Lunes 11 de Enero de 2016
Las
razones jurídicas.
Hemos vuelto y seguimos con las mismas incertidumbres políticas para la formación del nuevo
Gobierno. Pero, también las hay(¡)jurídicas.
El art. 155 de la Constitución, al
que vamos de cabeza, está concebido como una prerrogativa del Gobierno, que la
ejerce y es aprobada por el Senado, si se producen unas circunstancias determinadas. De otra
manera es imposible
Un Gobierno del PP en funciones,
las podría tomar y aprobarlas por mayoría absoluta del Senado. Un nuevo Gobierno
del PP, en coalición, o en minoría, también las podría tomar y ser aprobadas.
Ahora bien, no creo que un Gobierno,
llamado en la prensa, “de progreso” pudiera
decidir aplicar el art. 155 de la Constitución. En caso de que se planteara la posibilidad,
la crisis sería inmediata. Sin embargo,
hoy en toda la prensa se recoge el apoyo explícito del PSOE y Ciudadanos al Gobierno
para que encare el desafío secesionista de la Generalidad de Cataluña, y no he leído
matices ni limitaciones a ese apoyo.
Quizá estas razones jurídicas deberían
tenerse en cuenta por nuestros políticos, aunque dudo que lo hagan.
Valentín Cortés