Martes, 26 de febrero de 2013
Los jueces y la prensa
En el vínculo que encabeza esta opinión pueden encontrarse las
propuestas del Ministerio de Justicia para reformar, a lo que aquí interesa, la
Ley Orgánica del Poder Judicial. Quiero referirme al art. 45,3 en donde se prohíbe
a los jueces y asociaciones judiciales hacer valoraciones de actualidad en los
medios de comunicación sobre los asuntos pendientes ante los Tribunales y sobre
las resoluciones judiciales. Fuera quedan los artículos y las opiniones doctrinales
o científicas.
Junto a otras reformas de calado, que en su momento comentaré,
ahora me llama la atención esta, porque está de absoluta actualidad y, bajo mi punto
de vista, además, acierta: hemos oído no
hace mucho tiempo a jueces y a jueces Decanos comentar actuaciones judiciales relativas
a los desahucios que parecían más propias de legisladores que de aplicadores de
la Ley, donde se teorizaba sobre lo que deberían hacer los demás que tuvieran
casos de este tipo; iguales comentarios de jueces son generalizados acerca de la popular “dación
en pago”, o de cualquier otro tema, que todo
se oye por la TV. Cualquier Juez está dispuesto a atender la llamada de la TV y
a exponer su opinión sobre las actuaciones pendientes en los órganos judiciales
españoles y sobre las sentencias que dictan sus compañeros.
Que la prohibición se
tenga que plasmar en la Ley, indica el grado de desconcierto en el que se mueve
la Administración de Justicia