Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 30 de septiembre de 2015


Miércoles 30 de Septiembre de 2015

 

La falta de sintonía

No quisiera escribir todos los días sobre el tema independentista y sus múltiples variantes. Pero he leído en la prensa digital un resumen de las declaraciones del Sr. Mas hoy a Catalunya Radio y no puedo dejar de hacerlo porque quizá hayan sido las del paradigma del político que se sitúa por encima del Derecho, muy propio de los totalitarismos del siglo XX. Hay una frase que me ha impresionado; “las querellas del 9N están superadas por las movilizaciones del 27S”.

Esto lo dice una autoridad del Estado, que se manifiesta, igualmente, “rebelde democráticamente”, pero (astutamente, digo yo) no desobediente porque, por lo visto, preguntó qué es lo que estaba prohibido y no le contestaron nada antes del 9N, y…¡ya no es desobediente!

Es tan astuto que se ha instalado en el canal 25, cuando los demás estamos en el canal 21: la falta de sintonía es y será total.

Yo sigo creyendo en el Estado de Derecho y espero que al final el Sr. Mas tenga que sintonizar con el canal del Derecho. Pero ¿Y los jueces? Me acuerdo cada vez más de lo que Montesquieu pensaba del Poder Judicial en "L´esprit de loix”

Valentín Cortés

 

martes, 29 de septiembre de 2015


Martes 29 de Septiembre de 2015

 

La Justicia, ¿lenta pero inexorable?

Hoy escribo bajo este título porque toda la prensa digital recoge, en las primeras noticias, dos decisiones de la Justicia: llamar a declarar al Sr. Mas, como encausado por el “referéndum” del 9 de Noviembre pasado; y la celebración de la vista del recurso de casación  por el caso Prestige. La querella contra el Sr. Mas se interpuso hace ya más de once meses; la del Prestige, hace más de 10 años.

El título que es escogido para esta “entrada” no es ya acertado, si es que lo fue en algún momento. Una Justicia lenta no es tal, porque llega, en la dirección y contenido que sea, cuando se puede pensar que pierde su eficacia social. El referéndum ilegal, en su caso, se debería haber penado a los pocos días o pocas semanas; entonces, habríamos tenido una Justicia jurídica y socialmente eficaz. Ahora, casi se podría pensar por algunos que no va a ser inexorable, porque se ha esperado incluso a que termine otro fraude, como es el de las elecciones plebiscitarias, para que la acción de la Justicia no “interfiera” en eso que han llamado plebiscito. ¡Muy grave que se pueda pensar eso!

De otro lado, que ahora el Tribunal Supremo decida sobre la sentencia que se dictó hace años en el tema del Prestige es cuando menos un insulto a la certeza y seguridad jurídicas, por lo que da igual que sea inexorable.

Valentín Cortés

lunes, 28 de septiembre de 2015


Lunes 28 de Septiembre de 2015

 

Las consecuencias del fraude.

Desde el punto de vista jurídico y constitucional convocar unas elecciones autonómicas afirmando que son un plebiscito y convertirlas de hecho en un plebiscito es obviamente un  fraude a la Ley y a la Constitución.

Los fraudes a la Ley son nulos de raíz, de modo que esas elecciones nunca hubieran podido producir los efectos de un plebiscito. Pero, curiosamente, al convertirlas prácticamente en un plebiscito, se ha producido el efecto “perverso” de poner de manifiesto el supuesto fáctico en el que se apoya el jurídico buscado con el plebiscito: el quantum de cada opción.

El astuto aprendiz de brujo ha sacado menos votos que hace un par de años y se ha quedado claramente por debajo de la mayoría absoluta; sólo le queda lo que menos le sirve en Derecho para el fin que persigue: la mayoría de escaños en el Parlamento. La consecuencia del fraude es que si antes de la elecciones la maniobra que pretende era ilegal, ahora lo sigue siendo, pero con más evidencia, pues hasta los más convencidos  ven que ya no es posible.

