Lunes 12 de Febrero de 2024
Una querella difícilmente evitable
La prensa de hoy da cuenta del
anuncio del PP de que interpondrá una querella por prevaricación contra el
Fiscal General del Estado. Este delito, según el art. 404 del Código Penal, lo
cometen los funcionarios públicos o autoridades que, a sabiendas de su injusticia,
dictaren una resolución arbitraria en un asunto administrativo. El asunto a que
se referirá, según la prensa, la querella es el nombramiento de la Sra. Delgado
como Fiscal de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, cuando parece que es
claro que no le corresponde y está fuera de cualquier consideración jurídica o
legal.
Evitar esta querella, u otra
parecida, es un problema difícil de solventar para el Fiscal General porque el
Tribunal Supremo ya ha declarado, en sentencia firme en via contencioso-administrativa,
que ese nombramiento es nulo por ser un caso claro de desviación de poder,
que se concreta en haberlo hecho (es decir, haber utilizado el Poder que le da
su cargo) con fines distintos a los fijados e impuestos en el Ordenamiento Jurídico.
La desviación de poder administrativa, por sus condiciones de conocimiento y
voluntad ciertas e indubitadas en utilizar el Poder de forma inadecuada a los
fines del Ordenamiento, normalmente queda englobada en la prevaricación, como
conducta delictiva. Junto a ello, es lo cierto que la eficacia de la sentencia
contenciosa administrativa, si bien no es la de cosa juzgada en el proceso
penal, sí que produce efectos jurídicos,
al menos, de gran intensidad probatoria.
Valentín Cortés