Miércoles 11 de Enero de 2017
Fondo y forma del Derecho
La prensa recoge el fracaso de la reunión
entre el Gobierno central y el de la Generalidad en esa llamada operación dialogo. El fracaso viene
porque la Generalidad quiere pactar un referéndum, en el ámbito autonómico,
sobre la independencia, lo que es un imposible jurídico-constitucional. En ese
sentido, hablar de referéndum pactado
o de referéndum unilateral, que es de
lo que se hablaba antes, es exactamente lo mismo: es adjetivar un concepto jurídica
e inconstitucionalmente imposible.
En realidad, los independentistas
que, como he dicho muchas veces, están irrefrenablemente inclinados al fraude
legal,( porque es la única manera de anclarse aparentemente en el Derecho) desconocen, o quieren desconocer, que el Derecho no es sólo forma (idea que mantienen los leguleyos
y aquellos que desprecian, por ignorantes, el Derecho), por eso, a través de
tertulias y artículos de fondo, se menciona, cada vez con más insistencia, la forma que para ellos
arregla todo y permitiría el referéndum pactado (art. 152.2 de la Constitución:
referéndum vía modificación del Estatuto de Cataluña que recogería la
posibilidad de celebrar este tipo de consultas en el ámbito estrictamente catalán).
Sin embargo, el Derecho es también fondo, que en este caso establece que la soberanía nacional reside en el pueblo
español: luego ninguna forma nos
puede llevar a la violación de ese principio de fondo.
En cualquier caso, los independentistas
intentarán convencer de la bondad de esta nueva vía a los leguleyos, a los que desprecian
el Derecho por ignorantes y a todos aquellos que, en este gran problema, hablan
con crítica de la “judicialización” del mismo: es decir, a los que ya están convencidos.
Valentín Cortés