Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 31 de mayo de 2022

 

Martes 31 de Mayo de 2022

 

La descoordinación del Gobierno, más que un problema político

Los problemas que, de forma continuada, señala la prensa y que afectan al Gobierno en su unidad (política social, económica, laboral, internacional, etc.), no sólo tienen entidad política (que es la que señala la prensa) sino que plantean un tema de clara fractura del orden constitucional y demuestran el incumplimiento de las obligaciones constitucionales del Presidente del Gobierno.

El Gobierno, según la Constitución(art. 108) es un  órgano  colegiado indivisible, pues su responsabilidad es única y solidaria y no cabe,  pues, que un sector del Gobierno actúe, de una parte, bajo esa responsabilidad y, de otra, aparezca cada vez más como oposición al propio Gobierno. El Presidente de Gobierno no sólo tiene la responsabilidad constitucional de formar un Gobierno unitario, sino la de que éste actúe de forma unitaria y coordinada (arts. 98 y 100 de la Constitución).

No parece, pues, que liquidar estos graves tema con el sólo planteamiento y examen de su aspecto político sea adecuado, sino que es imprescindible contemplarlo como una grave irresponsabilidad constitucional del Presidente de Gobierno, pues sólo así el problema podrá ser encarado y resuelto ahora y para el futuro.

Valentín Cortés

lunes, 30 de mayo de 2022

 

Lunes 30 de Mayo de 2022

El fraude perfeccionado

Según lo que se desprende de la prensa de esta tarde, el DL, que ha aprobado el Gobierno catalán en materia de enseñanza en Cataluña, consuma, como ya advertíamos en días pasados, el fraude a la Ley, a la Constitución y  a la obediencia al requerimiento judicial que obliga a los responsables de la enseñanza para que se preserve, al menos, el 25 por ciento de la enseñanza en español en las escuelas y colegios catalanes.

Ahora, todo indica que, para que el fraude sea aún mayor y para que la aplicación de la sentencia sea más difícil, se establece como una especie de salvaguarda de los funcionarios y empleados de enseñanza responsables, al obligarles el nuevo DL a seguir en todo caso las indicaciones de la Generalidad en lo que se refiere a la impartición de las clases en uno u otro idioma. Se pretende que estos funcionarios de la enseñanza  no se sientan responsables de la desobediencia a los Tribunales al cumplir una ley, que les obliga y que, por con siguiente, desobedezcan sin temor a efecto alguno. Porque el efecto, para el consejero de Educación de la Generalidad, sería la inhabilitación, algo que los secesionistas descuentan con desparpajo.

Es el mismo juego fraudulento; y ya lo adelanto, tendrá poco recorrido jurídico, aunque, seguro, que los independentistas, ganaran tiempo. El tenor de la respuesta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no la puedo adelantar, porque hay factores no jurídicos que se mezclan en el caso, pero sí me atrevo a opinar que es este un supuesto que, en una situación política normal, merecería la aplicación parcial del art. 155 de la Constitución privando de la autonomía y, por ende, de las competencias a Cataluña en materia de educación.

Valentín Cortés

 

viernes, 27 de mayo de 2022

 

Viernes 27 de Mayo de 2022

El Sr. Sánchez en el laberinto del CNI

Cualquiera que se entretenga en leer la Ley 11/2002, reguladora de la actividad del CNI, por cierto, muy breve y concisa (12 artículos y tres disposiciones adicionales), comprenderá hasta qué punto el Presidente del Gobierno, en su intervención de ayer en el Congreso, distorsionó el contenido de la Ley en lo que se refiere a la responsabilidad del Ejecutivo en los planes de actuación del CNI y el control que tiene el Poder Judicial sobre dicha actividad. Los periodistas (vid. por todos www.elmundo.es) y los políticos hablan de las mentiras del Presidente. Yo prefiero pensar que el Presidente no sabe cuáles son sus competencias, lo que no le excusa jurídicamente, y que incluso agrava su posición política en el tema.

