Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 6 de mayo de 2019


Lunes 6 de Mayo de 2019
 
Cosas veredes, Sancho

Ya lo dije el pasado día 30 de Abril: había que esperar a la decisión del Tribunal Supremo en relación a la posibilidad de que unos prófugos de la Justicia española se puedan presentar a las elecciones europeas por la circunscripción España. Hemos visto, pues, al Tribunal Supremo.

En mi opinión el Tribunal Supremo ha decidido lo que harán los juzgados de lo contencioso de Madrid pensando en la política y no en el Derecho y, lo que era de temer, ha caído en la “trampa” de lo fácil con la que decidió la Junta Electoral Central: los prófugos no reunían la condición formal de residentes en España; para ahora el Tribunal Supremo  advertir profesoralmente, y en el vacío, que un derecho constitucional  no se puede interpretar restrictivamente y, en definitiva, no puede decaer por un “mero formulismo” o exigencia formal como pudiera ser la residencia discorde con el empadronamiento.

Pero, claro, el problema de fondo no es ese: el problema es si nuestra Constitución, y nuestro Ordenamiento Jurídico, admiten o rechazan que alguien que elude la acción de la Justicia, convirtiéndose voluntariamente en prófugo, puede o no ser representante del pueblo español (origen, fuente y titular de la soberanía nacional, de la que emana, por cierto, la Justicia, art. 117 de la Constitución) en el Parlamento europeo. Este debate es el que soslayó la Junta Electoral Central y el que, ahora, el Tribunal Supremo soslaya igualmente. Pero, es cierto, para entrar en ese debate hay que hacer un buen estudio jurídico y eso, además de difícil puede ser tedioso.

Valentín Cortés