Miércoles 30 de Septiembre de 2020
La sentencia de Bankia
La sentencia absolutoria en el
proceso penal por la salida a bolsa de la entidad, que ha producido una gran
escandalera que se palpa en la prensa de hoy, nos enseña dos cosas, según nuestro
punto de vista, a la espera de lo que decida finalmente el Tribunal Supremo en
el recurso de casación correspondiente que, me imagino, interpondrá la fiscalía
zaherida sin piedad por el Tribunal:
La primera, que no
toda acción u omisión que producen un daño económico tiene que ser delito ni es
producto de la corrupción. La penalización o criminalización de la
actividad mercantil -que consiste en tipificar las incorreciones mercantiles o
interpretarlas desde el ángulo de la tipicidad penal- ha sido un grave
desenfoque no sólo de nuestro legislador y doctrina científica, sino de la
prensa, muchas veces ignorante de lo que opina.
La segunda, que los “prejuicios”
(entendidos en el sentido literal de la palabra) y los “juicios paralelos”
no sólo conllevan, sino que nacen con un importante déficit de conocimiento de
la realidad enjuiciada, por lo que suelen fallar, amén de que suponen, como ha
señalado cierto sector de la prensa de hoy, un grave atentado contra la presunción
de inocencia.
Valentín Cortés