Valentín Cortés

viernes, 25 de septiembre de 2015

Viernes 25 de septiembre de 2015

Lo que los jueces piensan

He leido en www.elmundo.es alguna de las conclusiones de la llamada VI encuesta a la carrera judicial.  Es demoledor lo que, en determinadas cuestiones, piensan los jueces. Dos tercios piensan que los nombramientos de Consejo General del Poder Judicial no responden a los criterios de merito o capacidad. Un 75% cree que el Consejo no defiende la independencia judicial. Y, por poner un tercer ejemplo de la tremenda crisis en la que está metida el Poder Judicial, un 60% cree que se debería prohibir a los partidos políticos ejercer la acción popular penal.
Creo que ha llegado el momento de tomarse en serio lo que venimos diciendo por activa y por pasiva: hay que sanear la Justicia.
Valentín Cortés

jueves, 24 de septiembre de 2015


Jueves 24 de Septiembre de 2015

 

La talidomida y la prescripción de los derechos.

No pensaba escribir sobre este tema por lo muy doloroso que debe ser para los afectados. Pero, he leído la prensa digital de esta mañana y el tono general es de reproche al Tribunal Supremo por declarar la prescripción del derecho a pedir la indemnización, acusándole de falta de sensibilidad y de aplicar normas injustas.

Ni el Tribunal Supremo es insensible por aplicar las normas de la prescripción ni estas son injustas. Posiblemente todos los ciudadanos hemos invocado alguna vez las normas de la prescripción (algunas veces para cosas nimias, para no pagar una multa, por ejemplo, o para cosas más trascendentales); y no son injustas porque, en su conjunto, dan certeza y seguridad al ordenamiento jurídico, y se permite su aplicación, también en este tipo de supuestos, sólo cuando ha transcurrido el plazo previsto, contado desde el momento en que se pudo ejercitar el derecho.

Yo era muy joven y soy testigo de que entonces era de conocimiento general  que determinadas malformaciones que se veían tenían algunas personas se debían a un fármaco (la talidomida) que habían tomado sus madres durante la gestación.  El por qué algunos afectados por este fármaco no ejercitaron su derecho desde que la malformación se hizo evidente, o el daño se produjo, no lo sé. Ni lo juzgaré pero, respetando aquella decisión de los perjudicados, tengo que manifestar que el Tribunal Supremo no es insensible ni aplica normas injustas al decidir en el sentido que lo ha hecho.

Valentín  Cortés

miércoles, 23 de septiembre de 2015


Miércoles 23 de Septiembre de 2015

 

Y ¿Qué hacemos con la nacionalidad? 

Lo que demuestra la campaña electoral catalana es que los políticos juegan con las personas. Unos se han  lanzado a predicar la independencia y es ahora cuando se plantean públicamente algo tan básico como saber qué pasará con los españoles que vivan en Cataluña en el momento de la independencia: ahora se preguntan si dejarían de ser españoles. Otros, se confunden, se aturullan, se paralizan y todos se olvidan de que ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad (art.11.2 de la Constitución) y de lo que ello significa.

Y ¿entonces? Yo creo que el tema no se centra en saber si pierden o no la nacionalidad española esos españoles, que no la pierden, sino en comprender que, mirando hacia fuera, en el mundo no se puede vivir sin nacionalidad y, lo que es igualmente importante, sin acreditarla mediante el documento o documentos aceptados para tal función. Olvidándose los unos de comunicar a sus votantes  que esa credencial sólo la daría la autoridad española y que la catalana no lo sería hasta su reconocimiento internacional.

Si miramos hacia dentro, la nacionalidad pierde gran parte de su trascendencia, pues lo importante es la residencia o el domicilio. ¡Qué casualidad que los bancos digan que se van de Cataluña y cambian el domicilio en el supuesto de independencia!

Valentín Cortés

martes, 22 de septiembre de 2015


Martes 22 de Septiembre de 2015

Las declaraciones a Onda Cero del Presidente de Gobierno. 

En relación con las noticias que nos proporciona el transcurso de la campaña electoral catalana observo que frente a quienes se asientan en el Derecho y Estado de Derecho ( como, por ejemplo, entre otros, se muestra hoy en Onda Cero el Presidente Rajoy cuando ha afirmado que “para legitimar una operación ilegal no pueden valer ni los escaños ni los votos” y cuando ha dicho que ”la independencia no tiene ningún sentido. No tiene ningún valor jurídico. Iríamos al Tribunal Constitucional y punto”) se sitúa el desparpajo y desahogo de los partidarios de la independencia de Cataluña: en 24 horas han pasado de afirmar “¡que se vayan los bancos!”, a afirmar que “no pagaran su deuda” si el Estado no se aquieta a lo que quieren. Realmente no me imagino que un Estado moderno (no una tribu tercermundista, en términos reales, afincada en un territorio) pueda nacer en tal ciénaga ajurídica e ilegal: tendría sus horas contadas.