 No cabe duda, en ninguna de las interpretaciones que se puedan hacer de la Ley, de que el responsable de las actividades del CNI es el Ejecutivo y, por consiguiente, el Presidente del Gobierno que, entre otras cosas, fija anualmente una cosa que se llama “Directiva de inteligencia”, que determina los objetivos anuales que deben cumplirse por la investigación e inteligencia del CNI (art. 2). Como también fija de forma clara y meridiana (art. 12 y su referencia a la Ley Orgánica correspondiente) en qué consiste el control previo del Poder Judicial que se limita a aprobar o no las investigaciones que conlleven limitación de los derechos fundamentales de los investigados.

Por qué distorsiona o miente, o quizá ignora la ley, lo dejo a la interpretación de los políticos y periodistas.

Valentín Cortés

 

 

jueves, 26 de mayo de 2022

 

Jueves 26 de Mayo de 2022

Dos ataques al Estado de Derecho al socaire de la admisión a trámite de los recursos contra los indultos de los sediciosos catalanes

Dice la Ministra de Economía, que además es Vicepresidenta del Gobierno, que la decisión del Tribunal Supremo de admitir a trámite los recursos presentados en su momento contra la concesión de los indultos a los sediciosos catalanes le “resulta un poco sorprendente, porque los indultos son una de esos elementos (sic) en los que el protagonismo lo tiene que tener el Ejecutivo”. Y el Sr. Bolaños, que es Ministro de la Presidencia, ha manifestado que los indultos “tuvieron una finalidad mayor, superar la tensión insoportable que se vivía en Cataluña” (vid. www.republica.com.)

Son manifestaciones que, desde el punto de vista del Estado de Derecho, son preocupantes, porque con ellas se manifiesta un pensamiento ciertamente autoritario y totalitario. En efecto, los indultos son competencia del Gobierno, pero el Gobierno debe actuar conforme a la Ley y la Constitución y ese control lo lleva a cabo el Poder Judicial, por lo que no se sabe bien cómo puede sorprender que el Tribunal Supremo revise la legalidad de aquellos indultos. Por otra parte, si lo que se piensa es que la sentencia de condena de los sediciosos tensó de forma insoportable la vida en Cataluña, y el otorgamiento de los indultos la ha relajado o eliminado, mucho me temo que lo que se mantiene es una censura directa, y también insoportable al papel del Poder Judicial en el funcionamiento del Estado de Derecho.

Valentín Cortés

miércoles, 25 de mayo de 2022

 

Miércoles 25 de Mayo de 2022

Una proposición de ley catalana que insiste en el fraude constitucional de las autoridades catalanas.

La tendencia al fraude constitucional de las autoridades catalanas creo que no es discutible; lo digo por la noticia de un acuerdo de ciertos partidos catalanes de presentar una proposición de ley para tramitarla por la via de urgencia, con lectura única y sin debate alguno; esa proposición de ley elimina al español como idioma de aprendizaje en Cataluña. Todo indica que se trata de evitar la aplicación en la práctica de la conocida sentencia que establece el español como idioma vehicular al menos en un 25% de la impartición de la enseñanza.

Creo que lo que diga la nueva ley es indiferente, porque no sólo su tramitación y aprobación son inconstitucionales, entre otras cosas porque cercena el derecho de los parlamentarios al debate, a la exposición de la propia opinión y un largo etc., sino porque la definición de la obligatoriedad de aprendizaje en español en Cataluña no tuvo su fundamento en ninguna ley ordinaria, sino en la Constitución ( art. 3. 1), de modo que, en buena teoría, esa nueva ley ni afecta ni debe afectar a la ejecución de la sentencia. Máxime siendo tan evidente, como lo es, el fraude constitucional que supone tal ley, pues intenta con una norma de cobertura ( fraudulenta) no aplicar una norma constitucional, de superior rango.

