil de solucionar.

Valentín Cortés

 

jueves, 1 de febrero de 2024

 

Jueves 1 de Febrero de 2024

Las negociaciones para la renovación del Consejo General del Poder Judicial

Me imagino que el Comisario de Justicia de la Comisión Europea no se habrá prestado a ser moderador en las negociaciones para la renovación del Consejo General del Poder Judicial (vid. prensa de hoy) de no ser que haya atisbado más que una probabilidad de acuerdo entre ambas partes negociadoras. Por lo que me imagino, igualmente, que toda la rutinaria rueda de declaraciones a los periodistas de una y otra parte es sólo posicionamiento de cara a la galería.

Para nosotros, como hemos defendido tantas veces en este blog, en la actualidad no tiene presentación alguna que las Cortes elijan a parte de los consejeros, porque se ha visto que, fundamentalmente, dadas las circunstancias actuales de perdida de lealtad constitucional, es inútil pensar que los partidos mayoritarios van a renunciar, sin más, al manejo y control del órgano de Gobierno de los jueces. Es, pues, obvio que la solución de este problema pasa por la modificación del sistema de elección de esos consejeros. Y la pregunta, que se hace hasta la persona más alejada de la política española, es si los compromisos políticos de futuro son aceptables hoy día en la política española, dado, sobre todo, el recelo que existe de que PSOE vaya a cumplir los compromisos adquiridos, máxime si son vagos e indeterminados. De modo que el Comisario europeo debe gastar sus energías en buscar un sistema de seguridad total en el que, una vez renovado el Consejo, se tramitará y aprobará una ley de modificación del método de elección. Aunque quizá sea más fácil optar por cambiar la ley y hacer los nombramientos conforme con la nueva ley; quizá sea esta la solución mas eficiente, eficaz e inteligente.

Valentín Cortés