Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 26 de noviembre de 2018


Lunes 26 de Noviembre de 2018

Brexit y Gibraltar.

Es normal que, tanto en el Reino Unido como en España, la prensa tenga opiniones divergentes sobre la eficacia jurídica de las declaraciones escritas que han hecho los Estados miembros de la Unión, el Consejo Europeo y la Comisión Europea, y el propio Reino Unido, sobre la interpretación que hay que dar al famoso art. 184, en relación con el 3, del Tratado Brexit que, ahora, habrá de aprobar el Parlamento británico. Es normal porque esas opiniones divergentes se vierten desde la perspectiva política, aun cuando se refieran a un tema jurídico.

Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, cualquier futura decisión de cualquier Tribunal sobre esa discutida eficacia jurídica tiene que partir de un principio, consagrado en nuestro Derecho -pero que es patrimonio de cualquier sistema jurídico (por supuesto, del anglosajón y del continental europeo)- que prevé que la interpretación de los contratos (y el Tratado lo es) se debe hacer buscando la voluntad de las partes, deducida ella de sus actos anteriores y coetáneos.

Pues bien, en este caso, ha quedado clara y manifiesta esa voluntad: todo acuerdo de la Unión Europea con el Reino Unido, en relación con Gibraltar, debe contar con la aprobación previa de España. Eso es lo que aprobó la Unión Europea cuando se iniciaron las negociaciones sobre el Brexit (por tanto, lo que quería la Unión Europea), y lo que ahora han querido las partes incluida el Reino Unido. Esta voluntad, documentada y manifestada, tiene, pues, plena eficacia jurídica y obliga a la Unión Europea frente a España y, por ende, obliga, (y, en cualquier caso, afecta de manera necesaria) al Reino Unido pues la Unión, en futuras negociaciones y acuerdos sobre Gibraltar, no podrá acordar nada que no acepte previamente España.

Valentín Cortés