Valentín Cortés

 

martes, 24 de mayo de 2022

 

Martes 24 de Mayo de 2022

 

El Tribunal Supremo decidirá sobre los indultos a los secesionistas catalanes

Toda la prensa recoge la decisión de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de aceptar el recurso interpuesto por los recurrentes y entrar a conocer sobre el asunto de los indultos. La decisión anterior del Tribunal Supremo, hoy revisada y anulada, era realmente arbitraria, como hemos dicho en otras ocasiones; porque hacía primar una doctrina jurisprudencial dilatada sobre el tema de los recursos a los indultos, dictada con ocasión de indultos donde el delito afectaba directamente a una o varias personas(robo, asesinato, accidente de circulación y un largo etc) sobre el derecho a la tutela efectiva de nuestros derechos e intereses que protege el art. 24 de la Constitución y que protegía y protege a una pléyade de recurrentes a los que un delito, como el de sedición, nuevo en nuestra práctica penal, afectaba de manera directa pero no con la misma entidad que la que puede afectar a la victima directa de un delito de homicidio. El Tribunal Supremo rechazó, siquiera fuera, conocer del tema y en in limine litis rechazó tal posibilidad. Ahora hay revisión de tal arbitrariedad y sinrazón; y, según  mi criterio, no se debe buscar justificaciones políticas a tal decisión, sino sólo sentido común y lógica y, por supuesto, aplicación de nuestra Constitución.

Otra cosa es que es tema debería ser resuelto por la Sala Tercera en pleno, pues el tema se merece, primero un cambio de jurisprudencia o una matización de la actual sobre indultos y, segundo, un examen del control al Ejecutivo sobre su poder de indultar que  no puede quedar fuera de control jurisdiccional.

Valentín Cortés

lunes, 23 de mayo de 2022


 Lunes 23de Mayo de 2022

Una distinción inane


Me parece claro que el debate originado por la alusión a las nacionalidades de un alto cargo del PP es claramente de interés político.Ahora interviene la Sra Arrimadas que reta al PP a modificar la Constitución,art 2, para acabar con la distinción. Es evidente que el debate sigue teniendo finalidad política.

La distinción tuvo su interés y razón cuando se redactó la Constitución, pues era la manera dedistinguir a aquellas regiones con tales peculiaridades que permitieron que fueran  regiones autónomas en la Rspública. Hoy, el desarrollo autonómico ha acabado con las peculiridades de esas regiones llamadas nacionalidades. No hay distinción alguna ni el Tribunal Conxtitucional avala  distinción alguna entre regiones autonómicas que no esté contemplada en los respectivos estatutos

De modo que siendo un brindis juridiccional  al sol de la Sra Arrimadas no estaría de más acabar con tal distinción inutil e inane constitucionalmente.

Valentín Cortés







viernes, 20 de mayo de 2022

 

Viernes 20 de Mayo de 2022

El empadronamiento de la Sra. Olana en Salobreña

Toda la prensa recoge la noticia de que el Ayuntamiento de Salobreña ha iniciado un expediente de oficio de anulación del empadronamiento de la Sra. Olana ( de Vox) en Salobreña. Parece incuestionable que nadie duda de que la Sra. Olana  no vive en  Salobreña, el precioso pueblo de la costa Tropical de Granada.

Los candidatos al Parlamento de Andalucía, para serlo, deben  probar que son, en cuanto al domicilio, andaluces, y no cabe el empadronamiento en un lugar si no hay una conexión espacial con la localidad en cuestión, y, lógicamente, con el inmueble que se manifiesta es la vivienda. No parece, según las noticias de la prensa, que esto se pueda probar por la Sra. Olana. Es más, todo indica que el dueño de la vivienda ha declarado de forma paladina que en esa casa no vive la Sra. candidata.

No hay, pues, un problema político en la anulación del empadronamiento (como han declarado los portavoces del Vox), sino, por ahora y si nada cambia, un problema exclusivamente jurídico que será difícil soslayar.

Valentín Cortés

jueves, 19 de mayo de 2022

 

Jueves 19 de Mayo de 2022

La crítica y la coacción

Dentro de la evidente campaña de crítica que, desde el Gobierno y los partidos políticos que lo mantienen, se está haciendo al Rey Juan Carlos, destaca hoy las declaraciones de la Vicepresidente Sra. Calviño quien ha manifestado (vid. www.europapress.es) que el Rey debe dar explicaciones dado las inquietantes informaciones de los últimos años.