Hace bien el Estado proclamando la vigencia del Estado de Derecho, porque sitúa el trauma y el problema en el único campo posible cuando unos poderes públicos (como son las instituciones catalanas) desprecian la Constitución (incluidos sus mecanismos de reforma) para dar un verdadero golpe de Estado ( que eso es quebrar el orden constitucional).

Valentín Cortés

lunes, 21 de septiembre de 2015


Lunes  21 de Septiembre de 2015.

¡Ni siquiera en lo meramente formal son capaces de cumplir las normas! 

He leído las normas del Estatuto de Cataluña que se refieren a su modificación, en las que, naturalmente, no  se contempla la posibilidad de declarar la independencia, pero estaremos de acuerdo, en que esa declaración es una manera de, no solo modificar el Estatuto, sino de derogarlo. Pero no voy a esto, sino al quorum previsto por el Estatuto para la aprobación de determinadas cuestiones.

Lo he hecho a la luz de que el Sr. Mas, y demás compañeros independentistas, dicen que  no necesitan, para emitir aquella declaración de independencia, la mayoría de votos, sino la mayoría absoluta de diputados. En definitiva, lo que daban a entender que era plebiscitario, ya no lo es. Pero, tampoco voy a este cambio que parece sustancial.  

A lo que voy: resulta que, obviando otras necesidades, como la intervención de las Cortes, el art. 223.1.b. exige, para la modificación (o derogación) de las normas del Estatuto que se refieran a las relaciones con el Estado, de una mayoría reforzada de 2/3 de los votos de los Parlamentarios.

En este marasmo de ilegalidades, ni siquiera son capaces de ofrecer a sus seguidores una vía a la independencia que, al menos formalmente, guarde los mínimos democráticos, en forma de quórum, que se  exigirían al Parlamento catalán para votar, aunque fuera lejos de sus competencias, algo que supone la modificación y derogación del propio Estatuto. ¡Debe ser consecuencia de la astucia!

Valentín Cortés

sábado, 19 de septiembre de 2015


Viernes 18 de Septiembre de 2015

 

 

Sobre la recusación en  el caso Gürtel

Hace justo una semana hablaba de la recusación de dos Magistrados que han sido designados para conocer del caso Gürtel, y de la politización de la Justicia. Hoy he leído que uno de los  Magistrados que ha de resolver sobre la recusación de aquellos Magistrados fue Vocal del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del Psoe (www.elboletin.com).

La aplicación de los criterios de reparto, unido a los legales, ha querido que se produzca esta casualidad: que los que  son recusados por haber sido designados vocales del Consejo a propuesta del Partido Popular, vean como el tema de su recusación será resuelto por el que lo fue por el Partido Socialista.

No pongo en duda la honestidad de este último Magistrado, pero qué duda cabe que la apariencia de imparcialidad sufre en el momento en que debe juzgar sobre un caso que se le podría aplicar a él en cualquier momento. Por eso, sigo pensando que lo mejor es, de futuro, acabar con  este “vayven” de magistrados en la política y en la judicatura. Todo por el prestigio de la Justicia.

Valentín Cortés

 

 

jueves, 17 de septiembre de 2015


Jueves 17 de Septiembre de 2015

 

El proyecto de ley de reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional

Por supuesto que no voy a comentar las opiniones políticas de los diputados emitidas ayer para apoyar u oponerse al citado proyecto de Ley que pretende dar al Tribunal Constitucional poder ejecutivo para que se cumplan sus sentencias. Los medios de comunicación se encargan de eso hoy con toda extensión.

