Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 30 de noviembre de 2015


Lunes 30 de Noviembre de 2015

Siguen siendo leguleyos

La prensa de este fin de semana pasado ha recogido el tenor del escrito del Parlamento catalán solicitando se levante la suspensión de la resolución independentista catalana. Se ha hablado, por algunos, de que se intenta rebajar el significado a una mera declaración de intereses políticos sin contenido jurídico vinculante alguno. En otras palabras, el Parlamento habría votado una desiderata política que no sería recurrible ante el Tribunal Constitucional. ¡Es decir, el descubrimiento de la piedra filosofal!

Lo curioso es que con ese escrito el Parlamento, a la postre, reconoció  que aquello no es vinculante; pero, alcanzando una buena conclusión, se equivoca claramente en las premisas, porque esa declaración, en este caso, es más que desiderata: es una  nulidad jurídica radical en forma de resolución.
 Donde tampoco acierta el Parlamento es en sostener que puesto que no produce efectos jurídicos no es recurrible, porque, tratándose  de una nulidad radical, no por eso es indiferente al Derecho, pues mientras que no se anula por el órgano correspondiente sí produce efectos. Por eso, cabe recurrir y se crea el poder-deber del Tribunal Constitucional de ordenar, primero, la suspensión de la eficacia del acuerdo o resolución, y, después, de declarar su nulidad, estableciendo e imponiendo sanciones para el caso de desobediencia si se intenta convertir la desiderata en  realidad.

Todo esto lo sabe el Parlamento catalán, pero, sin pudor, lo dicen “por si cuela”, como los leguleyos.

Valentín Cortés

viernes, 27 de noviembre de 2015


Viernes 27 de Noviembre de 2015 

 Abengoa y nuestra Constitución

He seguido, lógicamente, el problema de Abengoa. Hoy también. Y me he tropezado en www.cincodias.com con  la opinión de los sindicatos mayoritarios.

En definitiva, realmente no se atreven a decirlo, pero animan al Estado, quizá a través de Bankia, a hacerse con la intervención o, llegan a eso, a la expropiación de Abengoa.

Yo no estoy en esa línea, porque  no es la de nuestra Constitución; por eso creo que deben ser los accionistas los que, a la postre, paguen los platos rotos. Y con ellos los bancos acreedores, que en justa correspondencia, deben asumir el pasado pero, igualmente, el futuro y si son financiadores para sacar adelante la empresa, son ellos los que deben decidir lo que se haga en el futuro con esta empresa.

Nuestro Derecho no ampara endosarles la mala gestión de una empresa privada a los contribuyentes de un país atónito de observar los resultados de una mala gestión de años, que, al final, los sindicatos quieren, distorsionando el derecho,  que sean los ciudadanos los responsables.

Valentín Cortés.

jueves, 26 de noviembre de 2015


 Jueves 26 de Noviembre de 2015
 
Abengoa 

Como antes ocurrió con Pescanova, las reformas de la Ley concursal que se han llevado a cabo en los últimos años permitirán, sin duda, sacar adelante a una empresa como Abengoa.

El preconcurso, solicitado por Abengoa, permite al deudor, insolvente o que prevé que lo estará en un plazo inmediato, un plazo de cuatro meses para preparar y presentar a sus acreedores un plan de viabilidad sin estar sometido a la posibilidad de que un tercero solicite el concurso de acreedores y sin el agobio y la posibilidad de tener que pedir el propio concurso.

Es lógico que aquellas entidades que financien al final el plan de viabilidad tengan una posición dominante en la situación futura de la empresa en preconcurso. Por eso hay que esperar que el futuro de Abengoa lo marquen, en las próximas semanas, las entidades financieras acreedoras.

Nunca hubo una reforma legal más adecuada para la economía nacional que la que introdujo el preconcurso en nuestra legislación concursal.

