Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 26 de junio de 2025

 

Viernes 27 de Junio de 2025

Una sentencia arbitraria sobre la Ley de Amnistía, un acto legislativo arbitrario

El descrédito del Tribunal Constitucional, que se ha venido gestando en los últimos meses, ha llegado, según nuestro criterio, exclusivamente jurídico, a su cenit con la sentencia sobre la ley de amnistía. No cabe más descrédito jurídico-constitucional.

 Una sentencia no puede hacer de lo blanco negro y menos con argumentaciones, que no razonamientos jurídicos (por lo que conocemos de la sentencia), de mero leguleyo desconocedor de principios básicos de la ciencia jurídica y constitucional. Para un botón de muestra: ¿Cómo se puede decir en Derecho que lo que no está expresamente prohibido en la Constitución puede hacerlo el legislador?. Durante muchos meses hemos hablado de la inconstitucionalidad de la ley arbitraria (a ello me remito) y este, evidentemente, no es lugar de desarrollar los múltiples y variados motivos de inconstitucionalidad de aquel bodrio legal que convierte la sentencia que lo justifica en un monumento al desprecio al Derecho y que, por iguales razones, no podemos analizar pormenorizadamente en este blog.

Además, esta sentencia es, fuera de sí misma, un gravísimo perjuicio producido  a la Nación española por este Tribunal Constitucional, pues perdemos con ella de forma definitiva unos de los pilares básicos del Estado de Derecho, que contempla al Tribunal Constitucional  como órgano de vigilancia en la aplicación estricta por los Poderes Estatales de la Constitución, porque la sociedad ( formada tanto por los que están a favor como los que en contra de la amnistía) lo percibe y lo entiende  como una continuidad del Poder Ejecutivo.  Esta desgracia se la debemos a eso que se llama mayoría progresista del Tribunal Constitucional, que ni siquiera ha sabido hacer una sentencia seria y fundada, razonada y razonable; solo ha dado a luz una sentencia que, según la doctrina de ese Tribunal, es claramente arbitraria.

Valentín Cortés

 

Jueves 26 de Junio de 2025

El Sr. Bolaños y la esposa del Presidente en la encrucijada del Tribunal Supremo (TS) y de la Audiencia Provincial de Madrid (APM)

La prensa da cuenta de la decisión de la APM que confirma la imputación de la Sra. Álvarez (funcionaria del Ministerio de la Presidencia) por tráfico de influencias en cuanto actuó como asesora de Doña Begoña Gómez, esposa del Presidente de Gobierno. En mi opinión, esto puede afectar y complicar procesalmente las posiciones del Sr. Bolaños y de la esposa del Presidente; entre otras cosas, porque la APM entiende que, en esta actuación de la Sra. Álvarez, existen indicios de desviación de fondos públicos.

 Quedaría, pues, en mi opinión, de esta manera consolidada la línea de investigación procesal del Juez, Sr. Peinado, no sólo de si esa desviación se ha producido, sino, inevitablemente, de averiguar quiénes son sus protagonistas y en ello, es evidente, queda comprendido quién o quiénes determinaron, ordenaron y permitieron que la Sra. Álvarez asesorara a la Sra. Gómez. 

En esta situación, adquiere especial interés la decisión que pueda tomar el TS en la asunción (o no, pero ordenando nuevas diligencias) de la competencia para investigar al Ministro, Sr. Bolaños, por malversación, tal como le ha solicitado el Juez, Sr. Peinado, en su “exposición razonada”. Otra cosa, es la contestación que pueda dar el TS a la “exposición razonada”, pero en cuanto se refiere a la posible comisión del delito por el Sr. Bolaños de falso testimonio en el momento de prestarlo en la instrucción penal.

Valentín Cortés