Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 30 de abril de 2014


Miércoles 30 de Abril de 2014
Un Juez independentista
Hay un Juez en Barcelona que se siente independentista; desde el punto de vista jurídico, nada se le puede objetar.
Este Juez está redactando un proyecto de Constitución para Cataluña, y la define como república independiente.
El Consejo General del Poder Judicial le ha abierto expediente por, parece, según  leo en la página web de  Europa Press, llevar a cabo actividades que entran de lleno en la incompatibilidades que tienen los jueces (art. 389,7º Ley Orgánica del Poder Judicial: “realizar todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido”.
Dice el Juez: si me sancionan sería un  regreso a la censura previa. Y añade que su participación no es un encargo de ninguna institución y que participa a título personal.
No sé lo que al final hará el Consejo, pero si el Estado no puede impedir que sus funcionarios presten este tipo de servicios a ”título personal”, habría que cambiar la Ley. Yo creo que no hay que cambiarla, solo aplicarla, porque las razones que da el juez para justificarse además de no ser jurídicas, ofenden a la inteligencia de los demás.
Valentín Cortés
 

martes, 29 de abril de 2014


Martes 29 de Abril de 2014

El Ministro Gallardón y el avance social considerable.

He leído en www.larazon.es la noticia sobre el debate en el Congreso de la enmiendas a la totalidad al nuevo proyecto de Ley de Justicia Gratuita.

Por lo leído, el Ministro ha dicho que la Justicia será gratuita para las organizaciones medioambientales y para los trabajadores en segunda instancia, con independencia de los recursos económicos que puedan tener. Dice el Ministro: “creo que la solidaridad debe extenderse más allá del criterio monetario” y remacha afirmando que la nueva norma supone “un avance social considerable”.

No es mi misión criticar al Ministro, pero, de broma, le diría que, bajo mi punto de vista, el avance social sería mucho más considerable si se concediera justicia gratuita a los Abogados y a los Catedráticos.

La Justicia es gratuita, o debiera ser gratuita, para establecer el principio constitucional de igualdad de oportunidades en los ciudadanos. La norma va a conseguir, aun mas, establecer el “principio de desigualdad” primando a unas categorías de ciudadanos y personas por lo que hacen o se dedican, no por su capacidad económica. Por tanto, una reforma mala y desafortunada.

Valentín Cortés

lunes, 28 de abril de 2014


Lunes 28 de Abril de 2014

 

La Defensora del Pueblo y los militares fallecidos, en aguas de Canarias, pertenecientes al Servicio Aéreo de Rescate.

La prensa de hoy recoge noticias sobre el funeral celebrado por los cuatro militares fallecidos en accidente de helicóptero en aguas de Canarias hace ya semanas y cuyos cuerpos han sido rescatados recientemente. El viernes a última hora tuve conocimiento de un comunicado de prensa de la Defensora del Pueblo en el que anunciaba que ésta había puesto en conocimiento del Fiscal General del Estado los comentarios ofensivos en twitter, de un fanático dominado por el odio, para con los militares muertos. Este individuo se alegraba de la muerte de estos militares, insultándolos para más escarnio. He pensado que sería bueno escribir sobre esto.

Quiero creer que el Fiscal, tan activo en otras cuestiones, también lo estará ahora, aunque sea a instancia de  la Defensora del Pueblo. Quiero creer que el Juez a quien le toque conocer de este tema no nos vendrá con esa muletilla de la libertad de expresión, tan mal entendida por nuestra jurisprudencia, y que a veces permite verdaderos escarnios de personas, como éste que se ha producido. Quiero creer que esta vez no se producirá. Y, por último, quiero creer que el Estado se tomará muy en serio el gravísimo deterioro que se está produciendo en nuestra sociedad con el mal uso de las llamadas redes sociales y medios de comunicación, convertidos en burladeros para insultar, amenazar y deshonrar a vivos y, en este caso, a  muertos.

¡A lo mejor quiero creer demasiadas cosas!

Valentín Cortés

viernes, 25 de abril de 2014


Viernes 25 de Abril de 2014

Otra vez sobre el accidente ferroviario de Santiago de Compostela.

Es evidente que el Juez Instructor quiere imputar a los responsables de seguridad en la vía de Adif. Muy posiblemente, de esa manera tiene a mano unos responsables civiles que paguen las indemnizaciones.