Valentín Cortés

miércoles, 25 de noviembre de 2015


 

Miércoles 25 de Noviembre de 2015

 

La querella catalana

Cuando yo comencé mi carrera de abogado, en 1969, existía un fraude procesal que llamaban “querella catalana”; consistía en interponer una querella por falsedad contra el acreedor para paralizar así la acción ejecutiva de éste contra el deudor. El acreedor se veía envuelto en un proceso penal largo, tedioso, injusto, y siempre había algunos que al final caían en el chantaje y negociaban con el deudor querellante. Esta querella tenía mucho éxito en las provincias catalanas y prácticamente nulo en las demás.

En aquella época, por tanto, había acreedores que no aceptaban el chantaje, que aguantaban, que al final cobraban y que hacían procesar al deudor por denuncia o querella falsa. Aquellos  deudores chantajistas, si no negociabas con ellos, no solamente pagaban sino que se enfrentaban a penas de cárcel.

 Esto me lo ha recordado ayer el Sr. Mas cuando dijo que habrá que esperar al Gobierno post elecciones para negociar con el Estado, ya que con  el actual es imposible; así lo he leído en la prensa nacional esta mañana.

 Es evidente que el Sr. Mas ha llevado al Estado a un proceso injusto, largo, tedioso, perjudicial incluso, pero se equivoca en  creer que habrá un Gobierno que negocie con él partiendo de un chantaje procesal, y, si el Sr. Mas levanta el chantaje que propicia el proceso, su posición se habrá diluido como un azucarillo.

Valentín Cortés

martes, 24 de noviembre de 2015


Martes 24 de Noviembre de 2015.

 

Las contradicciones jurídicas del Sr. Mas

La prensa digital recoge las declaraciones del Sr. Mas en relación con  las condiciones impuestas por el Gobierno para poder utilizar la suma librada a cuenta del Fondo de Liquidez Autonómica (vid. www.europapress.es).

De aquellas declaraciones me interesa resaltar cómo una autoridad que hace unos días propuso aprobar, y votó a favor, una resolución parlamentaria de desobediencia a las instancias del Estado explica ahora, entre un  sin número de bravatas políticas, que recurrirá al Tribunal Constitucional, o por la vía contenciosa administrativa, la orden ministerial que impone condiciones para la libranza de aquella cantidades.

El mero hecho de recurrir ante el orden jurisdiccional es no sólo acatar la autoridad del Estado, sino experimentar “en propia carne” que del Estado no se puede prescindir de la noche a la mañana, y no lo digo porque se pueda o no prescindir del dinero del Estado, como por el hecho simplísimo de que no se puede prescindir de las estructuras del Estado.

Si yo fuera de la CUP estaría muy preocupado por esta deriva inicial, nada simbólica, del Sr. Mas, que rompe el principio de desobediencia aprobado por el Parlamento catalán.
¿Cuántas contradicciones como esta le permitirá la CUP?

Valentín Cortés

lunes, 23 de noviembre de 2015


Lunes 23 de Noviembre de 2015

El impuesto sobre el patrimonio

Me atrevo, a pesar de no ser fiscalista, a escribir hoy sobre el impuesto del patrimonio, al hilo de las conclusiones a las que ha llegado ( www.cincodias.com) un foro jurídico compuesto por abogados fiscalistas de las ocho despachos más importantes de entre los establecidos en España. Estos abogados mantienen que hay que suprimir este impuesto porque “genera distorsiones en la economía, tiene escasa capacidad recaudatoria, nulo efecto redistributivo”.

Yo diría, además, otra cosa: que es un impuesto injusto e inconstitucional. Se grava la mera tenencia de dinero, bienes y derechos, para cuya adquisición y posesión los contribuyentes ya han pagado los correspondientes impuestos, de modo que se grava dos veces el mismo hecho imponible. Pero es que, además, se trata de un impuesto confiscatorio, lo que choca claramente con lo dispuesto en el art.  31. 1. de la Constitución, porque cada vez que se paga, el Estado confisca una porción de nuestra propiedad, de nuestros derechos y de nuestro dinero. Nos arrebata, pues, una parte de lo nuestro, sin más justificación que porque lo tenemos.

