Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 5 de febrero de 2015


Jueves 5 de Febrero de 2015

 

El proceso de reconocimiento de paternidad del Rey Juan Carlos.

Hoy hemos conocido los argumentos del Tribunal Supremo para haber admitido a trámite la demanda de filiación dirigida por una señora de nacionalidad belga contra el rey Juan Carlos.

Ya dije en su momento que en estos pleitos se exige la presentación de un principio de prueba con la demanda para que esta sea admitida a trámite(art.767), para evitar precisamente que este proceso se use como arma arrojadiza y de chantaje y pueda vulnerar, por si mismo, el honor o el buen nombre de una persona, o incluso la paz familiar.

Yo creo que el Tribunal Supremo no ha estado acertado, pues, según www.elimparcial.es, el principio de prueba ha sido una declaración ante notario de una señora que dice que tuvo relaciones con alguien desconocido, que el portero del hotel le dijo que era el entonces Príncipe Juan Carlos, todo eso hace ya muchísimos años, sin haber tenido posteriormente relaciones con otros hombres, cuando muy posiblemente aquel testigo, no de las relaciones sexuales, sino de la entrada y salida del hotel,  haya muerto o desaparecido.

 Eso, no es que sea insuficiente para declarar la paternidad, cosa que dice el Tribunal Supremo, es que ni siquiera da la probabilidad, la certidumbre o la verosimilitud (conceptos que están ínsitos en la Ley para estos supuestos) de que pueda ser cierta la paternidad, porque esa “prueba” está al alcance de cualquier persona que hoy se pueda pasear por delante del Tribunal Supremo.

Valentín Cortés