Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 10 de enero de 2019


Jueves 10 de Enero de 2019

El Tribunal Supremo evita posibles contingencias

Cuando el Tribunal Supremo (así lo recoge la prensa de hoy) comunica al Ministro del Interior que los acusados de rebelión deben estar a disposición del Tribunal en una prisión de la capital de España, en el trascurso de la última semana de mes de Enero, está ordenando que se lleven a cabo, sin excusa alguna, los actos necesarios para que ello sea una realidad.

Ello, bajo mi opinión, se hace por dos razones:

- la primera, impuesta por la Ley, porque se producirá de forma inmediata la apertura de las sesiones del juicio y, de esta manera, los presos preventivos deben quedar a disposición del Tribunal, asegurándose su asistencia al juicio (arts. 664 y 659 in fine, ambos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

- la segunda, impuesta por el sentido común y prudencia, porque quedando, desde ahora, dada la orden de puesta a disposición del Tribunal de los presos a partir de esas fechas, se evita que otras posibles instancias intenten emitir órdenes contradictorias con las del Tribunal Supremo. Porque, en este sentido, cabe recordar que la prensa de los últimos días ha manifestado la posibilidad de que el Parlamento catalán cite a los presos preventivos por rebelión para que presten declaración ante una comisión parlamentaria abierta sobre los sucesos del 1 de Octubre del año pasado en Barcelona.

Valentín Cortés