Ahora un perito nombrado por el Juez (lo he leído en www.elmundo.es) ha mantenido que las modificaciones, que se produjeron en el proyecto original del sistema de seguridad de la circulación de los trenes en esa vía, motivó el accidente; dicho de otra manera, si no se hubiera cambiado, mantiene el perito, el accidente no se hubiera producido.

Si en eso va a basar el Juez la imputación de los responsables de Adif, la imputación, creo yo, será muy endeble, pues bastará que alguien se pregunte, o le pregunte al perito con tan poca visión de conjunto, si, para la vía existente, la limitación de velocidad impuesta al maquinista era o no suficiente para no descarrilar.

Ya lo dije en una ocasión la aplicación del principio causa causae est causa causati tiene, desde hace muchos siglos, el límite de la lógica y de la razón.

 Valentín Cortés

jueves, 24 de abril de 2014


Jueves 24 de Abril de 2014

Un inmenso desprecio por la Justicia.

He visto al Juez Silva en  televisión, en distintas actuaciones en el juicio que se le sigue por prevaricación.

No es posible que un juez pueda dar esa imagen, si no es la suya. Falta al respeto al Tribunal, no cumple las normas básicas del proceso penal, utiliza triquiñuelas para entorpecer el juicio o para provocar al Tribunal, recusa a miembros del Tribunal por motivos, que de existir, eran notorios mucho antes de empezar el juicio: en definitiva, un inmenso desprecio por la Justicia.

En este blog lo he dicho muchas veces: el Consejo General del Poder Judicial tiene mucha responsabilidad en el hecho de que este Señor (u otros, ¡que los hay!), que muestra ese desprecio por la Justicia, sea juez que ha decidido sobre la libertad y el patrimonio de las personas.

Creo que debemos revisar seriamente (también lo he dicho muchas veces) la regulación de la responsabilidad de los jueces, porque toda esta actuación del Sr. Silva solo es posible porque se ha tenido que sentir irresponsable en el ejercicio de su magistratura y, quizá, todavía se siente tal.

Valentín Cortés

miércoles, 23 de abril de 2014


Miércoles 23 de Abril de 2014

 

La Mezquita de Córdoba

Es evidente que todo este tema de la expropiación de la Mezquita de Córdoba por la Junta de Andalucía es claramente político, pero como sus promotores lo plantean desde el punto de vista jurídico, me dispongo a dar mi opinión.

Se habla de expropiación, por lo que no se puede olvidar que el art. 33.3 dela Constitución ya establece que para que la Administración pueda expropiar bienes tiene que darse una causa justificada de utilidad pública o interés social; amen de la indemnización, cuestión  no baladí en este caso.

La Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español, ya establece que la obligación de conservar este tipo de bienes por sus propietarios, si no se cumple, puede ser “causa de interés social para la expropiación”. Y la L. 1/1991 de Patrimonio Histórico de Andalucía, que establece la misma obligación de conservación (art.15), permite que el coste de la conservación subsidiaria por parte de la Administración, pueda considerarse como parte del precio de la expropiación.

Un debate serio, dado que se plantea desde el punto de vista de la expropiación, debería contemplar estas cuestiones. Es evidente que todo esto no se plantea, por lo este debate ni es serio ni es jurídico.

Valentin Cortés

martes, 22 de abril de 2014


Martes 22 de Abril de 2014

 

La descomposición

 

He leído en la prensa digital el tremendo varapalo que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha propinado al abogado del Juez Silva y, por ende, a éste.

La renuncia a la defensa de dicho abogado ha sido calificada por el Tribunal como fraudulenta, y entendida, en principio, como posible conducta delictiva y posible falta disciplinaria en el ámbito colegial de los abogados.

En definitiva, para el Tribunal, cuando menos, el abogado( y el cliente) se ha saltado los límites del art. 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que impone el respeto de la buena fe en todo tipo de proceso.

Mi padre, grandísimo abogado, me enseñó que el letrado no debe confundirse nunca con el cliente. El cliente, en este caso, (desgraciadamente dado su condición de Juez), entró hace tiempo en descomposición jurídica. El abogado todavía está a tiempo de no confundirse con su cliente.

Valentín Cortés

martes, 15 de abril de 2014









Martes 15 de Abril de 2014


La tradición universitaria impone un descanso para que la mente se recupere de tanto esfuerzo: el de ustedes por leerme y el mío por escribir.
Nos volveremos a escribir y a leer el próximo 22 de Abril.
Gracias
Valentín Cortés

lunes, 14 de abril de 2014


Lunes 14 de Abril de 2014

 

El Sr. Viver Pi Sunyer.

