Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 8 de octubre de 2021

 

Viernes 8 de Octubre de 2021

 

La decisión polaca relativa a la primacía de la Constitución nacional sobre las normas europeas.

La decisión del Tribunal Constitucional de Polonia, por la que anula varios artículos del Tratado de adhesión a la Unión Europea, porque implican dar preponderancia a las normas europeas sobre las nacionales, fuera del enorme problema político que se genera en la Unión, y de los descabellado de pretender permanecer a ésta sin aceptar sus reglas, lo que plantea es el problema jurídico-constitucional de la necesidad de contar con una Constitución que admita la cesión de soberanía y competencias o, en su defecto, la necesidad de  modificar la Constitución. Todo indica que en Polonia no se ha hecho nada de eso.

En España el problema se ha resuelto bien, y se ha hecho por las dos vías. En efecto, nuestra Constitución, que se redactó y aprobó en un ambiente de negociación de integración de nuestro país al entonces Comunidad Europea, estableció en el art. 93 la posibilidad de ceder competencias derivadas de la propia Constitución a una organización internacional con la aprobación del Parlamento por Ley Orgánica (por eso el Tratado de Adhesión a la Comunidad Europea fue autorizado por la LO 10/1985).Pero, igualmente, se han producido dos modificaciones de la Constitución para salvaguardar la primacía de la legislación de la UE [ en el año 1992 el art. 13.2 (derecho de sufragio pasivo para los nacionales comunitarios en las elecciones municipales) y en 2011 el art. 135 (para salvaguardar la estabilidad presupuestaria y control europeo de los presupuestos nacionales)], convirtiendo así el derecho europeo en derecho constitucional español.

Valentín Cortés