Martes 23 de Enero de 2018
La
decisión del Tribunal Supremo en relación a la detención del Sr. Puigdemont
Los que critican la decisión del Magistrado
del Tribunal Supremo, que no ha puesto en marcha la orden europea de detención del
Sr. Puigdemont, posiblemente no sepan que, en esos casos, el Magistrado español
no ordena la detención, sino que solicita que se ordene, por un juez extranjero,
la detención de alguien para
someterlo a la acción de la Justicia española en relación con la comisión de unos hechos
calificados de una manera determinada. Si el Magistrado del Tribunal Supremo tiene dudas de que la detención
solicitada no se otorgará para la investigación y enjuiciamiento de los delitos
perseguidos, lo que tiene que hacer es no solicitar la orden de detención, so pena
de ver frustrada la finalidad de la detención solicitada.
Si además, dada la irrefrenable inclinación
al fraude que ha evidenciado este perseguido por la Justicia, lo que se
sospecha es que, so capa de una retención
inicial ordenada por el juez extranjero hasta tanto se decida sobre la detención,
se pueda argüir la imposibilidad de trasladarse al Parlamento para votar y
tomar posesión , en su caso, del cargo de Presidente de la Generalidad, y aprovecharse de esa situación
de forma antijurídica, el fraude es tan obvio que era obligación del Magistrado
del Supremo de no dar el paso de solicitar la orden europea de detención del Sr.
Puigdemont. Por tanto, nada de críticas, pues la decisión no puede ser más acertada.
Valentín Cortés