Miércoles 12 de Marzo de 2025
La legalidad constitucional y el
aumento del gasto en Defensa
Asistimos a un debate en la prensa
sobre el camino que hay que seguir para establecer el aumento del gasto en Defensa
que España debe llevar a cabo de forma inmediata. El PSOE, desde fuera y dentro
del Gobierno, se esfuerza en negar que dicho gasto deba ser aprobado por el
Congreso y, por supuesto, que deba serlo recogiéndolo en unos inmediatos
Presupuestos del Estado, me imagino, porque sus apoyos parlamentarios de
costumbre no los tiene ahora.
La legalidad constitucional -ya lo advertimos
el pasado día 10- impone la vía del Presupuesto y no permite, según nuestra
opinión, ni la vía de una ley ad hoc, ni la del Decreto-Ley. La del Decreto-Ley
es inasumible, tal como dijimos en ese momento; hoy queremos opinar sobre la vía
de la ley ad hoc
En efecto, sabemos que el gasto,
en todas sus partidas y sus respectivas cuantificaciones, debe estar recogido
en los Presupuestos (art. 134.2 Constitución). En cualquier caso, si surgiera
la necesidad de aumentar el gasto establecido en los Presupuestos aprobados en
ese ejercicio, el art. 135.5 de la Constitución impone la vía de la ley ad
hoc de aumento concreto del gasto presupuestario concreto, por lo que la intervención
del Congreso sería inevitable. Y, aun así, esa vía estaría reservada, según
nuestra opinión, sólo al gasto que hubiera sido determinados por los
Presupuestos aprobados en ese ejercicio, como se deduce de la simple lectura de
la norma citada; como sabemos, para este ejercicio no sólo no hay presupuesto aprobado,
sino que ni siquiera se presentó proyecto de Presupuesto a las Cortes. En mi opinión, sería necesario que ese aumento
de gasto en Defensa, que además supone un cambio radical del concepto de ella
en la política general del Gobierno, esté recogido y autorizado por la Ley de Presupuestos
para el ejercicio 2025.
Valentín Cortés