Jueves 6 de Marzo de 2014
Nuevas modificaciones de la Ley concursal.
En toda la prensa digital de hoy se recoge la noticia de que en el
Consejo de Ministros de mañana se va a aprobar (¿con Decreto Ley?) una nueva modificación
de la Ley concursal, tendente a facilitar el acuerdo vinculante de la mayoría de
los acreedores (cada vez menos significativa) que permita la salvación de
empresas y evite la liquidación de las mismas. Ya veremos el recorrido de la
reforma.
Porque no se olvide que la ley concursal se promulgó en plena expansión
de la economía de este país y es evidente que estaba pensada para épocas de bonanza.
Por eso,hace bien el Ejecutivo en propiciar la modificación de la Ley para
adaptarla a la época de crisis prolongada en la que estamos metidos. Como hace
bien en potenciar el papel de los acreedores importantes de una empresa en concurso
o en preconcurso, facilitando el acuerdo mediante la aceptación en el mismo de
la adopción de figuras jurídicas que están
en el mercado y son normales.
Esto no implica el olvido de los pequeños acreedores, que en todo caso
se beneficiaran de la no liquidación de empresas donde los créditos “privilegiados”
y “preferentes” siempre serán importantes.
Valentín Cortés