Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 30 de marzo de 2016


Miércoles 30 de Marzo de 2016

El manoseo del art. 99 de la Constitución.

Esta tarde toda la prensa digital recoge la reunión  del Sr. Iglesias con el Sr. Sánchez y observo que cada medio de prensa interpreta las palabras “cuasi mágicas” de uno y otro de la manera que más conviene a su parroquia. Asisto atónito, pues, un  día más, al espectáculo de nuestros dirigentes políticos que han tomado el protagonismo en este chalaneo de pacotilla en que han convertido el art. 99 de la Constitución.

Porque esta norma, entre otras cosas, da protagonismo al Rey, que por las razones que fueren no ejerce o no le dejan ejercer. Dicho de otro modo: hoy día no cabe que el Rey pueda proponer a un dirigente como candidato (art. 99.1) si se siguen llevando como hasta ahora las que se dicen negociaciones, que no parecen ser sino reuniones programadas en el tiempo que permitan cubrir o agotar el plazo de dos meses que se establece en esa norma constitucional para que se disuelvan las Cortes por el Rey y convoque nuevas elecciones (art. 99.5).

El Rey, como Jefe del Estado, no puede haber sido concebido por el constituyente como la boca de ganso, que ahora propone y ahora disuelve, sin otra participación que el mero hecho de hacerlo. Ni el plazo de dos meses que se establece en el art. 99.5, puede ser entendido como el tiempo máximo de presión que unos puedan hacer sobre los otros, o todos sobre todos, para conseguir lo que se conseguiría por un medio, tan democrático, como la segunda vuelta de las elecciones en el plazo nada perjudicial de quince días.

Valentín Cortés