Parece claro que la Sra. Vicepresidenta se refiere a todas esas informaciones que han dado lugar a una investigación concienzuda y larga (más de dos años) de la Fiscalía que ha terminado con el archivo de todas las diligencias de investigación, porque en ninguna de ella, por razones diversas, cabe acusar al Rey de actividad alguna delictiva.

No sé, ni es el objeto de este blog preguntarme si el Rey Juan Carlos debe dar explicaciones políticas, pero me imagino que  no teniendo responsabilidad política alguna, difícilmente se les pueden exigir explicaciones políticas de sus actos. Pero si lo que se busca es que el Rey dé explicaciones jurídicas, no encuentro la base legal que permita a la Vicepresidenta hacer tal petición. Como cualquier ciudadano, el Rey sólo da explicaciones de sus actos, desde el punto de vista jurídico, al Juez, cuando se las pida, que no parece ser el caso.

Todo indica, pues, que estamos ante una campaña, que abandona la crítica, para entrar peligrosamente en el ámbito de lo que es la coacción, no tolerable jurídicamente, para que el Rey no viva en España. Y quizá, la Fiscalía, que ha mantenido un celo encomiable a la hora de investigar las actividades del Rey, deba ahora mostrar el mismo celo en perseguir lo que, como digo, quizá esté entrando en el terreno de la coacción, pretendiendo evitar que un ciudadano español ejerza su derecho a vivir en España(art. 19 de la Constitución)

Valentín Cortés

 

 

miércoles, 18 de mayo de 2022

 

Miércoles 18 de Mayo de 2022

Pegasus y la Generalidad catalana

Hemos leído en la prensa digital de hoy que el Juez ha rechazado la personación  de la Generalidad de Cataluña como acusador en el sumario sobre Pegasus, que afecta, parece ser, a algunos independentistas catalanes. Y los argumentos del órgano judicial no pueden ser más contundentes, de modo que cabría que nos preguntáramos si es que los abogados de la Generalidad no saben Derecho si piden cosas que un alumno de Derecho sabe que no son posibles ni atendibles. No es el primer caso, pues durante todo el largo “proceso catalán” hemos visto cómo se sostenían en los juzgados y en el Tribunal Supremo peticiones y recursos que no iban desde el punto de vista jurídico a ningún sitio.

Yo creo que son profesionales avezados y, si se nos permite, hacer un juicio de intenciones jurídicas, diríamos que los independentistas tienen sus ojos puestos en las instancias judiciales europeas y, sobre todo, en el TDH de Estrasburgo que, como sabemos, es un conglomerado de jueces de distintos y variados países que juzgan desde la distancia y, muchas veces, desde el desconocimiento, no sólo de la realidad social donde se producen los hechos que fueron juzgados por el tribunal nacional del caso, sino del propio derecho aplicable y aplicado por ese tribunal del caso.

En definitiva, sería un juego judicial a largo plazo; obsérvese, en cualquier caso, que en el tema Pegasus no sólo son los argumentos básicos que maneja el Juez que ha denegado la personación, sino la lógica que  nos dice que difícilmente puede ejercer la acusación penal la institución cuyo Presidente, según toda la prensa, parece que habría si investigado por su íntima conexión (¿orgánica?) con los hechos que fueron investigados por el CNI.

Valentín Cortés

 

 

 

martes, 17 de mayo de 2022

 

Martes 17 de Mayo de 2022

 

Nacionalidades

El escándalo político originado por la referencia del Sr. Bendodo (del PP de Andalucía) a Cataluña como nacionalidad me imagino que, además de interesado, estará plenamente justificado, posiblemente por inoportuno.

Pero, desde el punto de vista constitucional, es irreprochable lo que dice este señor, porque ha hablado de la unidad de la Nación española desde un prisma puramente constitucional, pues sabemos que el art. 2 de la Constitución, reconoce no sólo la unidad de la Nación española, sino que esa unidad se incardina en un sistema de autonomía de “las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Es claro que, en esa norma, el término nacionalidad (por muy ambiguo que sea, que lo es) debe estar referido al de región, y no al de Nación, que es única y es la española.

