Miércoles, 12 de Marzo de 2014
La fianza exigida a la Sra. Doña Magdalena Álvarez
Viene recogido en toda la prensa
digital que la Juez Alaya ha dictado un auto exigiendo a la Sra. Álvarez una
fianza, para cubrir las responsabilidades civiles derivadas de los delitos que se le imputan, de casi
treinta millones de euros. Y algunos de esos medios han puesto el acento en lo
exagerado de la cantidad (eso ha dicho el Vicepresidente del Gobierno andaluz)
y en el corto espacio de tiempo (un día)
que se le concede a la Sra. ex consejera para constituir la fianza.
Yo no pondría el acento en esas circunstancias, pues el tiempo
concedido es el marcado por el art. 597 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y
la cantidad exigida es la que puede deducirse (posiblemente quedándose corta)
de lo que establece el art. 589, párrafo
segundo de la misma Ley, que determina que la fianza no podrá bajar nunca de la
tercera parte de todo el importe probable de las responsabilidades pecuniarias.
Lo importante de la noticia es
que ese tipo de autos solo se dictan (art. 589 citado) cuando del sumario resulten indicios de criminalidad contra una persona.
Eso significa que la Juez reitera y confirma la imputación que en su día hizo
contra la Sra. Álvarez.
Valentín Cortés