 

Valentín Cortés

viernes, 20 de noviembre de 2015


Viernes 20 de Noviembre de 2015

 

La imparcialidad de los jueces

www.expansion.com recoge hoy una noticia que entiendo es sintomática; se trata de una sentencia dictada por el Tribunal Supremo, resolviendo un recurso de infracción procesal, en la que el Tribunal rechaza que, ser una de las partes compañero de clase en la Universidad de un juez, sea motivo de recusación de éste. Lo sorprendente y sintomático es que eso sea noticia.

Ello se debe a la distorsión que se ha producido, y se sigue produciendo, en la interpretación de los supuestos legales de recusación y abstención, deduciendo, no sólo la prensa, sino también los tribunales, falta de imparcialidad en supuestos tan absurdos y extralimitados como este.

Las causas establecidas para la recusación  y abstención en el art. 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que se basan principalmente en la amistad o enemistad, el parentesco o el interés del Juez en el asunto, deben interpretarse a la luz de las máximas de experiencias que se deducen de los comportamientos sociales de hoy día, que es lo que las hace objetivas. Fuera de eso, nada es objetivo; todo es manipulación de la acción de la Justicia.

Valentín Cortés

jueves, 19 de noviembre de 2015


Jueves 19 de Noviembre de 2015

 

El país de la desmesura

Leo en www.abc.es que el sindicato Manos Limpias ha iniciado acciones penales contra la Fiscalía, porque ésta a su vez inició acciones contra los dirigentes del sindicato (contra el Presidente y  contra la abogada) acusándoles de  estafa y apropiación indebida. Acusan a la Fiscalía de intimidaciones y falsas acusaciones, para doblegar a Manos Limpias en el proceso contra, entre otros, Doña Cristina de Borbón.

Es difícil arreglar a una sociedad en poco tiempo, pero podíamos ir empezando: i) primero, quitando poder a un sindicato, cuya misión es interponer querellas criminales, cuan justiciero serrano, para lo que hay que modificar la Ley de Enjuiciamiento criminal y regular convenientemente, a la vista de la experiencia que tenemos, la llamada acción popular, y mientras tanto exigir la fianza adecuada a los tiempos en que vivimos y a la trascendencia pública de la persona querellada. El legislador procesal penal no se pudo imaginar que un acusador popular fuese un sindicato, ni un partido político, ni una asociación creada al efecto, y que les saliera tan barato querellarse contra terceros. ii) segundo, tomando medidas urgentes contra la politización de la Justicia, que ha llegado a tal extremo, que un sindicato como Manos Limpias se permite interponer acciones penales contra Fiscales, acusándoles públicamente de instrumentalización de la Justicia y de coacciones.

Valentín Cortés

miércoles, 18 de noviembre de 2015


Miércoles 18 de Diciembre de 2015

Entre la chapuza y la prevaricación

Dice la prensa de Madrid que la Sra. Carmena, que es la alcaldesa, ha decidido no cobrar las multas que impuso en días pasados el Ayuntamiento con ocasión de la disminución de la velocidad en la M30 decretada por la contaminación elevada que había en Madrid.

Desde mi ángulo de opinión, estrictamente jurídico, pienso que ello se puede deber a dos razones:

La primera, que la disminución de velocidad decretada no se atuviera a la normativa vigente, por lo que diríamos que estamos en presencia de una chapuza jurídica, dada la cual el Ayuntamiento sabe que esas multas no se pueden exigir, y haría bien en dejarlas sin efectos de oficio.

La segunda, que la limitación de velocidad impuesta fuese plenamente legal, por lo que el no exigirlas es una alcaldada arbitraria e injusta que, además, puede ser constitutivo de delito de prevaricación.

Dice, igualmente, la prensa que los conductores multados no llegan a doscientos, lo que demuestra lo disciplinados y obedientes que son los madrileños, dado los centenares de miles de coches que se mueven  al día por la M30. Pudiera ser, entonces, que el motivo de no cobrarlas sea el alto coste de oportunidad política de la medida, en relación con el mínimo resultado económico de la misma. Entonces estaríamos ante una chapuza posiblemente constitutiva de delito de prevaricación.

