Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 1 de marzo de 2023

 

Miércoles 1 de Marzo de 2023

La trascendencia jurídica de la decisión de Ferrovial

La prensa recoge la noticia de que Ferrovial traslada su domicilio social a los Países Bajos, destacando en su nota de explicación el hecho de que en ese país “hay un marco juridico estable”. Es muy posible que este caso, que tiene resonancia por la importancia que tiene en el mundo empresarial y económico la empresa en cuestión, se repita en el futuro inmediato con otras empresas de proyección internacional. Pero, aun siendo un caso aislado tiene una enorme trascendencia jurídica.

Nuestra clase política dominante, que tiene un gran desconocimiento y hasta desprecio, en algunas ocasiones, por los principios que informan o deben informar cualquier Ordenamiento Jurídico, ni siquiera llega a vislumbrar la importancia práctica de eso que se llama “seguridad jurídica”, que la nota de Ferrovial asimila correctamente a estabilidad delmarco jurídico”. La seguridad jurídica no es un capricho de los juristas; es, además de un principio básico constitucional (art. 9 de la Constitución), una manera de conseguir y reflejar la adaptación del Ordenamiento Jurídico a los principios que emanan de la Constitución, entre los que están el de la libertad de empresa y economía de mercado ( art. 38 de la Constitución). En este sentido, vengo opinando en este blog  de casos en los que la legislación jurídica se aparta de esos principios constitucionales en materia económica, casos en los que, por ejemplo, el derecho de propiedad viene siendo orillado de forma sistemática y en los que parece ser que el Estado ha encontrado una manera de responder a su responsabilidad social endosándola a su vez a los que se consideran de manera frentista “ricos”; o, por poner otro ejemplo paradigmático, imponiendo otras veces impuestos cuya misión y finalidad parece más punitiva que recaudatoria bajo los principios que se desprenden del art. 31 de la Constitución.

Todo eso, y más, es “inseguridad jurídica”, pues psicológica y prácticamente se llega a la conclusión por el ciudadano de que la estabilidad jurídica, que se debe desprender de la observancia de la Constitución, se ha perdido al abrirse en  ella brechas por doquier. Pero, no creo que los responsables de todo esto sean conscientes de nada de lo que digo, ni que vayan a modificar su manera de legislar.

Valentín Cortés