La discrecionalidad del Gobierno nunca puede ser arbitraria
Nos hemos enterado (vid. toda la prensa de esta mañana) que el Ministro de Justicia ha aceptado que no se permitió al Rey asistir al acto del Consejo General del Poder Judicial, la semana pasada en Barcelona, por la cercanía con el l de Octubre y de la fecha de publicación de la sentencia por el Tribunal Supremo en el recurso de casación contra la sentencia que inhabilitó por desobediencia al Sr. Torra. Dos circunstancias que, de una manera u otra, están relacionadas con situaciones contrarias a la unidad de la Nación y a la vigencia y cumplimiento de la Constitución.
Es evidente que la Constitución admite que el Gobierno disponga actuaciones del Rey o las evite, porque el Gobierno refrenda los actos del Monarca, sin lo cual no tienen validez. Pero esos actos del Gobierno, que son discrecionales, no pueden ser arbitrarios; es decir, tienen que estar fundados en razones que sean admisibles dentro de la Constitución. El Rey, lo dijimos la semanada pasada, es el símbolo de la unidad y permanencia del Estado (art. 56 de la Constitución) y negarle su presencia en Barcelona en un acto donde se entregaban despachos a los nuevos jueces (que ejercen la jurisdicción única en todo el territorio nacional y que administran la Justicia en nombre del Rey (art. 117 de la Constitución), tiene todos los visos de ser anticonstitucional, pues se priva al Rey de ejercer como símbolo estatal de su unidad y de su permanencia.
Valentín Cortés