Martes 3 de Noviembre de 2020
Las enseñanzas de la llamada “cogobernanza” en
la pandemia
Naturalmente, me refiero en exclusiva
a las enseñanzas jurídicas y parto del hecho admitido de que la sensación general
en la sociedad española es que estamos inmersos en el caos sanitario y jurídico.
De entre esas enseñanzas quiero destacar
dos:
- la incerteza e inseguridad
jurídicas que se producen, por la cogobernanza, en el sentido más
primario de ambos conceptos jurídicos: no sabemos cuál sea el Derecho vigente
ni en el momento ni en el sitio en el que estemos situados, o, si llegamos a
saberlo, se trata de normas que no nos dan la pauta normativa para el futuro, es decir, no tienen una vocación de regular el futuro, sino si acaso
el presente más inmediato, pues nacen con vigencia muy limitada e indeterminada.
- igualmente, la evidencia de que se
están violando nuestros derechos constitucionales (ya he hablado de eso la
semana pasada); esto nos enseña, además, que esta cogobernanza no es producto, como algunos dicen de forma políticamente
interesada, del sistema autonómico que se regula en la Constitución, sino, en su caso, de la
equivocada política de ceder y transferir competencias del Estado que nunca debieron
transferirse pues nos afectan a todos los ciudadanos por igual: la sanidad debería
ser una competencia tan exclusivamente estatal
como lo es la Justicia o la defensa militar, porque esa política unitaria en
materia sanitaria nos acerca al ideal constitucional de la igualdad(
art. 14 Constitución). En este sentido, la cogobernanza no sólo va en contra
del espíritu y letra de la Constitución y de la Ley vigente (como ya hemos
repetido muchas veces), sino que, en sí misma, es una patente reincidencia en el error de ceder
competencias cuando excepcionalmente( para eso sirve el estado de alarma) se deberían
asumir por el Estado.
Valentín Cortés