Jueves 16 de Marzo de 2023
Los beneficios legales por familia numerosa
Los beneficios que la ley concede a
las familias numerosas se otorgan y reconocen bajo unas determinadas circunstancias
y tienden a fomentar la natalidad y el crecimiento de la población. Esas ayudas
y beneficios no son una limosna del Estado, y, mucho menos, del Gobierno
de turno, sino que son, desde el momento en que se recogen en una ley, un
beneficio al que se tiene derecho si se reúnen las condiciones establecidas. En
otras palabras, son beneficios legales que dan lugar a derechos subjetivos, el
primero de ellos, el derecho a reclamarlos. Disfrutar de ese derecho, en tal
sentido, no puede ser objeto de vilipendio y, menos, desde esferas del Gobierno.
Lo digo por los beneficios que un consejero del Gobierno de la Comunidad de
Madrid ha percibido, al tener familia numerosa, y las reacciones de la Ministra del ramo.
La reacción del Gobierno (vid. la
prensa de hoy) anunciando con todo lujo de publicidad y pomposidad que se modificará
esa norma para evitar que personas con renta alta sean beneficiados,
demuestra varias cosas: una, o que el propio Gobierno piensa que legisla
muy mal, al punto que se apresura a modificar su propia norma o que, según las circunstancias
políticas del momento, puede cambiar de opinión y para ello no tiene empacho en
cambiar la ley; otra, que el Gobierno no está en la acción de fomentar
la natalidad, sino en la de dar limosna a los que cree que se la merecen,
según sus propios criterios del momento. En todo caso, todo ello demuestra el
grado de inseguridad jurídica en la que nos movemos los ciudadanos españoles.
Valentín Cortés