La puridad constitucional de lo manifestado por el Sr. Bendodo ( otra cosa es , la política) es tan global que los independentistas catalanes en absoluto se han mostrado  conformes con lo dicho por él; para ellos el concepto de nacionalidad es claramente inservible, porque entienden que Cataluña es una nación.

Valentín Cortés

viernes, 13 de mayo de 2022

 

Viernes 13 de Mayo de 2022

El Sr. Rufián y los secretos oficiales

En un ambiente político como el que padecemos, en el que los partidos políticos que apoyan al Gobierno, y éste, actúan en muchas ocasiones con desprecio patente a la Constitución y a las normas jurídicas y en el que el Derecho es un puro instrumento formal para conseguir los intereses políticos del momento, importándoles poco que sean esos intereses constitucionales o no, me parece una magnífica noticia que las declaraciones del Sr. Rufián, después de participar en una reunión de la llamada Comisión de Secretos Oficiales, en relación con el asunto Pegasus, sean investigadas por la Fiscalía por su posible y presunta penalidad.

Soy consciente de las dificultades, no sólo jurídicas-procesales de esta investigación (muchas), sino también de las políticas, pero creo que es un aviso a estos diputados, que -valga la expresión por San Isidro- se ponen la Constitución y el Derecho por montera, de que, al final, este asunto, de una manera o de otra, terminará en el Tribunal Supremo, creándoles el temor y la duda de que termine también con la carrera política  de aquellos que revelan secretos oficiales, lo que está penado en el art. 417 del Código Penal, no sólo con la inhabilitación, sino con la prisión

Valentín Cortés

jueves, 12 de mayo de 2022

 

Jueves 12 de Mayo de 2022

Los indultos y el Tribunal Supremo ( Sala Tercera)

Todo parece indicar (vid. hoy la noticia en www.elconfidencial.com) que la Sala Tercera del Tribunal Supremo revisará su decisión de no admitir a trámite los recursos que se interpusieron contra la concesión de los indultos a los secesionistas catalanes.

Sería de todo punto lógica y acertada la decisión del Tribunal Supremo si al final esta noticia se viera confirmada. Y no me refiero a los temas políticos que están encerrados en la decisión que se tomó y en la que se pueda tomar. El problema tiene una faceta estrictamente jurídica y de sentido común.

Los recursos no se admitieron, siquiera a trámite, basándose en la doctrina de la propia Sala sumamente restrictiva para legitimar a los recurrentes: sólo están legitimados los directamente afectados por el indulto, que no pueden ser otros que los afectados directamente por el delito. Pero esta doctrina está muy bien para los indultos que se han venido produciendo en España (asesinato, robo, accidente de circulación y un largo etc que nos podamos imaginar). Pero es inaplicable, lógicamente, cuando el indulto es parte importante de la política de un Gobierno y de un pais y cuando afecta de forma, si queremos indirecta, a los intereses de los ciudadanos. Es imprescindible una nueva doctrina jurisprudencial que permita, al menos, que estos recursos se tramiten y pueda la Justicia decidir si son indultos razonables, razonados y exentos de arbitrariedad. Porque, si no es así, el Estado de Derecho decae al concederse, sin más, campos de absoluta arbitrariedad al Gobierno sin posibilidad de control judicial alguno.

Valentín Cortés

miércoles, 11 de mayo de 2022

 

Miércoles 11 de Mayo de 2022

 

El tema Pegasus también se puede enmarañar jurídicamente

Hoy en el Congreso, ha dicho el Presidente del Gobierno que el cese de la directora del CNI se debe a fallos graves en la seguridad de las comunicaciones. Si es como dice el Presidente, parece claro que se imponía el cese pues los servicios secretos del Estado no parecen haber estado a la altura de las circunstancias.

Por su parte, también en el Congreso, la ministra de Defensa, que, por cierto, es Juez, ha dicho que el espionaje a los independentistas fue legal. Siendo una contradicción conceptual en sí misma, pues el espionaje es por esencia ilegal, parece que la Ministra confirma la posición del Presidente. Porque el cese no se ha producido por la intervención de comunicaciones, judicialmente aprobadas, de los independentistas, entre ellos el Sr. Aragonés, sino por el espionaje que han sufrido miembros del Gobierno.