En este Blog estamos para dar nuestra opinión jurídica. En este sentido:

i.- No es una ley ad hoc, una ley particular, sino que regula supuestos de hecho generales. Se quiere dotar al Tribunal Constitucional del imperium que tienen todos los órganos jurisdiccionales (art. 117 Constitución: juzgar y hacer cumplir lo juzgado) y no olvidemos que el Constitucional lo es.

ii.- Es una Ley oportuna, porque, si en un momento era impensable que algún poder público o persona incumpliera las sentencias del Tribunal Constitucional, es evidente que ahora se incumplen de forma sucesiva, entre otros, por la Generalidad de Cataluña y que en el futuro se pueden incumplir por cualquier otro poder o persona. Un Poder del Estado no puede quedar inerte e impotente y menos el jurisdiccional.

iii.- Fortalecerá la división de poderes, pues independiza aún más al Tribunal Constitucional del Poder Ejecutivo, del que ya no dependerá para  que se cumplan sus sentencias, que, incluso, pueden afectarle.

iv.- La legislación actual posibilita la sanción por la violación de la obligación de cumplimiento (art. 155 Constitución, delito de prevaricación, etc), pero no garantiza el cumplimiento de la sentencia.

Son cuatro razones jurídicas para no dudar de la oportunidad de la promulgación de esta ley, pero se podrían exponer otras muchas, frente a las que los inconvenientes políticos que manejan los grupos parlamentarios aparecen como partidistas y alejados de la ortodoxia jurídica adecuada.

Valentín Cortés

miércoles, 16 de septiembre de 2015


Miércoles 16 de Septiembre de 2015

 

Estamos en el cansancio pero llegaremos al hartazgo

Leo la prensa digital y me produce un atroz cansancio las manifestaciones que se hacen en la campaña electoral catalana. Seguramente dentro de unos días estemos al borde del hartazgo.

Nunca he vivido un chorro de manifestaciones más vacías y que más ofendan a la inteligencia y, prácticamente, todas las que así se pueden calificar vienen de ese bloque de políticos que pretenden la independencia y la creación de un Estado  nuevo que, se supone, eso nos dicen, será reconocido por todos los demás prácticamente al día siguiente, con las más absoluta pasividad de eso que todavía llamamos España. La vida de esos políticos está tan alejada de la realidad que todavía creen (o quieren que crean los demás) en ensoñaciones en las que no rige ni el Derecho, ni el sentido común y mucho menos las constantes históricas que se suelen repetir en el transcurso del tiempo, como las riadas que vuelven a cubrir con agua los mismos espacios que en el pasado, por muy remoto que fuera el último episodio.

¿A quien engañará de verdad el Sr, Mas despreciando el Derecho, ignorándolo, violentándolo una vez y otra también? ¿Hasta cuándo cree que le puede salir gratis tanto desprecio y violación del Derecho? A poco que haya leído historia debería saber al precipicio al que se arrima. La trasgresión del Derecho nunca ha salido gratis históricamente.

Valentín Cortés

martes, 15 de septiembre de 2015


Martes 15 de Septiembre de 2015

 

El relativismo, ¿ha llegado al Tribunal Supremo?

 

El Tribunal Supremo ha archivado (lo leo en www,elmundo.es) una querella presentada por la Asociación Unión de Oficiales de la Guardia Civil Profesional contra el diputado de Izquierda Unida, Sr. Garzón, por haber proferido  éste, en un mitin en Valladolid durante la campaña en las elecciones municipales, que el gobierno mandaba a la Guardia civil a asesinar inmigrantes en la valla de Melilla.

Dice el ponente, al que en otra ocasión  he alabado, que esas palabras son innecesariamente duras y que la Guardia Civil, en cuanto ejerce actividad pública “debe asumir que está sometida a un  más riguroso control mediante la crítica”, que un particular.

Cuesta creer que este sea el razonamiento de un Magistrado del Tribunal Supremo para resolver que lo que dijo el Sr. Garzón cae dentro del derecho a la libre expresión. Pienso que, una de dos: o el Magistrado no entendió bien el tema que se le daba a enjuiciar ( difícil dado la categoría del magistrado); o el Tribunal Supremo( que asume la tesis del ponente) ha entrado en el relativismo más exacerbado y, siendo así, creo que, en cuanto servidor público, “debe asumir que está sometido a un más riguroso control de la crítica”, que, de seguir por ese camino relativista, le llegará necesariamente en forma de palabras y expresiones “innecesariamente duras” y no respetuosas como esta. Al tiempo.