Valentín Cortés

 

 

martes, 17 de noviembre de 2015


Martes 16 de Noviembre de 2015 

De Magistrado a cabeza de lista de Podemos

La prensa digital recoge, pienso que con escándalo, el “fichaje” por Podemos del Presidente de la Sala de los Penal de la Audiencia de Palma de Mallorca como cabeza de lista en esa circunscripción para las elecciones de Diciembre.

Pero, se equivoca la prensa si resalta la noticia porque el juez se va a Podemos, dado que la importancia jurídica del hecho no está en el color del destino, sino en el destino. Un juez, en una sociedad tan politizada como la nuestra, no debería poder pasar sin solución de continuidad de la Administración de Justicia a la política, porque irremediablemente el llamado “justiciable” pensará cuales habrán sido los méritos profesionales de un Juez para que un partido  lo “fiche” regalándole un puesto relevante en el escenario político.

El daño a la Justicia es inmenso, el descredito de ésta irá en aumento y, para colmo, la política se cubrirá con personas que el único merito que tienen es haber satisfecho, en el ejercicio de su profesión, los idearios políticos de un Partido, el que sea.

Valentín Cortés

lunes, 16 de noviembre de 2015


Lunes 16 de Noviembre de 2015

 

El desvarío del Sr. Sánchez

He oído en una emisora de televisión al Sr. Sánchez, del PSOE, decir hoy, con ocasión de los atentados de París, que es el momento de derogar la reforma que hizo el Gobierno del art. 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que restringió la llamada justicia ( jurisdicción) universal de los jueces españoles. De esa manera, dice imperturbable el Sr. Sánchez, la policía española podría luchar más fácilmente contra el terrorismo internacional.

Lo que yo opino sobre la llamada justicia universal lo saben mis lectores, pero lo traigo a esta “opinión” para poner énfasis en lo peligrosa que puede ser la ignorancia ( si es lo que es) de un político que nos quiere gobernar y que está llamado a coprotagonizar el llamado Pacto de Estado contra el terrorismo islamista. Creo que en esta ocasión nos merecemos más estudio, menos política y más seriedad a la hora de encarar  y resolver los problemas en los que estamos inmersos.

Valentín Cortés

 

viernes, 13 de noviembre de 2015


Viernes 13 de Noviembre de 2015

 

Las declaraciones de la Juez Alaya

 

La prensa recoge las declaraciones de la Juez Alaya, que ha hecho al recibir un premio jurídico. A esta jueza, con  la que tantas veces he coincidido, por supuesto que no la voy a censurar por merecer el premio y por supuesto que estoy de acuerdo en lo que ha dicho, aunque no en todo: no lo estoy en dos cosas

La primera: un juez en activo no puede criticar a otros poderes del Estado, como son los políticos en general, porque se lo prohíbe la Ley Orgánica del Poder Judicial. La juez critica a los políticos seriamente, y no puedo estar de acuerdo con ella en eso, en emitir una censura que no puede emitir.

La segunda: la limitación temporal de las instrucciones penales, que ha introducido la modificación última de la de Enjuiciamiento Criminal, ya lo hemos dicho en otras ocasiones, es muy saludable para evitar daños incensarios a las personas investigadas y para evitar investigaciones universales, a las que tanto tienden los jueces; y lo que tienen que hacer éstos, si fuera necesario, es solicitar por los cauces legales establecidos, y exigir, las ayudas técnicas necesarias para poder investigar e instruir las causas. Pero no es razonable rechazar un principio que está establecido en las legislaciones modernas con argumentos políticos y meta jurídicos, y mucho menos lanzar acusaciones de presiones sin haber interpuesto previamente la correspondiente denuncia judicial.

Valentín Cortés

 

jueves, 12 de noviembre de 2015


Jueves 12 de Noviembre de 2015.