Pero, teniendo en cuenta que a los independentistas no les importa poco ni mucho que se haya espiado ilegalmente a miembros del Gobierno, todo indica que, a la postre, se les ha compensado con la intervención de comunicaciones con lo que pedían: el cese de la directora del CNI. Hasta ahí, me puedo escandalizar políticamente, pero no jurídicamente.

 En cualquier caso, como también piden abiertamente que no se repita lo que ellos llaman “espionaje”, mucho me temo que, si el Presidente del Gobierno les concede esta última petición, estaría incurriendo en responsabilidad penal, por prevaricación y por atentar contra la seguridad del Estado.

Valentín Cortés

martes, 10 de mayo de 2022

 

Martes 10 de Mayo de 2022

La orden del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña referente a la educación en castellano en los centros educativos de Cataluña

Toda la prensa recoge la noticia del requerimiento-orden que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dirigido a la Generalidad de Cataluña y a la Alta Inspección del Estado; a la primera para que se cumpla en todos los centros educativos de Cataluña la impartición del 25% de las materias en castellano, y, a la segunda, para que compruebe e informe al Tribunal si se cumple esta orden.

A partir de ahora sólo cabe o el cumplimiento o la desobediencia con sus consecuencias penales que conllevan la inhabilitación para ejercer la función pública. La Justicia, como hemos dicho en varias ocasiones, es lenta pero inexorable.

Pero, el hecho de que la constancia del cumplimiento o incumplimiento de la orden judicial se haya atribuido por el Tribunal a la Alta Inspección introduce un factor muy importante que el Gobierno no podrá soslayar, pues será el Estado quien asuma las consecuencias penales y políticas, no sólo del incumplimiento de la orden que se le ha dado, sino de la exactitud de los datos sobre el futuro incumplimiento o cumplimiento de la orden dirigida a todos los centros educativos de Cataluña.

Valentín Cortés

lunes, 9 de mayo de 2022

 

Lunes 9 de Mayo de 2022

La política como enturbiadora de la acción jurídica

Las noticias referentes a Pegasus están tan cargadas de tintes políticos, que limitarnos, como hacemos nosotros en nuestro blog, a hacer exclusivamente comentarios jurídicos, que es nuestra misión asumida desde el principio, puede dar la sensación de banalidad en nuestras opiniones.

 Pero, a pesar de ello, debemos insistir en el aspecto jurídico del tema, que es precisamente el que no entusiasma a los espiados o, en su caso, intervenidos. Todo parece indicar que los independentistas han sido intervenidos con autorización judicial en sus comunicaciones y ello no es sino consecuencia de la existencia de actividades ilegales o sediciosas. De modo que la responsabilidad del Gobierno no existiría, por mucho que se empeñen los independentistas, por haberse investigado e intervenido la comunicaciones, sino que habría responsabilidad si el Gobierno no hubiera, a través del CNI, investigado esas conductas.

Valentín Cortés

viernes, 6 de mayo de 2022

 Viernes 6 de Mayo de 2022


Intervención judicial de comunicaciones


Parece haber quedado claro que el llamado espionaje a los independentitas se ha quedado en intervencion de las comunicaciones con autorización judicial, lo que no sólo indica su legalidad, sino que añade un plus jurídico trascendente, porque nos pone ante actividades de las personas  intervenidas que,bajo el prisma judicial,presentan visos de criminalidad.

Otra cosa debe ser  lo de la interceptación del contenido de los telefonos moviles del presidente de Gobierno y Ministra de Defensa, que tiene toda la apariencia de espionaje delictivo.

Ahora, lo importante es que se sepa qué actos llevaron a cabo los independentistas para justificar la intervención, a fin de que la sociedad en su conjunto saque las consecuencias oportunas y para conocer, en su caso, si los legitimados a ejercitar la accion penal popular pueden y quieren ejercitarla

VALENTÍN CORTÉS

miércoles, 4 de mayo de 2022

 

Jueves 5 de Junio de 2022

¿El Sr. Puigdemont voluntariamente en España?

