Martes 5 de Abril de 2022
La vista ante el Tribunal de
Justicia de la Unión Europea de la cuestión prejudicial, planteada por el Tribunal
Supremo, sobre su orden de detención de
los procesados por sedición, huidos de la Justicia.
No sabemos cuál será la decisión que
tome el Tribunal ni el alcance de esta. Pero es importante tener en cuenta que
lo que se está debatiendo hoy en ese Tribunal es hasta qué punto un Estado requerido
de detención puede cuestionar, conforme al Derecho Europeo, en el fondo y en la
forma, la decisión tomada por el Estado
que solicita la detención.
La decisión que tome el Tribunal
Europeo adquiere aún más relevancia si tenemos en cuenta que los argumentos que
se barajan hoy son los de un Estado
requerido( Bélgica), de acrisolada practica de obstrucción a las peticiones de detención cursadas por los jueces españoles, práctica
que se basa en la mayoría de las ocasiones en argumentos pseudo-jurídicos, de una
simplicidad y alegalidad inimaginables,
que allí son admitidos, pero que no
resisten un análisis jurídico imparcial,
como el que ahora se va a producir por el Tribunal Europeo. En el caso
de los procesados catalanes por sedición, huidos de la Justicia, no es de
recibo jurídico que se niegue la entrega por considerar que el Tribunal Supremo
español no es competente para el conocimiento de esos delitos cometidos por
esos señores( principalmente, Puigdemont), porque eso sería tanto como permitir
que un Estado miembro de la Unión cuestione la normas procesales de competencia
vigentes en otro país de la Unión. Está
en juego el futuro penal del Sr. Puigdemont y compañía, pero sobre todo está en
juego el futuro de la eficacia de la orden de detención europea.
Valentín Cortés