Viernes 7 de Mayo de 2021
La renovación del Consejo General del Poder Judicial
Toda la prensa recoge esta mañana
la noticia-rumor de que el acuerdo para renovar al Consejo General del Poder Judicial
parece inmediato. Y algo de eso ha insinuado esta mañana el Ministro de
Justicia (vid. www.europapress.es).
Las dificultades en alcanzar el
acuerdo, paradójicamente, ponen de manifiesto que el sistema de quórum
exigido en la actual Ley Orgánica del Poder Judicial (tres quintos) evita
precisamente el apoderamiento del Consejo por un determinado sector político.
Luego, para evitar la politización, de la que tanto se habla, de los nombramientos
de los consejeros no necesariamente hay que eliminar el principio de que los consejeros
sean todos elegidos por el Parlamento. Sólo hay que establecer un quórum, que
no puede ser, como quiere el Gobierno, el de la mayoría simple; debe ser un
quorum cualificado, tal como ahora está establecido en la Ley.
Otra cosa es cómo se debe dar
cumplimiento al mandato constitucional(art.122.3) por el que doce de los consejeros
deben ser elegidos de entre los integrantes de las distintas categorías judiciales.
Tan constitucional es que sean los jueces y magistrados quienes elijan esos consejeros,
como que sea el Congreso y el Senado, a propuesta de los propios jueces y
magistrados en ternas por puesto en el Consejo, como que sea el Parlamento
quien lo haga teniendo en cuenta la condición de juez o magistrado del
candidato elegido. Y bajo mi opinión, todas las formas producen el mismo grado
de politización, pues las distintas asociaciones de jueces y magistrados
tienen, evidentemente, un claro matiz político que las diferencia y que n o podrán obviar a la hora de elegir.
Valentín Cortés