Secreto
sumarial
Muchas
veces leo los arts. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre el secreto de
las diligencias sumariales, por si acaso, en una de estas, los han modificado o suprimido. Hoy he vuelto a leer
el art. 301 de esa ley y todo sigue igual: “las
diligencias del sumario serán secretas hasta
que se abra el juicio oral”. La ley quiere que las diligencias sean
secretas para terceros, porque su contenido
puede afectar grave y gratuitamente a la
honorabilidad de las personas que intervienen en esas diligencias. Incluso hay
sanciones para los abogados y procuradores que violen ese mandato legal; también
para los funcionarios del Juzgado que lo violaran, e incluso para los terceros.
Hoy nos
hemos enterado, con pelos y señales, de
lo que ha declarado el Sr. Urdangarín; ayer nos enteramos de los que había declarado
el Sr. Torres; el otro día pudimos ver el video, con sonido, de la declaración
de una persona, imputada, que se hacía en otras diligencias sumariales.
Lo
sorprendente es que nadie está sancionado; y más todavía es que nadie se escandaliza
de este estado de cosas. Tampoco los jueces en cuyos Juzgados esa violación de
la Ley se confunde neciamente con la libertad de expresión.
Valentín
Cortés