Lunes 17 de Marzo de 2014
La justicia Universal y el Juez Pedraz
Justo con la entrada en vigor de la Ley que modifica el art. 23 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), el Juez Pedraz ha dictado un auto, que
he leído en www.elmundo.es, en el que razona por qué
no archiva( a eso le obliga esta modificación de la Ley) la causa por la muerte del periodista Sr. Couso
que se sigue contra militares americanos, que en la guerra de Irak dispararon
un cañón de tanque contra un hotel donde había periodistas informando de la
guerra.
El Juez dice en el auto que no aplica la reforma que se ha
producido de la LOPJ; aunque lo que realmente hace es aplicar el IV Convenio de Ginebra relativo a la protección
de personas en tiempo de guerra, que
cree que es prevalente.
No voy a discutir los argumentos del Juez, pero sí apunto que el
citado Convenio, del que transcribe el art.146, obliga a las partes contratantes (que son los
Estados) a perseguir y hacer comparecer ante los propios tribunales a los culpables
de los actos tipificados y perseguidos por el Convenio, pero “podrá (la parte contratante) si lo prefiere,
y según las condiciones previstas en la propia legislación, entregarlos para
que sean juzgados por otra parte contratante….”
Pudiera ser que la Ley ahora promulgada sea la opción de la parte contratante
(España) de no juzgar a esas personas porque prefiere que sean juzgadas por los
jueces de otros Estados contratantes, que tengan conexión con los hechos. Y obsérvese que el Convenio habla de entregar para ser juzgados, lo que implica que los responsables estén a disposición de la Justicia, en este caso, española.
Valentín Cortés