Este Señor es jurista, fue Vicepresidente del Tribunal Constitucional y ahora forma parte de un llamado Consejo Asesor para la Transición Nacional, creado por la Generalidad de Cataluña para dictaminar sobre determinadas cuestiones relativas a la secesión catalana.

He leído en www.elmundo.es que estos señores del Consejo han estudiado el Derecho Comunitario para saber si la independencia de Cataluña implicaría la salida de la Unión de Cataluña. El Sr. Viver ha dicho que no, y los argumentos que ha dado han sido la Lógica y el Pragmatismo. Estas dos virtudes que anidan, según este Sr., en Europa le llevan a decir que Cataluña no saldrá de la Unión Europea, amén de que económicamente “Cataluña aporta más a Europa que Alemania”, (comparativamente hablando).

Hago este comentario porque me parece realmente destacable que un Señor que ha sido Vicepresidente del Tribunal Constitucional funcione con criterios tan ajurídicos, para resolver cuestiones jurídicas, como el pragmatismo y la lógica como sinónimo de lo natural. Espero que sus sentencias no fueran así.

Valentín Cortés

 

viernes, 11 de abril de 2014


Viernes 11 de Abril de 2014

 

Las lamentaciones judiciales.

Se está instalando una costumbre muy curiosa entre nuestros jueces. Ahora le ha tocado el turno al Sr. Gómez Bermúdez que está en la Audiencia Nacional. Ha puesto en libertad a unos narcotraficantes, en aplicación de la modificación legal del art. 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (el problema de la justicia universal) y se ha lamentado por tener que aplicar la Ley. Se trata, pues, de censura al legislador.

 Es una obviedad afirmar que un juez tiene que aplicar la ley, y si lo dice un juez es una petición de principio; pero, decirlo para lamentarse ( dice el Juez solemnemente:” el juez debe aplicar la Ley, le guste o no,  aun cuando el resultado sea, desde su punto de vista, frustrante”/www.elmundo.es) no es sino expresión de la censura que se hace, no a la Ley, que no tiene sentido censurar, aunque sí criticar desde el punto de vista técnico, sino al legislador, lo que le está vedado por la Ley Orgánica del Poder Judicial(art. 418.3)

Valentín Cortés

 

jueves, 10 de abril de 2014


Jueves  10 de Abril de 2014

 

La juez Alaya y las notificaciones

No me resisto a hablar hoy también de este tema. Ayer lo hice y candorosamente hasta dudaba si estábamos en un país de verbena. La Juez Alaya, a través del auxilio judicial, ha solicitado al Tribunal Supremo, la notificación de la preimputación a los Sres. aforados en el caso de los EREs falsos. Ya, en escasísimo tiempo, están notificados.

Para eso la Juez ha tenido que dictar un nuevo auto, (en horas veinticuatro), trasladarlo al Supremo y que este actuara con toda prontitud, de modo que en pocas horas ya están notificados los Sres. aforados en el sitio habitual de trabajo, dado que en sus domicilios no ha sido posible(¡¿).

Comprenderán ustedes (este es un ejemplo más), de la necesidad de la reforma urgente y profunda que requiere nuestra Administración de Justicia, donde para notificar a unos Sres. su “preimputación”, según la interpretación que hacen de sus normas las Cámaras legislativas, no es posible usar los medios normales que se utilizan para que esos mismos Sres. sean notificados de una multa, de la “paralela" que les ha hecho la Agencia Tributaria, o de que tienen que pagar el IBI de su casa de vacaciones.

No solo estamos en un país de verbena, sino de verbena antigua donde el sentido común se ha perdido.

Valentín Cortés

miércoles, 9 de abril de 2014


Miércoles 9 de Abril de 2014

Las notificaciones de la Juez Alaya a los Sres. aforados

Es sabida la polvareda jurídica-orgánica-constitucional, además de política, que se ha originado porque la Juez Alaya ha pretendido notificar a los Sres. aforados su condición de “preimputados”.

