Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 22 de abril de 2021

 

Viernes 23 de Abril de 2021

 

Primera sentencia del Tribunal Constitucional sobre la del Tribunal Supremo que condenó por sedición y malversación a políticos catalanes

 

La prensa, de ayer y de hoy, recoge la noticia de la denegación de amparo al Sr. Turull, condenado por el Tribunal Supremo por sedición y malversación en relación con el llamado proceso catalán.

Los efectos de la sentencias de amparo no se extienden a terceros, porque la situaciones subjetivas nunca son idénticas del todo en los supuestos de coparticipación en el delito, pero en el caso de pluralidad de condenados que soliciten la nulidad de la sentencia  por los mismos motivos ( como es el caso de la alegación por todos ellos de vulneración de los derechos fundamentales en el proceso seguido ante el Tribunal Supremo, nulidad en la tipificación  de los hechos y de la  proporcionalidad de las pruebas) es sustancialmente imposible que las decisiones futuras del Tribunal Constitucional resolviendo otros recursos de amparo puedan mantener tesis distintas.  Por eso mismo, nada impide que, en lo no común, la decisión del Tribunal Constitucional pueda ser distinta. Pero, nada indica que eso vaya a ocurrir.

Valentín Cortés

 

Jueves  22 de Abril de 2021

El debate electoral de Madrid

El debate de ayer no nos muestra sólo un perfil político; nos presenta, en cambio, si lo vemos con la perspectiva del pájaro que sobrevuela el resultado de lo que allí se defendió por cada uno de los participantes, un claro perfil constitucional de profundo futuro jurídico.

Desde ese punto de vista no había dos bloques (derecha-izquierda); principalmente lo que había era un sector que defendía la concepción económica que se desprende de la Constitución -( unos impuestos futuros adaptados al espíritu que encierra el art. 31; y una economía adaptada a la concepción del derecho subjetivo que surge del art. 33 y de la idea de mercado que encierra el art. 38, todos de la Constitución)- frente a una concepción del Estado y del individuo, a su servicio, que defiende algo que no está en el espíritu de nuestra Constitución, y que supone el sometimiento del individuo, entre otras cosas, mediante la imposición de más impuestos( muchos de ellos, catalogables como confiscatorios).

La elección no es, pues, estrictamente política; siéndolo, en aquella predominan, sobre todo, contenidos constitucionales nada despreciables.

Valentín Cortés