Viernes 22 de Octubre de 2021
Resulta ciertamente curioso hacer
hoy un repaso de la prensa que comenta y da cuenta del acuerdo alcanzado por
PSOE y PP para renovar los cargos que estaban pendientes y que afectan, entre otros
órganos estatales, al Tribunal Constitucional.
Los hay hasta que se
escandalizan al visualizar de manera cruda el carácter, dicen, marcadamente
ideológico de los elegidos a la vista de sus tendencias políticas en uno y otro
sentido. Pero no cabe escandalizarse de un sistema impuesto por la Constitución
y que permite (y ha permitido desde 1978), precisamente, el pluralismo “político”
dentro del Tribunal Constitucional, porque el acuerdo entre las fuerzas políticas,
que reúnen parlamentariamente las mayorías reforzadas que impone la Constitución
para nombrar a magistrados, se mueve, lógicamente, en un campo que va desde la coincidencia
absoluta en una persona ( supuesto que se ha producido en no pocas ocasiones) a
la existencia de veto a la misma por parte uno de los que acuerdan, lo que
impide el nombramiento del propuesto; tanto si hay consenso total como si lo
que no hay es veto, se actúa conforme a la Constitución. Y no se olvide que el
Tribunal Constitucional, siendo un órgano jurisdiccional, es un órgano que se
inserta y actúa (no es el caso, evidentemente, del Consejo General del Poder
Judicial) en el plano político porque lo hace decidiendo en la estructura y en
el funcionamiento del Estado. Y en ese ámbito es absolutamente conveniente que en
el mismo convivan los diversos enfoques que puedan tenerse en la sociedad sobre
lo que es la Constitución y lo que esta impone, dentro, claro está, del respeto y observancia a la misma.
Valentín Cortés