Dice ahora la Juez que ha intentado la notificación en el lugar habitual de trabajo de los mismos, es decir, en el Congreso y en el Senado. Todo ello porque – dice- tiene dificultades para saber y averiguar el domicilio personal de dichos señores. Si eso fuera creíble, estaríamos en presencia de un Estado de verbena, lo que no creo que sea verdad. Posiblemente era lo más cómodo.

De otra parte, la notificación iba dirigida a los Sres. “preimputados” y no a las instituciones a las que pertenecen, lo que no es baladí, de modo que la interpretación, restrictiva y literal, que se ha hecho por el Senado y el Congreso de la Ley, impidiendo y  rechazando la notificaciones, parece también de verbena, puesto que es sabido, y notorio, que la comunicación pretendida afecta a los derechos fundamentales de los señores diputados y senadores concernidos.

Falta de sentido común por todos los lados.

Valentín Cortés

 

martes, 8 de abril de 2014


 

 

Martes 8 de Abril de 2014

 

La sesión parlamentaria sobre la propuesta del Parlamento Catalán basada en el art. 150.2 de la Constitución

 

Escribo esta opinión después de haber oído a los comisionados del Parlamento catalán y al Presidente del Gobierno y al Sr. Rubalcaba. Fiel a mi voluntad inicial al comenzar a escribir estas opiniones, las mías siempre son y serán jurídicas. A ello me atengo.

He oído, desde dos puntos de vista, el del jurista (el del Presidente del Gobierno) y el del profano en Derecho (el del Sr. Rubalcaba) algo muy importante y consolador, desde el punto de vista jurídico, que lo mantengan los dos representantes de los partidos que representan a la inmensa mayoría de este país: no hay democracia sin ley y la esencia de la democracia es el respeto a la Ley.

De parte de los parlamentarios comisionados, además de frases que políticamente no valoro, he oído, en concreto explícitamente del representante de CiU, algo tan profundamente antijurídico como que “este es un camino sin retorno, este no es un callejón sin salida”, que es tanto como decir que se pondrán por encima de la Ley, si no se admite que sea Ley lo que ellos pretenden que es la ley.

Unos tenían un discurso jurídico, constitucional y legal; los otros venían con un discurso antijurídico, inconstitucional e ilegal.

Valentín Cortés

 

lunes, 7 de abril de 2014


 Lunes 7 de Abril de 2014

La Juez Alaya no creará piezas separadas en el sumario de los EREs falsos.

En un auto fechado el pasado día tres de Abril, la Juez ha rechazado la petición del Ministerio Fiscal aduciendo que de hacerlo se dividiría la continencia de la causa, que es tanto como decir que se podría dar lugar a resoluciones contradictorias, incompatibles o que se excluyan las unas a las otras. Lo hemos leído en www.elmundo.es. Ya escribimos sobre este tema el 31 de Marzo para sacar consecuencias fuera de texto literal del auto en cuestión.

Ahora, lo que se deduce de este auto es que la Juez va a llevar la investigación hasta el final, que cerrará todos los flecos y derivadas existentes y que, habiendo aforados, remitirá todo lo actuado al Tribunal Supremo. “¿Cómo se va a enjuiciar la consecuencia sin haberlo hecho de su causa?”, se pregunta la juez, y dado que la causa se residencia en los aforados, parece claro que, al final, la Juez remitirá todo al Tribunal Supremo que es el órgano competente para conocer de la causa. Ya veremos que dice el Tribunal Supremo.

Valentín Cortés

 

 

viernes, 4 de abril de 2014


Viernes 4 de Abril de 2014

Una nueva Ley Orgánica del Poder Judicial.

Tras el Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia ha anunciado un nuevo Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Por las declaraciones del Ministro parece que el Anteproyecto se fijará en la Audiencia Nacional, para darle una  nueva configuración en donde la primera instancia esté en manos de un órgano colegiado formado por tres magistrados, que conocería de todos los asuntos. En definitiva, me quedo ahora con la idea de que el anteproyecto quiere arreglar los problemas de la Audiencia Nacional.

La Audiencia Nacional tiene problemas porque sus competencias son expansivas como el universo, y así son interpretadas; porque los jueces que sirven en los juzgados centrales de instrucción conocen de los asuntos más “mediáticos” que puedan existir en nuestro país; porque esos jueces tienden a llevar a cabo, sin que nadie lo evite, “instrucciones e investigaciones generales o universales”; porque la instrucción penal no tiene límite temporal establecido legalmente; porque no existe un sistema legal eficaz para preservar el secreto del sumario; porque ese poder omnímodo de los jueces de instrucción, en esos asuntos tan mediáticos, está repartido entre cuatro o cinco magistrados, cuando debía estarlo entre veinte o treinta, dado el volumen de trabajo que dicen tener. Y un largo, larguísimo, etc.

