Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 8 de mayo de 2024

 

Jueves 9 de Mayo de 2024

Una equivocación procesal del Fiscal General

No quiero que termine la semana sin hacerme eco de la noticia en toda la prensa de ayer, referente al Fiscal General, que me parece relevante y que añade un dato más a la crisis que le envuelve. El Fiscal General ha recusado a todos los magistrados que conocen del recurso sobre la idoneidad de su nombramiento como Fiscal General, basándose en que esa misma Sala declaró su desviación de poder en el nombramiento de la Sra. Delgado como Fiscal de Sala, y podrían no ser objetivos, según el Fiscal General.

No cabe duda de que la recusación parece tener sólo un apoyo muy formalista y débil en las normas que determinan la recusación, pero el Fiscal General sabe que la sentencia declarando la desviación de poder tiene una eficacia constitutiva absoluta: nadie podrá discutir judicialmente que en ese nombramiento actuó con desviación de poder, de donde cualquier juez que, en su caso, entrara en el conocimiento de la legalidad de su nombramiento deberá partir de esa situación jurídica que declaró existente el Tribunal Supremo: cometió desviación de poder . Y esa es la triste realidad del Fiscal general, lo juzgue quien lo juzgue.  En esas circunstancias es difícil mantener seriamente esa causa de recusación.

Valentín Cortés

 

 

 

 

Miércoles 8 de Mayo de 2024

El Fiscal General y el Tribunal Supremo

Hemos sabido por la prensa que el Tribunal Supremo (Sala Tercera) ha anulado el nombramiento de la Sra. Delgado como Fiscal de Sala de la Memoria Democrática, nombramiento que en su día hizo el Fiscal General. Es conveniente recordar que ya en su momento el mismo Tribunal declaró la desviación de poder del Fiscal General al nombrar Fiscal de Sala de lo Militar a esta Señora.

Esta Señora y el Fiscal General, es público, tienen una amistad consolidada de bastante tiempo que proviene, cuando menos, de cuando ella era Fiscal General, después de haber sido Ministro de Justicia.

Parece claro que estamos ante una reiteración de nombramientos de alguien que, por la causa que sea, no reúne los requisitos que se establecen en la ley y ello lo hace un Fiscal General a quien se le acusa por el Tribunal Supremo de desviación de poder en el caso de uno de los nombramientos. Esos nombramientos son responsabilidad exclusiva del Fiscal General y, habiéndose anulado ambos por el Tribunal Supremo, cabe deducir que de forma continuada el Tribunal Supremo ha llegado a la conclusión de que el Ministerio Fiscal no ha cumplido con su obligación a la hora de efectuar los nombramiento. No sé si ese incumplimiento, que sí es continuado, es “reiterado”, que es causa de cese del Fiscal General en sus funciones según el art.31.1.d del Estatuto del Ministerio Fiscal (Ley 50/1981); pero si no reúne la condición de “reiterado” sí que parece pertinaz, lo que, en último término, se compagina poco con la actitud que debe mantener un Fiscal General.

Valentín Cortés