Valentín Cortés

 

 

 

 

lunes, 14 de septiembre de 2015


Lunes 14 de Septiembre de 2015

 
El Fondo Social de Viviendas

 

La prensa digital de hoy no presta atención, aunque no me extraño,(en cualquier caso, se puede leer en www.expansion.com) a una noticia ciertamente importante: hoy se firma entre el Gobierno y la Banca un convenio para ampliar casi en un 50%  el Fondo Social de Viviendas, que se creó, en plena crisis económica e hipotecaria, para posibilitar la vivienda, en régimen de bajo alquiler, a los que estuvieran en situación de vulnerabilidad y exclusión social y que hubieran  perdido su vivienda por ejecución hipotecaria. Es este un conjunto de supuestos que están regulados especialmente por la Ley 1/2013 de 14 de Mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, y que tuvo sus antecedentes en el RDL 8/2011 y RDL 6/2012. Ese fondo ya tiene más de 9.000 viviendas.

Traigo esta información, y la comento, porque me parece que esta es la vía de arreglar un gravísimo problema económico y social sin arrasar el ordenamiento jurídico y el mercado; lo hemos defendido en otras ocasiones, cuando hemos criticado la promulgación de leyes autonómicas que,  con gran carga demagógica, van por el camino de “señalar” a la banca como “perversa”, regulando la expropiación a las entidades financieras de viviendas desocupadas.

 Es un dato importante, que delimita el problema,  saber que de ese fondo de 9.000 viviendas, sólo están alquiladas un tercio.

Valentín Cortés

 

viernes, 11 de septiembre de 2015


Viernes 11 de Septiembre de 2015

 

La recusación de dos magistrados en el asunto Gürtel

 

Cuando los jueces observaban una escrupulosa separación de la vida política, pública y hasta empresarial, las recusaciones o abstenciones eran muy raras y se definían normalmente por afinidades o desencuentros familiares o amicales (los parientes, la amistad o enemistad manifiesta, etc.).

Hoy, los jueces “pontifican” en los medios públicos sobre cualquier acontecimiento que se produzca, intervienen en política para después volver a la Justicia o siendo políticos se guarecen después en la judicatura. Hay una extrapolación evidente del pensamiento y de la acción de los jueces que no dudan en participar en ciclos, conferencias, mesas de trabajo sobre temas, naturalmente jurídicos, pero con connotaciones políticas y sociales, cobrando legítimamente por ello.

Toda esa imbricación del juez con la sociedad, lo hace vulnerable en su imparcialidad, al menos ante la sociedad que hoy entiende esas vinculaciones como una clara perdida de la objetividad que se le exige tener, al menos, en apariencia.

Por eso, esos jueces deberían ser muy propicios, aun a pesar de su sentimiento de objetividad, a practicar la abstención, porque no es el juez quien se tiene que sentir imparcial y objetivo, que también, sino la sociedad quien debe tener la certeza de que la Justicia es, como la dama de la balanza, ciega y equilibrada.

Al menos hasta que el legislador se decida, de una vez por todas, a regular adecuadamente las incompatibilidades de los jueces y magistrados para ser tales y para ejercitar sus funciones.

Valentín Cortes

jueves, 10 de septiembre de 2015


Jueves 10 de Septiembre de 2015

 

El debate sobre la “nación”

 

Cuando se habla de una tercera vía para la solución del problema catalán (independencia vs independencia-no) y se introduce en el debate, como clave, el concepto de nación, este término no puede tener el significado que queramos darle, como mantenía heterodoxamente en su momento el Sr. Zapatero.

El término nación, constitucionalmente hablando, pues en ese marco nos movemos cuando hablamos de independencia de Cataluña, no es otra cosa que el “centro de imputación subjetiva” (Alessi) de la soberanía de este Estado que llamamos España; por eso el Preámbulo de la Constitución empieza diciendo: “La nación española, deseando establecer la Justicia, la libertad y seguridad…”; y por eso se habla de soberanía nacional” en el art. 1.2 de la Constitución, que reside en el pueblo español. De esta manera, constitucionalmente hablando, no existe más nación que la española, lo que quiere decir, ni más ni menos, que la soberanía reside en ella.

Pues bien, en este contexto ¿ cuál es la tercera vía?; pues no puede ser más que derogar la Constitución y hacer una distinta, nueva, en donde existan soberanías compartidas o coincidentes. Y, si es así, ¿por qué no lo dicen y dejan de usar conceptos que son unívocos como si fueran equívocos?