Desconozco las posibilidades reales de que el Sr. Puigdemont pueda ser nombrado integrante de una comisión de eurodiputados que pueda visitar a España con motivo de la investigación del presunto espionaje del Estado Español a los independentistas catalanes. Como también desconozco si esa comisión visitaría al final España.Pero todo indica que los independentistas catalanes(vid www.elespanol.com) están calentando el ambiente en la Eurocámara para conseguirlo.

Pero, sí sé que el procesamiento del Sr. Puigdemont es anterior a su condición de eurodiputado y por hechos presuntamente criminales que fueron cometidos con anterioridad a ser eurodiputado. También sé que su inviolabilidad está suspendida por la Justicia europea y que solamente está suspendida la eficacia de la euroorden de detención europea dictada por el Tribunal Supremo contra el Sr. Puigdemont. También sé que la Justicia europea, todo lo indica hasta ahora, va a dictar en las próximas semanas sentencia por la que se dará plena validez a la euroorden de detención.

En estas condiciones no veo probable que el Sr. Puigdemont venga a España formando parte de esa posible e hipotética comisión del Parlamento Europeo, como, de contrario, la prensa se encarga, como serpiente de primavera, de comentar en los últimos días.

Valentín Cortés

martes, 3 de mayo de 2022

 

Miércoles 4 de Mayo de 2022

 

Las negociaciones para la renovación del Consejo General del Poder Judicial

 

Fuera de los espionajes, pero muy importante,hemos conocido en este pasado puente, y parece haber confirmación de ello, que el Partido Popular se dispone a empezar de nuevo las negociaciones con el Partido Socialista para la renovación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial. Y también hemos sabido que el Partido Popular piensa, previamente, oír (¡o quizá negociar ¡) el asunto con las asociaciones judiciales.

En este asunto, dado la situación actual de bloqueo mutuo y, sobre todo, dada la posición de la Unión Europea en relación con la elección de los miembros del Consejo, parecería inútil empezar unas negociaciones para renovar al Consejo que no tuvieran, por así decirlo, el visto bueno de los jueces y magistrados. El bloqueo no es baladí, sino que responde a una situación donde los partidos en el Gobierno han querido de forma directa o indirecta controlar el aparato judicial y en la que el déficit democrático y de respeto a la Constitución ha brillado con esplendor. Tampoco son baladíes las advertencias reiteradas de la Unión Europea en el asunto. De modo que no cabe mas posibilidad de o bien reformar la ley previo a la renovación, o hacer la renovación con el aval de las asociaciones de jueces y magistrados para después cambiar la Ley. Todo lo demás no parece tener mucho recorrido.

Valentín Cortés

lunes, 2 de mayo de 2022

 

Martes 3 de Mayo de 2022

 

Las querellas de los independentistas señalan la via política

La noticia de este fin de semana pasado por la que hemos conocido que los independentistas, que se pretenden espiados por el Estado Español -(¿ también el Estado ha espiado al Presidente de Gobierno y a la Ministra de Defensa?)- van a interponer querellas criminales en  España, y fuera de España, no contra el Estado Español, o contra alguno de sus organismos, a los que acusan de espionaje, sino contra la empresa israelí propietaria del programa Pegasus que, según ellos, ha sido utilizado para espiarlos, nos confirma un poco más en lo que dijimos cuando saltó a la prensa este caso. Pensamos que no debe haber espionaje del Estado, pero, como dijo Junqueras, a ellos les da lo mismo que existiese espionaje o intervención  judicial, porque ellos están en la lucha política y para ello intentan utilizar a la Justicia.

Bajo mi opinión querellarse contra la empresa creadora del programa Pegasus es pretender utilizar la investigación criminal como una suerte de mecanismo de investigación universal, en donde el Juez es un comodín que se pretende mover al gusto de los querellantes para ver si al final sale en la investigación algo que se pueda aprovechar políticamente o, da igual, jurídicamente. Si se nos permite la comparación chusca es como querellarse contra la fábrica de embutidos de Jabugo porque el asesino utilizó el jamón para golpear y matar a la víctima, para de esa manera obtener información del jamonero.

En circunstancias normales, tal querella debería ser rechazada de plano nada más interponerse. Pero….

Valentín Cortés