 

La triste realidad de la desobediencia

Lo que ayer más hirió mi sensibilidad jurídica (y ciudadana)   fue oír a una señora, representante del Gobierno catalán, decir pomposamente que ellos no iban a obedecer el mandato de ayer tarde del Tribunal Constitucional. Ya me impresionó (vid. mi entrada del día 27 de Octubre pasado) cuando propusieron una resolución en ese sentido para que, al final, se aprobara por el Parlamento catalán. ¡Lo juristas no nos podemos acostumbrar al desacato!

Dije el pasado día 6 de este mes que el proceso es un juego, siguiendo para ello a Carnelutti. Ayer vimos cómo esa señora decía que ellos no iban a cumplir ninguna regla del juego que está en marcha. También decía entonces que a los que no cumplen las reglas del juego se les echa de la partida y, añado ahora, es muy difícil que juguemos otra vez con ellos. Este es el drama: que desacatan, que serán sancionados y que quedarán fuera del juego  político de forma irremediable. Esos que incumplen y que desobedecen no tienen posibilidad alguna de ser interlocutores de nada y ante nadie.

Valentín Cortés

miércoles, 11 de noviembre de 2015


Miércoles 11 de Noviembre de 2015

El futuro pendiente de una resolución. 

Hay un antes y un después en materia de recursos de inconstitucionalidad presentados por el Gobierno, que se ha producido con  el que esta mañana presentará (si no se ha presentado ya) el Gobierno contra la resolución independentista catalana. En este recurso, el Gobierno, haciendo uso de la recientísima Ley de reforma de la Orgánica del Tribunal Constitucional, pide medidas coercitivas, primero, y sancionadoras, después, para los que desobedezcan al Tribunal Constitucional que, por Ley, suspenderá la eficacia de la resolución independentista.

La especialidad es doble porque: i) el Gobierno pide la notificación personal a aquellas autoridades que pueden, tal como han anunciado, desobedecer la orden del Tribunal Constitucional,  con apercibimiento de desobediencia y sanción de suspensión y querella criminal: y ii) sabremos, tras la resolución del Tribunal Constitucional, el grado de sintonía que tiene el Tribunal con el Gobierno a la hora de valorar la desobediencia.

Sin duda que nos jugamos buena parte de nuestro futuro.

Valentín Cortés

martes, 10 de noviembre de 2015


Martes 10 de Noviembre de 2015

 

En todos los pleitos la transacción es posible incluso después de la sentencia  

Posiblemente mi formación jurídica deforma mi pensamiento; no lo voy a discutir con nadie que me lo echara en cara.

 Lo digo porque observo que la sociedad española en su conjunto (y, por supuesto, los poderes y potencialidades europeas) se ha tomado el tema de la llamada “desconexión” sin la menor épica, tan querida para los secesionistas. No he oído discursos vibrantes, ni he visto salidas al balcón, concentraciones de masas, hundimientos de mercados, explosiones de júbilo y demás fanfarria y consecuencias de las grandes decisiones.

Mi deformación jurídica me lleva a pensar que la sociedad española, entre la que obvia y principalmente incluyo a la catalana, está esperando la inevitable aplicación del Derecho, que llegará.

En muchas ocasiones he dicho que la torpeza, que creían astucia, de los secesionistas haría inevitable la aplicación del art. 155 de la Constitución; así será. Pero lo que, quizá, todavía puedan modular los secesionistas es el grado de su aplicación (remito a mis lectores a la lectura hoy de www.lavanguardia.com)

Valentín Cortés

 

 

 

lunes, 9 de noviembre de 2015


Lunes 9 de Noviembre de 2015

 

La estupidez y los parlamentarios independentistas catalanes.

El Prof. Cipolla (italiano, catedrático de Historia de la Economía en Berkeley) sabía mucha economía y no menos historia, y tenía un respeto  al derecho digno de encomio. Los parlamentarios independentistas catalanes, los de esta mañana, ni saben historia, ni economía y no respetan el derecho que no les gusta; el que les gusta, se lo inventan.

