Miércoles 24 de Septiembre de 2024
El Real
Decreto Ley (RDL) de medidas urgentes contra el genocidio en Gaza y de apoyo a
la población palestina.
Este RDL, tan pomposa como ideológica
y sonrojante manera de ser intitulado, ha sido publicado en el BOE de hoy. Prohíbe
en líneas generales cualquier importación o exportación de material de defensa originadas
en Israel.
Pero, en su disposición adicional primera,
establece que el Consejo de Ministros, sin control alguno, por sí y ante sí,
podrá levantar esta prohibición cuando mantenerla “suponga un menoscabo de los intereses
generales nacionales”. No hay que insistir en la amplitud y vaguedad del concepto
“menoscabo” y del de “intereses generales nacionales”. Esto hace que,
en definitiva, promulgada esta ley quedará a la voluntad del Gobierno aplicarla
o no al socaire de la defensa de ese difuso “menoscabo” y de esos más que difusos
“intereses generales nacionales”. Es decir, la ley no se aplicará en los casos
que decida el Gobierno.
Dice el art. 9.1 de la Constitución
que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y
al resto del 0rdenamiento jurídico”. Ese RDL, con esa disposición adicional,
monumento a la arbitrariedad, hace del RDL papel mojado cuando el Gobierno
quiera y ello, con un Tribunal Constitucional medianamente empapado de los principios
constitucionales, sería declarado nulo por anticonstitucional. Todo ello, sin
olvidar dos cosas: i) una que la calificación de la guerra de Gaza como
genocidio correspondería, en todo, caso, a la Jurisdicción y no al Gobierno; ii) otra,
que para el RDL la lucha contra el llamado genocidio en Gaza es tan tenue que
cede ante lo que un Gobierno pueda entender como menoscabo de los intereses generales
nacionales.
Un RDL que es monumento a la arbitrariedad
y la utilización de la ley para el mantenimiento del cinismo político.
Esperemos que el Congreso no convalide.
Valentín Cortés