Jueves 29 de Octubre de 2026
Frente al desastre
Mirar a los acontecimientos desde
el exclusivo ángulo jurídico y legal, como hacemos en este blog, me produce un
gran y confuso sentimiento personal de insatisfacción cuando en este momento
escribo a cerca del desastre ferroviario de ayer. Por supuesto que el Derecho
no arregla la muerte, el sufrimiento de los heridos y el de tanto familiar
afectado, el desánimo social ni siquiera la sensación de fracaso social que
invade ahora a la sociedad española. Pero cuando la muerte o los daños, sean corporales
o materiales, nos llegan por la culpa, la negligencia, la inacción, o la
desidia de alguien, de un tercero, los siglos que llevamos de civilización
imponen a la sociedad buscar una reparación para ella misma y para los afectados
por el daño, aunque nunca sea plenamente satisfactoria la tal reparación: de
ahí que, desde hace muchos siglos, acudamos en esos casos a buscar y dilucidar su
autoría, mediata o inmediata, para hacerle asumir su
responsabilidad. Los romanos distinguieron la culpa personal y la que
llamaron culpa in eligendo y culpa in vigilando, e incluso
enuclearon una culpa por acción y otra por omisión,
que hacen referencia a los deberes, las cargas y obligaciones no cumplidas o
atendidas no adecuadamente
Esto es lo que tiene que hacer la
sociedad española desde ya y sin descanso, y en ese campo creo honestamente que
en este caso existen todas las responsabilidades que pensaron los sabios de
Roma. Ahora, lo que hay que dilucidar igualmente es si esa responsabilidad que
existe es civil, penal o administrativa o todas a la vez. El tiempo y el
Derecho lo dirán
Valentín Cortés