Miércoles 11 de Noviembre de 2020
La grandeza de la Jurisdicción
La grandeza de la Jurisdicción es
que se ejerce (art. 117 de la Constitución) por Jueces y Magistrados que, en
cuanto tales, son independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente
al imperio de la Ley. Conseguir ese paradigma constitucional conlleva unos
evidentes riesgos, que toda sociedad moderna está dispuesta a asumir: nos podemos
encontrar que un juez no sea independiente, porque sea venal o, políticamente,
sectario; o que no aplique correctamente la ley o lo haga de forma ilógica.
Bien, para eso está prevista la asunción de responsabilidad o el recurso ante
el superior jerárquico.
Decir ( vid. la prensa de hoy) que la Vicepresidenta de Venezuela -tal como ha manifestado
un juez para archivar una investigación penal por el llamado “delcygate”,
argumentando que tal señora no entró en territorio español porque no cruzó el
control de pasaportes, y cuando anduvo varios cientos de metros por los
pasillos del aeropuerto de Barajas- es, pienso yo, claramente una equivocación a
la hora de interpretar los hechos o el derecho aplicable al caso y no tiene más
trascendencia que el recurso jurisdiccional o la exigencia, en su caso, de la correspondiente
responsabilidad. ¡Junto a las grandezas de la jurisdicción, sus servidumbres!
Valentín Cortés