Si supieran historia y economía no habrían votado lo que hoy han votado, pues sabrían que inexorablemente el Derecho, ese que no les gusta, les propiciará un daño irreparable durante generaciones.

El verdadero estúpido, según Cipolla, (vid. su Allegro ma non troppo) es aquel que para producir un daño al tercero, se produce así mismo un daño de igual o superior intensidad; en nuestro caso, de mucha más intensidad.

 Cipolla mantenía que estúpidos había en todos los estamentos de la sociedad, y en la misma proporción; lo que no podría haber aventurado nunca es que hubiera concentraciones anormales de estúpidos, como la que se produce en el Parlamento catalán.

Valentín Cortés

viernes, 6 de noviembre de 2015


Viernes 6 de Noviembre de 2015

El Tribunal Constitucional ha jugado bien

Decía Carnelutti, el gran procesalista de mediados de siglo pasado, que el proceso es un juego. El proceso cautelar, como el de ayer en el Tribunal Constitucional, es un juego ciertamente difícil y lleno de matices e interpretaciones.

Quizá Carnelutti  decía lo del juego en otro sentido del que nosotros vamos a darle ahora, pero nos vale. El Tribunal Constitucional tiene pendiente con las instituciones catalanas  un juego que tiene varias “manos”. Podía haber hecho una jugada ayer (suspendiendo el pleno del Parlamento Catalán del próximo lunes), o el martes, cuando el Gobierno le plantee la inconstitucionalidad de la decisión del Parlamento catalán acerca de la llamada eufemísticamente “desconexión”.

Dicho esto, ayer la decisión del Tribunal Constitucional hubiera provocado la desobediencia del Parlamento Catalán; el martes, la decisión del Tribunal Constitucional provocará la desobediencia del Parlamento Catalán. Pero, el Tribunal Constitucional juega mejor su papel de la segunda forma (en la segunda baza), porque la decisión, en ese caso, del Tribunal, no está sometida ni a valoraciones ni a interpretaciones: la desobediencia sería al Tribunal, quien  dicta la resolución que taxativamente le marca la legislación vigente: sin matices, sin interpretaciones y por unanimidad. La sanción será, si cabe, más indiscutible.
¡En los juegos, como en el proceso, quien no cumple las normas siempre pierde y es expulsado!

Valentín Cortés

 

jueves, 5 de noviembre de 2015


Jueves 5 de Noviembre de 2015

 

La falta de sentido común de la Junta Electoral Central

No quiero que la cuestión catalana, que todo lo invade, me impida escribir esta opinión sobre la resolución de la Junta Electoral Central que prohíbe que el Gobierno exhiba sus aciertos y éxitos en medios públicos desde la convocatoria de las elecciones. Todo viene a cuento de que en la web del Ministerio de Empleo se recogen unas declaraciones del Secretario de Empleo ponderando los éxitos en  materia laboral obtenidos en esta legislatura.

Bien es verdad que le web de un Ministerio es un medio público que pagamos todos, pero parece que es incuestionable que el Gobierno es un ente público, de los más importantes en el plano constitucional, y que se debe expresar en medios públicos, porque si lo hiciera con coste en medios privados sería acusado de malversar caudales públicos.

Lo que nos insinúa la Junta Electoral Central es que el Gobierno actúa, pero no se expresa, y, sobretodo, no comenta lo que actúa o ha llevado a cabo.

¡Grave carencia de sentido común a la hora de interpretar la Ley!

Valentín Cortés

 

miércoles, 4 de noviembre de 2015


Miércoles 4 de Noviembre de 2015

La fuerza del Estado.

Los periódicos recogen declaraciones de distintos independentistas catalanes denunciando las amenazas, eso dicen, del Estado ( Sra. Vicepresidenta, Sr. Ministro de Hacienda, etc.)

