Jueves 11 de Mayo de 2017
La abstención
y recusación de los jueces
La investigación iniciada por el
Consejo General del Poder Judicial sobre si el Juez Velasco solicitó, para su
mujer, del Sr. González ( ex presidente de la Comunidad de Madrid, en prisión por
auto de ese juez) un puesto de trabajo, viene planteando en estos días el problema
de la recusación o de la abstención a los efectos de preservar la apariencia de
imparcialidad y, por ende, de la imparcialidad misma.
Esta diligencia del Consejo, que no
está mal, contracta, por ejemplo, con la inactividad llevada a cabo en el caso
de los EREs, donde el juez que conoce (a pesar de la recusación) fue alta autoridad
en los Gobiernos de Chaves y Griñán.
Yo entiendo que, con independencia
de estas investigaciones o carencias de las mismas, dado que lo importante es, además
de ser imparciales, que los jueces aparezcan como tales, en todos estos
supuestos es preferible pecar por exceso que por defecto. Por tanto, se debería
atender a las recusaciones con una aplicación más estricta de los supuestos
legales; y si no se produce la recusación, las no abstenciones, a pesar de la
existencia de ciertos indicios de causa para ello, deberían ser investigadas
para prevenir la destrucción de la apariencia de imparcialidad.
Valentín Cortés
NB publicada está entrada se nos da la noticia de que la Justicia ha admitido la recusación. Lo contrario hubiera sido un escándalo, precisamente, de lo que hablábamos.
NB publicada está entrada se nos da la noticia de que la Justicia ha admitido la recusación. Lo contrario hubiera sido un escándalo, precisamente, de lo que hablábamos.