Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 1 de diciembre de 2015


Martes 1 de Diciembre de 2015

La Generalidad de Cataluña acude a la Jurisdicción del Estado

He leído en www.expansion.com que la Generalidad de Cataluña impugnará ante el Tribunal Supremo las condiciones que ha impuesto el Ministerio de Hacienda a la Generalidad para poder disponer del fondo de liquidez autonómico aprobado por el Gobierno de la Nación para Cataluña. Se tachan de discriminatorias para el Gobierno de Cataluña.

Es agradable comprobar que no es fácil prescindir, a pesar de lo manifestado por las autoridades catalanas, de las estructuras y poderes del Estado. De modo que si a la Generalidad le parecen discriminatorias las medidas del Ministerio de Hacienda, y quiere acabar con ellas, tiene que acudir a la Jurisdicción del Estado. Y eso hace.

 Y es agradable comprobar, igualmente, que va a apelar a la Constitución (art. 14, principio de igualdad en situaciones similares) para defender sus intereses.

Es evidente que los servicios jurídicos de la Generalidad conocen el RDL 21/2012 de 13 de Julio, de medidas de liquidez de las administraciones públicas y en el ámbito financiero; y seguro que tiene presentes los arts. 6 (“revisión de información sobre el plan de ajuste”) y el 7 (“seguimiento de los planes de ajustes”); y, sin duda, no olvidan el art. 4 (“condiciones financieras”) que dibujan, precisamente, no la relación entre dos Estados, sino la relación  del Estado y una Comunidad Autónoma que, en palabras muy de moda hoy día, está intervenida y debe acudir al Estado para financiarse.

Quizá el problema esté en la ensoñación, y no en la discriminación.

Valentín Cortés