Lunes 2 de Diciembre de 2019
Un modelo de lectura
constitucional trasgresora
Dice el Sr.Urkullu, que como sabemos es el presidente de la Comunidad autonómica vasca,
no sé con qué seriedad ( la prensa digital no recoge el audio de tal
declaración), que el “derecho a decidir” sí está en la Constitución, bastando
para ello una interpretación flexible de aquella. Y añade que el Estatuto vasco
declara que el País Vasco se constituye en autonomía, lo que es tanto como que
se ha reconocido estatutariamente que el pueblo vasco pueda decidir.
Pero, claro está, una cosa es que
el pueblo vasco (entendido por tal el conjunto de personas que vivían en las
provincias vascongadas en el momento de la aprobación del Estatuto), ejercitara
el derecho a la autonomía reconocido en el art. 2 de la Constitución,
con arreglo a la propia Constitución (eso es lo que permite el art. 143 de la Constitución)
y otra cosa es que de ahí se quiera deducir que también tiene el derecho al
ejercicio de la autodeterminación o escisión.
Ni siquiera a un alumno que iniciara sus estudio de Derecho se
le ocurriría tal despropósito jurídico-constitucional. Ni nadie con un mínimo
de cultura podría mantener que tal lectura de la Constitución (art. 143) es un
ejercicio de interpretación, ni siquiera flexible: es claramente una trasgresión
no sólo del espíritu, sino de la propia letra de la Constitución.
Valentín Cortés