Miércoles 16 de Octubre de 2024
La imputación del Fiscal General
La imputación del Fiscal General
por revelación de secretos que hoy ha hecho pública el Tribunal Supremo (vid.
toda la prensa con los matices correspondientes según tendencia política) es de
una gravedad que es innecesario ponderar. Y ello por las siguientes razones.
-Es obvio que la imputación no implica condena
alguna, sino que es la determinación de que existen indicios racionales de
criminalidad en la actuación de una persona que es necesario investigar y
concretar para saber si el tribunal debe o no condenar. En este caso, por
circunstancias del fuero procesal que tiene un Fiscal General, esos indicios
fueron apreciados, prima facie, por el Tribunal que inició la investigación y ahora
lo son por el Tribunal Supremo que es el competente, con lo que la gravedad
procesal de la situación es lógicamente mayor.
-Igualmente en delitos como los que se imputan
(revelación de secretos),como en otros que dan lugar a lo que podemos llamar una ”instrucción lineal”
por la falta de complicación de las actuaciones investigadas, normalmente la instrucción
que da lugar a la imputación es difícil ( no imposible) que en el juicio pueda dar
resultados que no impliquen condena. Esto lo sabe, como es lógico, el Fiscal
General.
-Por último, no es menos importante
destacar que esta investigación criminal se lleva a cabo, en razón a una querella
que se produce dentro de un contexto de lucha política innegable del Ejecutivo contra
el entorno familiar y afectivo de la Sra. Ayuso; denuncia que no sólo viene del
perjudicado directo de la revelación, sino también de un organismo tan serio y
prestigioso como el Colegio de Abogados de Madrid.
En estas circunstancias, yo creo
que el Fiscal General debe dimitir por el solo hecho de la imputación.
Valentín Cortés