Jueves 19 de Septiembre de 2024
Un gobierno fuera de las coordenadas
constitucionales
Es un dato objetivo que el Gobierno
no saca adelante las propuestas legislativas que presenta en el Congreso vengan
éstas de su ala socialista o comunista. La última iniciativa rechazada es la de
la llamada ley de alquileres temporales; la más importante, sin duda, la de los presupuestos
para este año en curso que a la postre ni se presentó.
Es también un dato objetivo que las
leyes, escasas, más sonadas que se han aprobado en el Parlamento (por ejemplo,
la de la amnistía) no estaban siquiera en el programa político del Gobierno que
el Presidente [conforme al art. 99 de la Constitución (CE)] presentó en el
Congreso para que éste le diera la confianza solicitada para poder formar el
Ejecutivo. Y las que se aprobaron lo hicieron con tal deficiencia técnica que
han conseguido efectos perversos en varias ocasiones. El art. 97 CE entiende el
Gobierno no como un mero centro de referencia y de imputación de cualquier poder,
sino como un centro de poder para dirigir la política exterior e interior y la
Administración y para ejercer la función ejecutiva de acuerdo con las leyes,
teniendo para ello la iniciativa legislativa (art.87 CE). Nada de esto parece
que se cumple desde hace tiempo, al punto que el Presidente no ha tenido
inconveniente, en días pasados, y con pleno desahogo, en afirmar que "gobernará" (¡¿) sin
contar con el Parlamento.
Lisa y llanamente, el Gobierno ha
perdido la confianza parlamentaria (art. 101 CE) y se mantiene sólo y
exclusivamente no tanto para que gobierne, según lo previsto en la CE, como
para que actúe su poder en beneficio de cualquiera de los grupos que lo sostienen,
que no buscan el interés general (que impone el art. 103 CE) sino el particular
de cada uno de ellos. En este contexto, lo correcto constitucionalmente sería
disolver el Parlamento y convocar elecciones (art.101 CE).
Valentín Cortés