Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 9 de junio de 2020


Martes 9 de Junio de 2020

La manifestación del 8 Marzo y el ruido político intencionado

Como la Justicia en tanto afecta a un político se politiza, o tratan de politizarla, asistimos a este espectáculo en torno a la responsabilidad del Delegado del Gobierno en Madrid por permitir la manifestación del 8 de Marzo y otras más que entonces se celebraron. Pero nada mas lejos del Derecho que el ruido político, siempre sectario.

En Derecho Procesal un hecho notorio no necesita prueba; dice el art. 281.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que “no será necesario probar los hechos que gocen de notoriedad absoluta y general”, es decir, aquellos que sean conocidos por todos y también por el juez.

Que el día 8 de Marzo la población sabía de la existencia y peligrosidad del coronavirus y de su infección por el contacto cercano (como es el caso de una manifestación o un mitin) es un hecho notorio que, quizá, en un ímpetu de garantismo, está motivando diligencias sumariales, precisamente, para probar su notoriedad, pero que en un ambiente menos viciado incluso serían innecesarias.

Si, es otro caso, el Sr. Simón o el Delegado del Gobierno en Madrid, Sr. Franco, conocían ese dato, diríamos que es irrelevante para determinar la responsabilidad de ellos (pues se puede ser responsable por acción o por omisión negligente o dolosa), pero puede ser determinante para concretar, en su caso, la responsabilidad penal, civil o la administrativa. Y en todo este desbarajuste no se entiende que la Abogacía del Estado y la Fiscalía contribuyan con argumentos no procesales a ese ruido político que en nada favorece a la Justicia.

Valentín Cortés