Viernes 17 de Enero de 2020
Un informe incompleto y no fundamentado
El informe favorable emitido por el
Consejo General del Poder Judicial para el nombramiento de Fiscal General, su contenido
y las circunstancias que han rodeado, en el seno del Consejo, la emisión de
aquel, desgraciadamente nos han dado la razón en lo que decíamos ayer, al
menos, por dos cosas.
La primera es que hay
un sector importante del Consejo que estima, manifestándolo de forma expresa y
con argumentos jurídicos, que, constatar sólo la existencia formal de los
requisitos de la condición de jurista de reconocido prestigio y de los años de duración
de esta condición, no es lo que quiere la Ley, sino que es imprescindible
entrar en el examen de la idoneidad para ejercer el cargo de Fiscal General,
en las condiciones que marca el Estatuto, teniendo en cuenta las circunstancias
subjetivas ínsitas en la persona propuesta. Estamos, pues, ante un informe
incompleto y no fundamentado, que (mantengo mi opinión de ayer) no cumple con el
mandato legal al no examinar la idoneidad de la propuesta.
La segunda es que, de
entre todos los votantes del informe favorable, sólo un miembro del Consejo ha
sido capaz de manifestar, de forma expresa, que con reunir la condición
durante 15 años de jurista de reconocido prestigio se tiene la idoneidad para
ser Fiscal General. Y aunque ha sido capaz de emitir tal manifestación jurídica,
no ha dado, por la información que maneja la prensa (vid.www.elindependiente.com),
argumento alguno que avale tan sorprendente teoría jurídica.
Valentín Cortés