Jueves 28 de Abril de 2016
La
entelequia de los intereses a favor del prestatario.
Ya comenté en su momento, en relación
con el Euribor negativo, que la esencia del préstamo impide por naturaleza que,
sin pacto en contra, el prestamista llegue a pagar intereses al prestatario. Y
si hubiera ese pacto, ya no estaríamos ante un préstamo, sino ante otra cosa.
Lo digo porque he leído en www.expansion.com, sección de banca, una referencia a una sentencia de un
Juzgado de Madrid que ha declarado que la “pretensión
(en ese sentido de que hablo mas arriba) del
demandante es contraria a la naturaleza y esencia del préstamo”.
Ya sabemos que lo que diga un Juez,
a efectos de crear doctrina jurisprudencial, es prácticamente irrelevante; pero
lo he traído a colación porque me alegra pensar que los jueces pueden encarar
este problema con el Código en la mano y con la demagogia aparcada en la puerta
del Juzgado. Porque el tema es muy propicio a que se haga un batiburrillo con
conceptos tan demagógicos como la banca, los “pobres”, y los usuarios que de pie
al Tribunal Europeo, instado por un juez despistado, a una sentencia de la que se tengan
que arrepentir el sistema financiero y el Derecho.
Valentín Cortés