Todos estos problemas no se arreglan solo con decidir que los temas sean resueltos por un solo órgano colegiado: si es principalmente eso, se agravarían de forma extrema. ¡Pero seguro que el Anteproyecto va mucho más allá! Ya lo veremos en su momento.

Valentín Cortés

jueves, 3 de abril de 2014


Jueves 3 de Abril de 2014


El Fiscal contra el Juez Pedraz

 

Me remito a mi opinión de 27 de Marzo  pasado sobre la decisión del Juez Pedraz de no aplicar la disposición transitoria de la Ley que modificaba el art. 23 de la LOPJ sobre la llamada “justicia universal”.

Ahora, el Fiscal ha presentado un recurso de queja contra ese decisión, por lo que al final, quiera o no el Juez, quien va a decidir es la Sala de lo Penal.

Pero dice el Fiscal, en su recurso durísimo, que un Juez no puede dejar de aplicar una norma jurídica. Ya lo dijimos nosotros el día 27 de marzo. El Fiscal implícitamente lo está acusando de prevaricación.

Mientras tanto, los ciudadanos asistimos atónitos a un espectáculo jamás vivido en nuestra Justicia, que cada vez se da con más frecuencia en la Audiencia Nacional, donde los Fiscales arremeten contra los jueces y estos desprecian a los fiscales con resoluciones incendiarias.

La pregunta que me han hecho esta mañana es ¿Y nos merecemos esta Justicia y estos servidores de la Justicia?

Valentín Cortés

miércoles, 2 de abril de 2014


Miércoles 2 de Abril de 2014

Los informes jurídicos de la Generalitat catalana

He leído en www.larazon.es (con otros acentos está en toda la prensa) una noticia acerca de un informe de los Servicios jurídicos de la Generalitat sobre la sentencia última del Tribunal Constitucional relativa a la convocatoria de un referéndum secesionista en Cataluña. Según ese informe la sentencia da “un sólido amparo” al ejercicio del derecho a decidir de Cataluña.

Realmente, las resoluciones de los Tribunales se prestan muchas veces a interpretaciones diversas, pero en el caso concreto lo que se debatía es si una Comunidad autónoma (Cataluña, en el caso concreto), basándose en un hipotético derecho a decidir, puede o no convocar un referéndum para “decidir” la secesión o la independencia.

No puede existir la menor duda de que el Tribunal Constitucional ha dicho que esa posibilidad no tiene cabida en la Constitución y que por tanto es nula.

Todo lo demás son argumentos que se salen de lo jurídico para caer en lo leguleyo, aun cuando provengan de los Servicios Jurídicos de la Generalitat

Valentín Cortés

martes, 1 de abril de 2014


Martes 1 de Abril de 2014

 

El derecho de manifestación

En Madrid se ha originado una gran polémica acerca de si cabe o no en nuestra Constitución que las manifestaciones no se autoricen en determinadas zonas del centro que tienen interés cultural o en las que la reiteración de las manifestaciones produce graves daños a los ciudadanos que viven o trabajan en la zona.

Fuera del problema político que subyace en las opiniones favorables o contrarias a la medida, desde el punto de vista jurídico, entiendo que no cabe argumentar seriamente que sería contrario a la Constitución impedir itinerarios concretos de manifestaciones. Es verdad que el art. 21.2 de la Constitución dice que “en los casos de reuniones en lugares de transito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundamentales de alteración del orden público, con peligro para las personas o bienes”. Y es verdad que, haciendo una lectura literal, parece que el peligro para los bienes está condicionado a que se produzca en el ámbito de la alteración del orden público.

Pero, también es verdad que para el Tribunal Constitucional no hay derechos ilimitados, y que en el caso que se contempla no habría ni siquiera limitación o negación del derecho fundamental, sino “encauzamiento” de su ejercicio permitido y protegido por las autoridades, porque el derecho fundamental es manifestarse. Y ese no se prohibiría nunca. El “derecho al lugar” no está recogido en la Constitución. Ese derecho, de existir, es de todos y debe haber una justa distribución y limitación de el de unos con el derecho de los otros.

Valentín Cortés