Martes 23 de Junio de 2020
Modificación de la Ley Concursal
Una de las propuestas que ha hecho
el Gobernador del Banco de España (vid. www.elconfidencial.com),
para poder salir de la fuerte crisis económica que se ha producido con ocasión de
la llamada “hibernación” de la economía española, impuesta por el
Gobierno con ocasión del estado de alarma, es sin duda muy de tener en cuenta:
se trataría de hacer modificaciones en la Ley Concursal para que la “insolvencia
coyuntural” que se está produciendo en muchas empresas, como resultado trágico
de esta hibernación, no acabe en declaración de concurso con una probabilidad muy grande de terminar en liquidación
de la empresa.
Las modificaciones que se puedan estructurar
de la citada Ley no pueden olvidar que esa insolvencia coyuntural puede
arrastrar (y de hecho arrastra) a otras insolvencias posibles de acreedores que
ven como no cobran sus créditos. Lo que nos está diciendo el Gobernador, pues,
es que hay que evitar la caída en cadena del sistema empresarial y que, para
eso, uno de los elementos que hay que contemplar es la modificación de la Ley
que, en definitiva, debería inventar o regular un nuevo concepto, el de la insolvencia
coyuntural, de frente a la insolvencia provisional y al de la
insolvencia definitiva, que son los que ahora se manejan. Pues, sin
ese cambio legal es imposible que las necesarias ayudas financieras, que se
deben articular, directas o indirectas ( con especial atención a las deudas a la Hacienda y Seguridad Social) puedan ser eficaces.
Valentín Cortés