La dinámica jurídica conlleva, inexorablemente, la coacción de la fuerza y la fuerza misma.  Cumplimos con nuestras obligaciones y respetamos las leyes, no sólo porque somos educados y “benéficos”, sino porque estamos amenazados con la fuerza para el caso de que no lo hagamos. El monopolio de esa fuerza la tiene el Estado.

La dinámica independentista catalana de la desobediencia, que me imagino estará preconcebida e ideada, lleva necesariamente a la utilización por el Estado, primero de la coacción de  la fuerza, y después de la fuerza misma. Estamos, en la fase de la coacción y me parece lógico pensar que después vendrá la fuerza, porque si no viene, el Estado se acaba.

La fuerza no tiene  por qué ser física: es fuerza lo que hace doblegarse al desobediente; por eso el art. 155 de la Constitución, con su enunciados amplios (“podrá adoptar las medidas necesarias para obligar….”), y casi premonitorios, es un mecanismo que debe aplicarse a la primera desobediencia, ya anunciada, al Tribunal Constitucional.

Valentín Cortés

martes, 3 de noviembre de 2015


Martes 3 de Noviembre de 2015

La astucia y sus distintas clases.

Desde que el Sr. Homs hablara de la astucia del Sr. Mas, me fijo más en la política catalana en su vertiente jurídica.

Según el Reglamento del Parlamento catalán los grupos parlamentarios se pueden constituir hasta una fecha determinada, que aún no ha llegado a término. El Partido Popular, porque le conviene, no ha constituido su grupo parlamentario. Ello impide que la Presidencia del Parlamento convoque a los grupos parlamentarios. Y ello, por lo que se ve, tiene gran trascendencia política. Se ve que en Cataluña todos son “astutos”.

 La diferencia de esta astucia y la original que maneja en todo momento el Sr. Mas y compañía, es que la astucia del PP no es fraudulenta: es decir, no utiliza una  norma de cobertura para violar otra norma jurídica. El PP ejerce sus derechos en el momento que entiende mejor le conviene dentro del plazo legal: con eso aplica y se vale de una norma, pero no viola ninguna otra. Puede violarla  quien decida valerse de los grupos parlamentarios para tomar decisiones, si hay parlamentarios que aún no se han constituido en Grupo.

Pero, bueno, ya se sabe que  en Cataluña se defiende lo mismo la desobediencia a la legalidad vigente (Convergencia, Esquerra, la CUP) que la no aplicación de la norma que no gusta (Sra. Colau, Alcaldesa de Barcelona).

P.S. Escribo esta entrada antes de que el Parlamento tome la decisión que anuncia toda la prensa digital.

 

Valentín Cortés

lunes, 2 de noviembre de 2015


Lunes 2 de Noviembre de 2015

Demasiada sutileza

He leído en www.elconfidencial.com que el Sr. Rull, que es Coordinador general de Convergencia, ha manifestado a la prensa que “existen Leyes que por muy legales que sean dejan de ser legítimas”. Se refiere la Constitución, la que, (dice), han intentado aplicar, (violentándola, interpretándola pro domo sua, digo yo) y tras el fracaso,  la repudian, porque es un derecho que no les gusta. Ya han dicho que no la van a cumplir, porque igualmente admite que “en ella no cabe la independencia de Cataluña”.

Es curioso como estos señores secesionistas en cuanto hablan del Derecho rezuman totalitarismo en estado puro; plantear el problema del derecho injusto o ilegítimo es un imposible filosófico y sociológico en un  Estado democrático. Sólo en los supuestos históricos de Estados totalitarios, como la Alemania nazi y similares, los teóricos del derecho (por ejemplo, Radbruch, en su “Espíritu del derecho ingles”),  plantearon el supuesto del derecho injusto o ilegitimo. En un Estado democrático no hay mas derecho injusto que el contrario a la Constitución, siendo el Tribunal Constitucional el encargado de decidir si existe o no. ¡Muy lejos, por tanto, del Sr. Rull!

Pero  no  creo que aquellos señores, colegas del Sr. Rull, estén para estas sutilezas jurídicas y, además, democráticas.

Valentín Cortés