Jueves 7 de Marzo de 2019
Los
decretos leyes de último momento
Desde el punto de vista jurídico,
no cabe la menor duda de que los decretos leyes aprobados en el último Consejo
de Ministros, y los que el Gobierno anuncia “ hasta el ultimo minuto de mandato”(
vid. hoy en www.elindependiente.com),no tienen legitimidad constitucional
en cuanto no se dictan por razones de estricta urgencia o necesidad dadas las
circunstancias del momento y del caso.
El problema es que nuestra legislación
no regula un sistema de prevenir y evitar esa falta de legitimidad constitucional
y legal, de modo que no cabe a priori
prohibir al Gobierno que regule determinadas materias por decreto-ley; bajo mi
criterio ni el Tribunal Constitucional, ni menos la Junta Electoral Central, ni
tampoco la Mesa del Congreso, pueden evitar la eficacia inmediata de esos decretos-leyes.
Sólo está previsto que, a posteriori, de forma represiva, el Tribunal Constitucional pueda
anular el Decreto-Ley si esa urgencia exigida, aun habiendo sido “razonada” como
existente en la Exposición de Motivos del Decreto-Ley, no es razonable. Sólo entonces
se podría hablar de responsabilidad jurídica y, por supuesto, política.
Valentín Cortés