Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 21 de octubre de 2016


Viernes 21 de Octubre de 2016.

El acatamiento a la Constitución

He leído en www.elmundo.es que la mesa del Parlamento vasco, con los votos del PNV y Podemos, ha rechazado la petición de un parlamentario vasco para que se exija el juramento o promesa de acatar la Constitución por los parlamentarios vascos. Se basan, dicen, en un informe de los servicios jurídicos del Parlamento que sostiene que esa exigencia no está recogida en el la Ley electoral vasca.

Desde el punto de vista legal, acatar no es sólo aceptar la norma, sino someterse a ella. Y en lo que se refiere a la Constitución, el sometimiento a ella no viene de un acto de voluntad del sometido. Es indiferente que se quiera aceptar o no, o que se quiera someterse o no a ella. Es simplemente un deber que proviene de una sujeción impuesta por la propia Constitución (art. 9.1.- “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”).

De modo que, siento desilusionar a algunos: todos (los que acaten, con juramento o sin él, o no lo hagan) cuando son ciudadanos españoles o constituyen eso que se llama poder público (los parlamentarios vascos reúnen, pues, todos los requisitos,) están sujetos a la Constitución y tienen el deber de observarla y serán “sancionados” jurídicamente cuando no lo hagan.

Valentín Cortés