Miércoles 19 de Junio de 2024
La decreciente confianza
actual en el Tribunal Constitucional
Parece básico afirmar que el Tribunal
Constitucional es el máximo interprete de las normas de la Constitución, al
punto que los Tribunales interpretarán y aplicaran las leyes, no sólo según los
preceptos y principios constitucionales, sino conforme a la interpretación que
de ellos haga el Tribunal Constitucional (TC) (art. 5.1 Ley Orgánica del Poder
Judicial). Pero este principio no le permite al Tribunal Constitucional, tal
como está haciendo, ni crear, a través de su jurisprudencia, normas jurídicas o
derechos, ni sustituir la labor jurisdiccional de los jueces y tribunales
cuando aplican el Derecho al caso concreto.
La inclinación, por ejemplo, de
este TC a invadir el terreno del Tribunal Supremo es clara y progresiva. Hoy
hemos sabido (www.europapress.es) que
el TC ha anulado la sentencia dictada en el proceso de los EREs de Andalucía
haciendo, según la reseña de la prensa,
una recreación no sólo del delito de prevaricación sino de lo que es el
proceso legislativo; ayer supimos que dictó una sentencia avalando el aborto de
las menores de edad, sin ni siquiera el conocimiento de sus padres o tutores, recreando para ello las normas materiales claras de la minoría de edad, y
sus consecuencias en cuanto a la capacidad, en discordancia con la interpretación
que hacen los tribunales ordinarios.
Si a esto añadimos la votación en bloques que se viene manteniendo desde que ha tomado posesión, comprendo que, ante la situación política y legislativa del momento, los tribunales, todo lo indica, huyan de su posible intervención y primen o vayan a primar la intervención del TJUE, para el caso de que duden de la constitucionalidad o adecuación al Derecho de la Unión de leyes como la de la amnistía.
Valentín Cortés