Pero, comprendo que es mucho pedir.

Valentín Cortés

miércoles, 9 de septiembre de 2015


Miércoles 9 de Septiembre de 2015

 

El art. 155 de la Constitución y la disolución de las Cortes

Hoy he leído en www.larazon.es lo que ya había leído anteriormente en otros medios de prensa escrita digital; en resumen, que el art. 155 de la Constitución no se puede aplicar con  las Cortes disueltas por la convocatoria de las elecciones, pues se exige la aprobación de la mayoría absoluta del Senado; de esta manera la “astucia” del Sr. Mas sería patente al hacer coincidir su apuesta fraudulenta con esa situación del Parlamento.

Yo, que no soy un especialista en Derecho Constitucional, pero sí jurista, me resisto a hacer de una norma ( en este caso constitucional) una interpretación tan poco sistemática que casi ofende a la inteligencia jurídica. Esa interpretación se olvida de otras normas de la Constitución como los arts. 78, que establece las Diputaciones Permanentes, y 88 y 116, que forman un cuerpo indivisible que permite cambiar la palabra Senado del art. 155 por la de Diputación permanente del Senado.

Cabe decir, además, que no cabe hacer interpretaciones de la Constitución que ayuden a su fractura y muerte; esas serían interpretaciones de leguleyo, pero de leguleyo interesado.

Valentín Cortés

martes, 8 de septiembre de 2015


Martes 8 de Septiembre de 2015

 

La inauguración del año judicial

Hoy en la inauguración del año judicial se tendría una buena ocasión para que el Presidente del Tribunal Supremo y el Fiscal General del Estado explicaran al Rey, en cuyo nombre se administra Justicia (art 117,1 Constitución), la causa o causas de que todavía sigan sin cumplirse un gran número de sentencias de los Tribunales (incluido el Tribunal Constitucional), que imponen mandatos a la Comunidad autónoma de Cataluña, y explicárselo a pesar de que el art.  118 de la Constitución dice expresamente que es “obligado cumplir la sentencias y demás resoluciones de los jueces y Tribunales”. No parece ser, tal como decíamos ayer, que la Jurisdicción y el Poder Judicial estén muy finos en desarrollar las funciones que le corresponden en el Estado de Derecho.

Por eso, aunque no sea necesario (porque incumplir una sentencia por un funcionario o autoridad es cuando menos prevaricación) me parece oportunísima la modificación de la legislación actual para prever,como sanción al incumplimiento de las sentencias del Tribunal Constitucional, la separación del cargo o función de la autoridad que lo hiciere.

¡Claro que yo soy jurista y no político, ni siquiera de la oposición!

Valentín Cortés

domingo, 6 de septiembre de 2015

Lunes 7 de Septiembre de 2015

Un nuevo curso

Hoy, tal como estaba prometido, inicio un nuevo curso de mis opiniones jurídicas.  En mi última entrada hablaba de Varufakis, que, esa es la vida, ha pasado al olvido en su país, en Europa y en la crisis que se nos avecinaba y que ya no es la misma. ¡Sólo han pasado dos meses!
Pero seguimos con el Sr. Mas y su inmenso y continuado fraude a la Ley y a la Constitución. En esta crisis, tan trascendental para nuestra sociedad, que es política ( ¡ por supuesto!), pero que no tiene mas solución que la jurídica, es muy importante que todos los poderes del Estado cumplan con su función, que para eso están creados. Y me temo que la Justicia ( es decir, la Jurisdicción) no está a la altura de las circunstancias, porque ¿ cuanto tiempo hace que el Sr. Mas es investigado y no se le ha tomado declaración?  He oído, en alguna tertulia veraniega, a algún juez importante quejarse de que les "ha tocado arreglar lo que los políticos no han sabido hacer", que es tanto como quejarse de su propia profesión cuando vienen problemas y responsabilidades, porque para resolver si un ladronzuelo tiene que ir a prisión no se quejan de arreglar lo que la escuela no ha sabido componer.
Y la solución jurídica pasa por la Constitución y su interpretación adecuada al fin inmanente de cualquiera de ellas: su permanencia y acatamiento. ¡Tan fácil, pero, al parecer, tan engorroso!.
Valentín Cortés